Resolución 114

Renovación de licencias para la Empresa de Aseguramiento Material, Servicios Generales y Construcciones

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
2015-04-21
Publicada en
Gaceta No. 23 Ordinaria de 2015 (2015-05-18)
Páginas
29–34
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Texto íntegro

Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción,

18 de mayo de 2015 GACETA OFICIAL 755 adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Empresa de Aseguramiento Material, Servicios Generales y Construcciones, en forma abreviada ASTOC, del Instituto Cubano de Radio y Televisión en la provincia de La Habana, ha solicitado la Renovación de las licencias Nos. 575/06 y 277/06, vigentes hasta el 1 ro. de junio de 2015, las que fueron anteriormente renovadas mediante la Resolución Ministerial No. 377 de 22 de octubre de 2013, para continuar ejerciendo como Constructor, Pro-yectista y Consultor.

POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Aseguramiento Material, Servicios Generales y Construcciones, en forma abreviada ASTOC, del Instituto Cubano de Radio y Televisión en la provincia de La Habana.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República,

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de las licencias solicitada por la Empresa de Aseguramiento Material, Servicios Generales y Construcciones, en forma abreviada ASTOC, del Instituto Cubano de Radio y Televisión en la provincia de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

SEGUNDO: Mediante la Renovación de las licencias otorgada, al amparo de la presente Resolución, la Empresa de Aseguramiento Material, Servicios Generales y Construcción, en forma abreviada ASTOC, podrá ejercer como Constructor, Proyectista y Consultor autorizada para la realización de los siguientes servicios:Alcance de los servicios autorizados: 1. Servicios de Constructor:a) Construcción civil y montaje de nuevas obras. b) Demolición, desmontaje, remodelación, reconstrucción, rehabilitación, reparación, mantenimiento constructivo y decoración de los objetivos autorizados. c) Servicios integrales de instalación y montaje de sistemas de transmisión de audiovisuales asociados al proceso constructivo y su protección integral contra todo tipo de interferencias. d) Trabajos de construcción civil para la instalación, reparación y mantenimiento de redes técnicas y tecnológicas.1.1. Tipos de Objetivos:a) Obras e Instalaciones asociadas a la Transmisión de Audiovisuales.2. Servicios Técnicos:a) Servicios técnicos de proyectos de nuevas inversiones para la instalación de sistemas y equipos audiovisuales, acústicos y otros y su protección integral contra todo tipo de interferencias, su aterramiento y demás protecciones. b) Servicios técnicos de demolición, desmontaje, remodelación, restauración reconstrucción y rehabilitación de objetivos existentes y los sistemas y equipos audiovisuales, acústicos y otros incluida su protección integral contra todo tipo de interferencias, su aterramiento y demás protecciones en ellos instaladas. c) Servicios de consultoría y dictámenes técnicos. d) Servicios de medición de parámetros técnicos y acústicos en instalaciones tecnológicas de radio y televisión.

GACETA OFICIAL 18 de mayo de 2015756 e) Servicios de Dirección Integrada de Proyectos.2.1. Tipos de Objetivos:a) Todo tipo de Objetivos asociados a la Transmisión de Audiovisuales.

TERCERO: La Renovación de las licencias que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de dieciocho (18) meses, a partir del vencimiento de la vigencia de las licencias anteriormente otorgadas.

CUARTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestión de la Calidad por las Normas ISO – 9000 vigentes.

QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto. NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los viceministros del Ministerio de la Construcción, y al Director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 21 días del mes de abril de 2015.René Mesa Villafaña Ministro de la Construcción________________RESOLUCIÓN No. 200/2015

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administrador de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Empresa Industrial para la Informática, las Comunicaciones y la Electrónica, en forma abreviada GEDEME, del Ministerio de Industrias en la provincia de La Habana, ha solicitado la Renovación de las licencias Nos. 591/07 y 289/07, vigentes hasta el 13 de mayo de 2015, la que fueron anteriormente renovadas mediante la Resolución Ministerial No. 319 de 25 de septiembre de 2013, para continuar ejerciendo como Constructor y Proyectista.

POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Industrial para la Informática, las Comunicaciones y la Electró-

18 de mayo de 2015 GACETA OFICIAL 757 nica, en forma abreviada GEDEME, del Ministerio de Industrias en la provincia de La Habana.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República,

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de las licencias solicitada por la Empresa Industrial para la Informática, las Comunicaciones y la Electrónica, en forma abreviada GEDEME, del Ministerio de Industrias en la provincia de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

