Resolución 113/2022
La Resolución 113/2022 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de CHINA NATIONAL MACHINERY IMPORT AND EXPORT CORPORATION en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- Se autoriza la inscripción de la oficina de representación de CHINA NATIONAL MACHINERY IMPORT AND EXPORT CORPORATION.
- El giro comercial es la comercialización de transporte automotor y sus partes; piezas y equipos, partes y piezas para los sectores de la electricidad, construcción, maquinarias petroleras e industrial.
- La licencia no autoriza importar y exportar directamente con carácter comercial, realizar comercio mayorista y minorista, emitir facturas comerciales, ni distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
- Se concede un plazo de 90 días para formalizar la inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- Se deroga la Resolución 285 de 13 de octubre de 2017.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 113/2022
POR CUANTO: El Decreto 32, “Reglamento para el establecimiento de representacionescomerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece las regulaciones gene-rales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre de las oficinas derepresentación, sucursales y los contratos de agencia y de representación en la Repú-blica de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras,adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 285, de 13 de octubre de 2017, se autorizóla inscripción de la sucursal de la compañía china denominada CHINA NATIONALMACHINERY IMPORT AND EXPORT CORPORATION en el Registro Nacional de Su-cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comer-cio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve, el expediente incoado en virtudde la solicitud de inscripción al amparo del mencionado Decreto 32, de la oficina de repre-sentación de la compañía china denominada CHINA NATIONAL MACHINERY IMPORTAND EXPORT CORPORATION, y del análisis efectuado, se ha considerado acceder a lasolicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compa-ñía china denominada CHINA NATIONAL MACHINERY IMPORT AND EXPORTCORPORATION en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras,adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía china de-nominada CHINA NATIONAL MACHINERY IMPORT AND EXPORT CORPORATIONen Cuba, a partir de su inscripción, es la comercialización de transporte automotor y suspartes; piezas y equipos, partes y piezas para los sectores de la electricidad, construcción,maquinarias petroleras e industrial.
TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;
b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, exceptolos servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos queamparan las operaciones de comercio internacional;
c) emitir facturas comerciales, ni
d) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extran-jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigorde la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desis-timiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá alarchivo del expediente incoado.
SEXTO: Derogar la Resolución 285 de esta propia autoridad, de 13 de octubre de 2017.
NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.
COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Co-merciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a loscatorce días del mes de marzo de dos mil veintidós, “Año 64 de la Revolución”.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro
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