Resolución 116/2026

Sobre exámenes médicos de salud ocupacional

Organismo
Ministerio de Salud Pùblica
Fecha emisión
2026-09-15
Publicada en
Gaceta No. 78 Ordinaria de 2026 (2026-09-18)
Páginas
238–255
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La Resolución 116/2026 del Ministerio de Salud Pública regula los exámenes médicos de salud ocupacional para trabajadores cubanos. Establece requisitos para empleadores y trabajadores, y define los tipos de exámenes médicos necesarios según el riesgo higiénico-epidemiológico.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 116/2026

POR CUANTO: La Ley 189 “Código de Trabajo”, de 30 de julio del 2026, en el

Artículo 6 dispone que los profesionales y técnicos de la salud se rigen por disposiciones normativas complementarias con respecto a su contratación, ubicación, reubicación,promoción e inhabilitación, y la Disposición Final Segunda establece que en un plazo dehasta cuarenta y cinco días a partir de la aprobación de esta Ley, el Ministerio de Salud Pública presenta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, las regulaciones que actualizan lo concerniente a estas materias.

POR CUANTO: La Ley 165 “Ley de la Salud Pública”, de 22 de diciembre del 2023,establece en el

Artículo 5 que el Ministerio de Salud Pública es el organismo de la administración central del Estado rector de la salud pública y en el

Artículo 99, reconoce al organismo como autoridad sanitaria en materia de seguridad y salud del trabajo para dictarconjuntamente con otros organismos las medidas que correspondan para la ejecución ycontrol de las consultas de diagnósticos de enfermedades profesionales.

POR CUANTO: La Resolución 284, de 16 de junio de 2014, del ministro de Salud Pú-blica dispuso el listado de actividades que por sus características requieren la realizaciónde exámenes médicos pre empleos y periódicos especializados, para las actividades labo-rales en las que existan riesgos higiénico-epidemiológicos y al respecto se hace necesarioderogar dicha resolución para actualizar los requerimientos técnicos epidemiológicos y sanitarios de los referidos exámenes médicos a fin de proteger y determinar la aptitud fí-sica y mentalmente para la labor de que se trate de las personas trabajadoras y contribuir a que los empleadores coordinen con las entidades del Sistema Nacional de Salud para sucumplimiento

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas según el

Artículo 145 inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Aprobar las actividades que por sus características requieren la realizaciónde exámenes médicos de salud ocupacional para todos los trabajadores, teniendo en cuenta sus riesgos higiénicos–epidemiológicos.

Artículo 1. Los riesgos higiénicos–epidemiológicos y sus requisitos que se hacen referencia en el apartado anterior son:I. Riesgo químico 1. Exposición a plaguicidas (organofosforados y carbamatos)Requisitos:a) Inmunización actualizada acreditada por el área de salud correspondiente, b) el examen pre empleo incluye determinación de colinesterasa sanguínea en un plazo menor a los 15 días antes de comenzar a trabajar en la exposición, c) los exámenes periódicos incluyen determinación de colinesterasa sérica;d) realizar evaluaciones psicológicas en los exámenes pre empleo y periódico, e) examen dermatológico en busca de antecedentes de enfermedades dermatológi-cas fundamentalmente de manos, dermatitis irritativa o hipersensibilidad las que son limitantes para desarrollar la actividad, y;f) examen oftalmológico en busca de conjuntivitis crónica, alérgica o de neuropatíaóptica las que son limitantes para desarrollar la actividad.2. Exposición a plomo inorgánico Requisitos:a) Inmunización actualizada acreditada por el área de salud correspondiente, b) el examen pre empleo incluye determinación de coproporfirina, protoporfirinaeritrocitaria o plomo en sangre en un plazo menor a los 15 días antes de comenzar a trabajar en la exposición, c) los exámenes periódicos incluyen determinación de coproporfirina, protoporfiri-naeritrocitaria o plomo en sangre, y;d) las pruebas biológicas se realizan de preferencia en los Centros provinciales yunidades municipales de Higiene, Epidemiología y Microbiología;e) realizar evaluaciones psicológicas en los exámenes pre empleo y periódico. 3. Exposición a plomo orgánico Requisitos:a) Inmunización actualizada acreditada por el área de salud correspondiente, b) examen pre empleo incluye determinación de plomo en orina en un plazo menor a los 15 días antes de comenzar a trabajar en la exposición, c) los exámenes periódicos incluyen determinación plomo en orina, d) las pruebas biológicas se realizan de preferencia en los Centros provinciales yunidades municipales de Higiene, Epidemiología y Microbiología, y;e) realizar evaluaciones psicológicas en los exámenes pre empleo y periódico.4. Exposición al mercurio, excepto los compuestos de alquimercurio. Requisitos:a) Inmunización actualizada acreditada por el área de salud correspondiente,b) el examen pre empleo incluye determinación de mercurio en orina en un plazomenor a los 15 días antes de comenzar a trabajar en la exposición;c) los exámenes periódicos incluyen determinación de mercurio en orina,d) las pruebas biológicas se realizan de preferencia en los Centros provinciales y municipales de Higiene, Epidemiología y Microbiología,e) realizar evaluaciones psicológicas en los exámenes pre empleo y periódico. 5. Exposición a asbesto Requisitos:a) Inmunización actualizada acreditada por el área de salud correspondiente,

