Resolución 114/2022

Extinguir concesión de investigación geológica Arena Cortés

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2022-09-14
Publicada en
Gaceta No. 100 Ordinaria de 2022 (2022-10-03)
Páginas
4
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Resumen generado por IA

La Resolución 114/2022 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de investigación geológica Arena Cortés, otorgada a la Empresa Geominera de Pinar del Río. Esta decisión se basa en la Ley 76, "Ley de Minas", de 1994 y sus regulaciones.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 114/2022

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76,“Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994 se faculta al Ministerio de la Industria Bási-ca, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran parala mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Ha vencido el término de tres (3) años otorgado por la Resolución 86,de 22 de julio de 2019, del Ministro de Energía y Minas, a la Empresa Geominera de Pinar del Río en el área de la concesión de investigación geológica Arena Cortés, ubicada en elmunicipio de Sandino de la provincia de Pinar del Río, con el objetivo de investigarel área, continuar los estudios geológicos en la fase de exploración y evaluar el uso delas arenas para la producción local de materiales de construcción; por lo que se incurre enla causal de extinción de las concesiones mineras dispuesta en la Ley 76, “Ley de Minas”,de 21 de diciembre de 1994 en el Capítulo X,

Artículo 60, inciso a).

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Extinguir la concesión de investigación geológica denominada Arena Cortés, ubicada en el municipio de Sandino de la provincia de Pinar del Río, otorgada porla Resolución 86, de 22 de julio de 2019, del Ministro de Energía y Minas, a la Empresa Geominera de Pinar del Río.

SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de investigación geo-lógica, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

TERCERO: La Empresa Geominera de Pinar del Río está obligada a cumplir las obli-gaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación, si no las hubiereaún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente;así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividadesmineras realizadas.

CUARTO: Derogar la Resolución 86, de 22 de julio de 2019, del Ministro de Energía y Minas.

NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales yal Director General de la Empresa Geominera de Pinar del Río.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 14 días del mes de septiembre de 2022, “Año 64 de la Revolución”.

Nicolás Liván Arronte Cruz

Ministro

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