Resolución 115/2005
La Resolución No. 115/2005 del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones regula las tarifas para el servicio de hospedaje de sitio WEB, conocido como Virtual Hosting, que brinda la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (ETECSA) a sus clientes comerciales.
- Se aprueban las tarifas para el servicio de Virtual Hosting que aparecen en el anexo de la resolución.
- Las tarifas se aplican a clientes comerciales de ETECSA.
- La resolución entra en vigor 60 días naturales posteriores a su firma.
- Se derogan las Resoluciones Ministeriales No. 154/2003 y No. 62/2005 que se opongan al cumplimiento de lo dispuesto.
- La Agencia de Control y Supervisión del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones queda encargada del cumplimiento de lo establecido.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 115/2005
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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 204 de fecha 11 de enero del 2000, cambió la denominación del Ministerio de Comunicaciones por la de Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, que desarrollará las tareas y funciones que hasta el presente realizaba el Ministerio de Comunicaciones, así como las de Informática y la Electrónica que ejecutaba el Ministerio de la Industria Sidero Mecánica y la Electrónica.
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POR CUANTO: El Consejo de Estado de la República de Cuba, mediante Acuerdo de fecha 12 de enero del 2000, designó al que resuelve Ministro de la Informática y las Comunicaciones.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 de fecha 28 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, faculta a los Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado; a dictar en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del organismo y sus dependencias.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 3736, de fecha 18 de julio del 2000, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece que el Ministerio de la Informática y las Comunicaciones es el organismo encargado de establecer, regular y controlar las normas técnicas y operacionales de todas las redes informáticas y sistemas de comunicaciones en general, nacionales e internacionales que funcionan en el país.
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POR CUANTO: El Decreto No. 275 de fecha 16 de diciembre del 2003, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Capítulo IX, Tarifas, establece la obligatoriedad de que la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A., (ETECSA), presente las tarifas de los servicios que presta para su aprobación al Ministerio de la Informática y las Comunicaciones.
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POR CUANTO: Resulta procedente aprobar las tarifas para el servicio de hospedaje de sitio WEB a sus clientes comerciales, conocido como Virtual Hosting.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Aprobar la tarifas para el servicio de hospedaje de sitio WEB a sus clientes comerciales, Virtual Hosting, que brinda la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A., (ETECSA), que aparecen en el anexo formando parte integrante de la presente Resolución.
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SEGUNDO: La presente Resolución entrará en vigor sesenta (60) días naturales posteriores a su firma, siendo ETECSA responsable de notificar de inmediato su aprobación y el contenido de la misma, a todos los clientes de los servicios cuyas tarifas se modifican.
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TERCERO: Se derogan las Resoluciones Ministeriales No. 154 de fecha 31 de octubre del 2003 y la No. 62 de fecha 3 de junio del 2005 y cuantas disposiciones de igual o inferior categoría se opongan al cumplimiento de lo que por la presente se dispone.
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CUARTO: La Agencia de Control y Supervisión del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, queda encargada del cumplimiento de lo establecido.
COMUNIQUESE a los Viceministros, a las Direcciones de Regulaciones y Normas, de Economía, a la Agencia de Control y Supervisión del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, a la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A., (ETECSA) y a cuantas más personas naturales y jurídicas deban conocerla.
ARCHIVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Dada en la ciudad de La Habana, a los 11 días del mes de noviembre del 2005.
Ignacio González Planas
Ministro de la Informática
y las Comunicaciones
ANEXO
TARIFAS PARA EL SERVICIO DE VIRTUAL HOSTING PARA CLIENTES COMERCIALES DE ENET- ETECSA.
UM: PESOS CONVERTIBLES
UM: PESOS CONVERTIBLES
Paquetes adicionales sobre WINDOWS 2000
* El servicio se instala en otro servidor por lo que se requiere espacio adicional en disco.
** Se creará anexo al contrato con los elementos que el cliente puede escoger en su personalización y para cada elemento escogido se establecerá un precio, por lo que la suma de éstos influirá o determinará el precio total del paquete.
UM: PESOS CONVERTIBLES
UM: PESOS CONVERTIBLES
Paquetes adicionales sobre UNIX
* El servicio se instala en otro servidor por lo que se requiere espacio adicional en disco.
** Se creará anexo al contrato con los elementos que el cliente puede escoger en su personalización y para cada elemento escogido se establecerá un precio, por lo que la suma de éstos influirá o determinará el precio total del paquete adicional.
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