Resolución 116

Premio al Mérito Científico Estudiantil

Organismo
Ministerio de Educación Superior
Fecha emisión
2018-11-16
Publicada en
Gaceta No. 7 Ordinaria de 2019 (2019-01-31)
Páginas
32–35
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Texto íntegro

GOC-2019-171-O7 RESOLUCIÓN No. 116/2018

POR CUANTO: Mediante Acuerdo de fecha 13 de julio de 2016, adoptado por el Consejo de Estado, fue designado el que resuelve Ministro de Educación Superior.

POR CUANTO: En la Estrategia de seguimiento de los acuerdos adoptados del Ix Congreso de la Federación Estudiantil Universitaria (FEU), se acordó de conjunto con directivos del Ministerio de Educación Superior y los demás organismos formadores, la necesidad de realizar modificaciones a la Resolución Ministerial No.129 de fecha 30 de octubre de 2014, emitida por el Ministro de Educación Superior, por la que se estableció el otorgamiento del Premio al Mérito Científico.

POR CUANTO: La concepción de la formación de profesionales en las Instituciones de Educación Superior cubanas, en lo adelante IES, tiene en la investigación científica un componente esencial en la formación tanto por la vía curricular como extracurricular, por lo que resulta procedente reconocer e incentivar a los estudiantes que se destacan en el trabajo científico, publicaciones y en los exámenes de premio, mediante un sistema que integre los resultados obtenidos en actividades como: eventos científicos, publicaciones, concursos, exposiciones, olimpiadas, exámenes de premio, entre otras, que estén oficialmente reconocidas.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :PRIMERO: Establecer, con carácter anual, el “Premio al Mérito Científico Estudiantil”que se otorgará por el Rector de la Institución de Educación Superior en consulta con la FEU como reconocimiento a los estudiantes que al graduarse cumplan los siguientes requisitos: a) Tener una destacada trayectoria integral avalada por la institución y las organizaciones juveniles.

210 GACETA OFICIAL 31 de enero de 2019 b) Mantener una activa participación en la investigación científica y la innovación, en los exámenes de premio, las publicaciones y otras actividades científicas y obtener resultados destacados, de modo que cumpla con el acumulado de puntos establecido en el “Índice de Eventos, Publicaciones Científicas y Exámenes de Premio”.SEGUNDO: El “Premio al Mérito Científico Estudiantil” consiste en un diploma acreditativo emitido por el Rector, y para su otorgamiento se tendrá en cuenta el acumulado de puntos que alcanzó el estudiante en su “Índice de Eventos, Publicaciones Cien-tíficas y Exámenes de Premio”, recogido en su expediente y que se conforma a partir de los elementos siguientes: a) Para los eventos (fórum, olimpiadas de conocimientos, concursos): Se acumulan puntos de acuerdo a la siguiente escala:Resultados por niveles Premio Relevante Premio Destacado Mención Participación Internacional --- --- --- 6 Nacional 6 5 4 2 Provincial 5 4 3 1 Instituciones de Educación Superior 4 3 2 1 Facultad 3 2 1 0,5 b) Para los exámenes de premio: A los estudiantes que participen y obtengan los tres primeros lugares se le otorgarán puntos de acuerdo a la escala siguiente: • Primer premio: 5 puntos • Segundo premio: 4 puntos • Tercer premio: 3 puntos • Participar: 1 punto c) Para las publicaciones científicas: Se acumulan puntos de acuerdo a la siguiente escala: • Publicaciones en revistas científicas de “Corriente Principal”, bases de datos del Web de la Ciencia y SCOPUS (Grupo I): 10 puntos • Publicaciones en revistas científicas de alto prestigio internacional (Grupo II): 8 puntos • Publicaciones en revistas científicas de prestigio ibero-latinoamericano (Grupo III): 6 puntos • Publicaciones en revistas científicas nacionales (Grupo IV): 4 puntos • Publicaciones en revistas de divulgación e innovación: 2 puntos

TERCERO: A los efectos del “Índice de Eventos, Publicaciones Científicas y Exámenes de Premio” se consideran eventos científicos los siguientes: a) Las Jornadas Científicas Estudiantiles, desde la facultad hasta el nivel nacional, de todos los organismos formadores. b) El Fórum de Historia que organiza la FEU, desde la facultad hasta el nivel nacional, de todos los organismos formadores. c) Los eventos o fórums científicos convocados por las Brigadas Técnicas Juveniles (BTJ) y el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA) a partir del nivel provincial. d) Los eventos del Movimiento Juvenil Martiano, a partir del nivel de IES. e) Eventos convocados por los organismos formadores y/o empleadores, aprobados previamente por el Rector, en consulta con la FEU a nivel de IES. f) Los Talleres de Educación Patriótico Militar e Internacionalista, realizados a nivel regional, los que se consideran como eventos nacionales.

