Resolución 114/2026

Tarifa para la compra de energía eléctrica de fuentes renovables

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
2026-05-06
Publicada en
Gaceta No. 45 Ordinaria de 2026 (2026-05-21)
Páginas
2–3
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución 114/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios regula la tarifa para la compra de energía eléctrica generada a partir de fuentes renovables. Establece una tarifa única para productores del sector no residencial y residencial. La norma es emitida por el Ministro de Finanzas y Precios.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 114/2026

POR CUANTO: El Decreto 24 “Facultades para la aprobación de Precios y Tarifas”,de 25 de noviembre de 2020, establece en su

Artículo 1, la nomenclatura de productos yservicios cuyos precios y tarifas, se fijan y modifican por el Consejo de Ministros y en su Disposición Especial Segunda faculta al ministro de Finanzas y Precios o en quien estedelegue, a aprobar los precios y tarifas de los productos y servicios que no están relacio-nados en su Anexo Único.

POR CUANTO: La Resolución 238, dictada por quien suscribe, de 13 de octubre de 2023,establece el Sistema de Tarifas para la compra de energía eléctrica.

POR CUANTO: Resulta necesario actualizar las tarifas para la compra de energíaeléctrica a partir del aprovechamiento de las fuentes renovables de energía; lo que conlle-va a modificar la referida Resolución 238 de 2023.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida por el

Artículo 145,incisos d) de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Aprobar la tarifa para la compra de energía eléctrica, entregada al Sistema Electroenergético Nacional (SEN), por productores del sector no residencial (C1 F) y por elsector residencial (CFR), a través de fuentes renovables de energía, de noventa pesos cubanospor kilowatts hora (90.00 CUP/k Wh), entregado al SEN en cualquier horario del día.

SEGUNDO: Exonerar del pago del Impuesto sobre los servicios por los ingresos prove-nientes de esta operación.

TERCERO: La Unión Eléctrica informa a este Ministerio, en o antes del día veinte decada mes, como parte de las notas al Balance de los Estados Financieros, el nivel de contra-tación y la cantidad de energía adquirida, a partir de la aplicación de la presente Resolución.

1678

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA: Modificar la Resolución 238, dictada por quien resuelve, de 13 de octubrede 2023, de conformidad con lo establecido en la presente Resolución.

SEGUNDA: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 6 días del mes de mayo de 2026.

Vladimir Regueiro Ale

Ministro