SEGUNDO: Mediante la Renovación de las licencias otorgada, al amparo de la presente Resolución, la Empresa Industrial para la Informática, las Comunicaciones y la Electrónica, en forma abreviada GE- DEME, podrá ejercer como Constructor y Proyectista autorizada para la realización de los siguientes servicios:Alcance de los servicios autorizados: 1. Servicios de Constructor:a) Instalación de sistemas de seguridad y protección, incluyendo los sistemas de protección ante descargas eléctricas atmosféricas asociados a procesos constructivos. b) Ensamblaje, instalación y decoración de locales y puestos de trabajo en lo referente a mobiliario especializado y sistemas de construcción modular. c) Ejecución de obras civiles de soterrados, enterrados, aéreos y tendido de postes para instalación de sistemas de conmutación telefónicos, por cable o por acceso inalámbrico y de fibra óptica así como para otros sistemas de redes de telecomunicaciones. d) Construcción civil para la instalación de sistemas de soporte, torres y mástiles.1.1. Tipos de Objetivos:a) Inmuebles, Soterrados y Sistemas de Redes para las Infocomunicaciones.2. Servicios Técnicos:a) Servicios de diseño o proyección tecnológica e ingeniera de nuevas inversiones, ampliaciones y reparaciones de objetivos o instalaciones existentes. b) Servicios de diseño de interiores, exteriores, equipos, accesorios y piezas estándar o no y sus partes.2.1. Tipos de Objetivos:a) Obras destinadas a las Infocomunicaciones. b) Obras Civiles de Soterrados y Tendidos de Postes, así como otros Sistemas de Redes y Telefonía Móvil.

TERCERO: La Renovación de las licencias que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de dieciocho (18) meses, a partir del vencimiento de la vigencia de las licencias anteriormente otorgadas.

CUARTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestión de la Calidad por las Normas ISO – 9000 vigentes.

QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto. NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los viceministros del Ministerio de la Construcción, y al Director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

GACETA OFICIAL 18 de mayo de 2015758

DADA en La Habana, a los 21 días del mes de abril de 2015.René Mesa Villafaña Ministro de la Construcción________________RESOLUCIÓN No. 201/2015

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administrador de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Empresa de Servicios Especializados y Dirección Integrada de Proyectos, en forma abreviada ESEDIP, del Ministerio de la Construcción en la provincia de La Habana, ha solicitado la Renovación de las licencias Nos. 825/13 y 412/13, vigentes hasta el 15 de mayo de 2015, las que fueron anteriormente otorgadas mediante la Resolución Ministerial No. 313 de 25 de septiembre de 2013, para continuar ejerciendo como Contratista, Proyectista y Consultor.

POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Servicios Especializados y Dirección Integrada de Proyectos, en forma abreviada ESEDIP, del Ministerio de la Construcción en la provincia de La Habana.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República,

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de las licencias solicitada por la Empresa de Servicios Especializados y Dirección Integrada de Proyectos, en forma abreviada ESEDIP, del Ministerio de la Construcción en la provincia de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

SEGUNDO: Mediante la Renovación de las licencias otorgada, al amparo de la presente Resolución, la Empresa de Servicios Especializados y Dirección Integrada de Proyectos, en forma abreviada ESEDIP, podrá ejercer como Contratista, Proyectista y Consultor autorizada para la realización de los siguientes servicios:Alcance de los servicios autorizados: 1. Servicios de Contratista:a) Servicios Integrados de Ingeniería de la Dirección de ejecución de Inversiones y Obras, con la subcontratación de otras Organizaciones participantes en el Proceso Inversionista que sean requeridas.

18 de mayo de 2015 GACETA OFICIAL 7591.1. Tipos de Objetivos:a) Obras de Arquitectura. b) Obras de Ingeniería. c) Obras Industriales. d) Obras del Turismo. e) Obras de carácter Monumental, Histórico y Patrimonial.2. Servicios Técnicos:a) Servicios Integrados de Ingeniería en Dirección integrada de proyectos de Inversión. b) Servicios de ingeniería de supervisión técnica y de calidad en todas las actividades de construcción, dirección facultativa de obras y estimación económica y financiera. c) Servicios de ingeniería de suministros con procuración y evaluación de ofertas. d) Servicios de consultoría en asistencia y asesoría técnica, estudios técnicos, tecnológicos, económicos y financieros.2.1. Tipos de Objetivos:c) Todo tipo de Obra.

TERCERO: La Renovación de las licencias que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de dieciocho (18) meses, a partir del vencimiento de la vigencia de las licencias anteriormente otorgadas.

CUARTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestión de la Calidad por las Normas ISO – 9000 vigentes.

QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto. NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los viceministros del Ministerio de la Construcción, y al Director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 21 días del mes de abril de 2015.René Mesa Villafaña Ministro de la Construcción________________RESOLUCIÓN No. 202/2015

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administrador de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Empresa de Mantenimiento Vial y Construcciones de Santiago de Cuba, del Ministerio del Transporte en la propia provincia, ha solicitado la Renovación de la Licencia No. 828/13, vigente hasta el 3 de junio de 2015, la que fue anteriormente otorgada mediante la