211 GACETA OFICIAL31 de enero de 2019 g) Los eventos que se organizan con carácter nacional o territorial para seleccionar quiénes asistirán a eventos internacionales como los Congresos Universidad y Pedagogía. h) Eventos internacionales que de acuerdo con el rigor científico y la pertinencia de los temas abordados sean aprobados por el Rector a propuesta de los Decanos y en consulta con la FEU a nivel de IES. Así como otros eventos provinciales y nacionales de otros organismos de la Administración Central del Estado y organizaciones superiores de dirección empresarial. i) Olimpiadas, concursos u otros eventos de carácter científico-técnico-investigativo que se realicen en los diferentes niveles y que de forma excepcional se aprueben previamente por el Rector a propuesta de los Decanos y en consulta con la FEU a nivel de IES. j) Los concursos de programación competitiva ACM-ICPC a nivel local, nacional, regional Caribe e internacional. k) Los Talleres Nacionales de Tareas de Impacto Social.

CUARTO: En los eventos científicos se podrán presentar un máximo de tres ponencias por cada autor, y se aceptarán hasta tres autores por ponencia. Cuando se trate de más de un autor se otorgará la puntuación correspondiente a cada uno de ellos por igual.

QUINTO: Los exámenes de premio se rigen por lo establecido en la Resolución Ministerial No. 02 de fecha 17 de enero de 2018, “Reglamento de Trabajo Docente y Metodológico de la Educación Superior”, emitida por el Ministro de Educación Superior. SExTO: El acumulado de puntos en el “Índice de Eventos, Publicaciones Científi-cas y Exámenes de Premio” necesario para alcanzar el “Premio al Mérito Científico Estudiantil” se aprueba por el Rector de acuerdo con la FEU en cada IES, atendiendo a criterios particulares que pueden ser entre otros las características de cada especialidad o rama de la ciencia.

SÉPTIMO: Las formas de estimulación para los recién graduados que obtienen el“Premio al Mérito Científico Estudiantil” se aprueban por el Rector de acuerdo con la FEU en cada IES, entre ellas se recomienda tomar en consideración las siguientes: a) Tener en cuenta el desarrollo investigativo como estudiante para su ubicación laboral; y que constituya la cantera principal de la reserva científica; b) ofertar al graduarse cursos de postgrado en sus temáticas de investigación; c) promover la publicación en revistas nacionales e internacionales de los resultados de la investigación; d) favorecer la participación de los premiados en eventos internacionales; e) incluir a los recién graduados que recibieron el “Premio al Mérito Científico Estudiantil” en las propuestas de premios del CITMA; f) otorgar becas entre las IES que garanticen la superación necesaria para el desarrollo de quienes resultaron premiados; g) autorizar que los recién graduados asignados a las IES y entidades de ciencia, tecnología e innovación adscriptos al MES que hayan obtenido el “Premio al Mérito Científico Estudiantil” comiencen la maestría, especialidades de posgrado o el doctorado una vez concluido el primer año de su preparación para el empleo, y se mantendrán vinculados a los proyectos de investigación relacionados con los temas de maestría, especialidad de posgrado o doctorados previstos a desarrollar por ellos. h) propiciar que los recién graduados asignados a entidades subordinadas a los órganos estatales, organismos de la Administración Central del Estado, entidades nacionales

212 GACETA OFICIAL 31 de enero de 2019 y organizaciones superiores de dirección empresarial, que lo soliciten y cuenten con la autorización de sus centros de trabajo, puedan cursar estudios de maestría, especialidades de posgrado o doctorado, concluido el primer año de su preparación para el empleo. Los recién graduados que obtienen el “Premio al Mérito Científico Estudiantil”pueden ser estimulados por una o varias de estas formas u otras, en correspondencia con los resultados que han alcanzado.

OCTAVO: Las IES conforman anualmente un sistema propio de estimulación para incentivar en los estudiantes el interés por la investigación, en función de que obtengan el“Premio al Mérito Científico Estudiantil”, que abarque todos los niveles, desde el año académico hasta la IES.

NOVENO: En el expediente académico del estudiante se reflejará el “Índice de even-tos, publicaciones científicas y exámenes de premio” y será tomado en cuenta en los procesos de evaluación de la integralidad que realiza la FEU y en el de Ubicación Laboral.

DÉCIMO: El estudiante, para hacer constar y asentar en su expediente los resultados alcanzados debe dirigirse a la Secretaría Docente de su Facultad, y presentar certificados, diplomas u otros documentos que certifiquen su participación en eventos, las publicaciones científicas y los resultados alcanzados en los exámenes de premio. Se presenta el original y se entrega una fotocopia del mismo para su control y archivo.

UNDÉCIMO: Dejar sin efectos la Resolución Ministerial No. 129 de fecha 30 de octubre de 2014.

DUODÉCIMO: La presente Resolución surte efectos a partir del inicio del actual curso escolar 2018-2019. COMUNÍQUESE a los rectores de las instituciones de Educación Superior adscritas al Ministerio de Educación Superior así como de los organismos formadores, a la máxima dirección de la FEU y a cuantos deban conocer de la presente a todos sus efectos.

ARCHÍVESE el original de esta Resolución en el Departamento Jurídico de este Ministerio.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 16 días del mes de noviembre de 2018.Dr. José Ramón Saborido Loidi Ministro de Educación Superior.