b) el examen pre empleo incluye la realización de un rayos x de tórax y una espirometría en un plazo menor a los 30 días antes de comenzar a trabajar en la exposición, c) en la historia clínica se puntualiza sobre exposiciones previas a polvos productores de neumoconiosis, tos, disnea, tuberculosis, sinusitis, hábito de fumar y otrosdatos de interés relacionados con esta patología, y;d) los exámenes periódicos incluyen rayos x de tórax, cada dos años, las que son informadas por tres médicos especialistas calificados y una espirometría anual.6. Exposición a sílice Requisitos:a) Inmunización actualizada acreditada por el área de salud correspondiente, b) el examen pre empleo incluye la realización de un Rx de tórax y una espirometría en un plazo menor a los 30 días antes de comenzar a trabajar en la exposición, c) en la historia clínica se puntualiza sobre exposiciones previas a polvos productores de neumoconiosis, tos, disnea, tuberculosis, sinusitis, hábito de fumar y otros datos de interés relacionados con esta patología, d) los exámenes periódicos incluyen rayos x de tórax, cada dos años, las que son in-formadas por tres médicos especialistas calificados y una espirometría anual, y;e) en el caso de los mineros bajo tierra, se debe realizar radiografía de tórax periódicamente sin exceder los dos años. 7. Exposición a carbón Requisitos:a) Inmunización actualizada acreditada por el área de salud correspondiente, b) el examen preempleo incluye la realización de un rayos x de tórax y una espirometría en un plazo menor a los 30 días antes de comenzar a trabajar en la exposición, c) los exámenes periódicos incluyen rayos x de tórax, al menos cada dos años, lasque son informadas por tres médicos especialistas calificados y una espirometría anual, y;d) en el caso de los mineros bajo tierra, se debe realizar radiografía de tórax periódicamente sin exceder los dos años.II. Riegos físicos 1. Exposición a ruido Requisitos:a) Inmunización actualizada acreditada por el área de salud correspondiente;b) el examen preempleo incluye la realización de una audiometría tonal en un plazomenor a los treinta días antes de comenzar a trabajar en la exposición;c) los exámenes periódicos incluyen una audiometría tonal anual;d) exigir al empleador que el trabajador use el equipo de protección si los niveles de ruido exceden los 85 DBA;e) valorar por el especialista o el máster en salud ocupacional si existiera alteraciones en la audiometría para cambio de puesto de trabajo. 2. Exposición a vibraciones Requisitos:a) Inmunización acreditada por el área de salud correspondiente,

b) los exámenes preempleo y periódico deben hacer énfasis en el examen del siste-ma osteomioarticular, sistema circulatorio periférico y sistema nervioso, y;c) exigir al empleador las condiciones higiénico-sanitarias mediante la Inspección Sanitaria Estatal.3. Iluminación Requisitos:a) Inmunización acreditada por el área de salud correspondiente,b) los exámenes preempleo y periódico deben hacer énfasis en el examen del aparato visual en busca de fatiga visual,c) exigir al empleador las condiciones higiénico-sanitarias adecuadas buscando so-lucionar los problemas de iluminación por defecto o por exceso que puedan estar presentes, y;d) apantallar cuando exista iluminación por exceso. 4. Temperaturas extremas Requisitos:a) Inmunización actualizada acreditada por el área de salud correspondiente, b) examen preempleo se realizará en un plazo menor a los 30 días antes de comenzar a trabajar en la exposición. Indagar sobre la existencia de enfermedades cardiovasculares, respiratorias, renales, endocrinas y exposiciones previas a temperaturas extremas, c) los exámenes preempleo y periódico deben hacer énfasis en el examen dermato-lógico, de los aparatos Cardiovascular, Respiratorio, Renal y Endocrino, y;d) evaluar condiciones de trabajo, descanso y organización del trabajo. 5. Exposición a radiaciones ionizantes Requisitos:a) Es responsabilidad del empleador que cada trabajador ocupacionalmente expuesto tenga el examen radiológico individual (ERI) actualizado se Anexo I Modelo # 87-15-01, b) los aspectos generales y dosimétricos son reflejados por el responsable de protección radiológica del centro, y en ausencia de este, el empleador designa a otro especialista del área, según Anexo II Modelo # 87-17-01, c) inmunización actualizada acreditada por el área de salud correspondiente, d) el examen preempleo se realiza en un plazo no mayor de 30 días antes de comenzar la exposición. Hacer énfasis en el examen dermatológico, oftalmológico, otorrinolaringología, trastornos reproductivos y valoración psicológica, e) se indica hemograma con diferencial, conteo de plaquetas, eritrosedimentación, glicemia, creatinina, electrocardiograma, y otras pruebas que el médico de asistencia considere necesarias, f) los exámenes periódicos incluyen hemograma con diferencial y conteo de pla-quetas y hacer énfasis en el examen dermatológico, oftalmológico, otorrinolaringología, trastornos reproductivos y valoración psicológica, g) utilizar equipos de protección en acompañantes de pacientes que no puedan valerse por sí mismos, h) en los expuestos se realiza dosimetría termoluminiscente de todo el cuerpo cuando presenten valores superiores al período de investigación, se separan de laexposición y se realiza examen médico aunque no corresponda,

i) en una exposición aguda en fuentes abiertas, el trabajador se separa inmediatamente y se le realiza el examen médico en ese momento y antes del reintegro al trabajo, con valoración del especialista correspondiente, j) exigir al empleador las condiciones higiénico-sanitarias mediante la Inspección Sanitaria Estatal, y;k) cumplir con las normas de seguridad radiológica establecidas en el país.6. Exposición a radiaciones no ionizantes Requisitos:a) Inmunización actualizada acreditada por el área de salud correspondiente, b) el examen preempleo se realiza en un plazo no mayor de 30 días antes de comenzar la exposición, con énfasis en exámenes dermatológico, oftalmológico, aparato cardiovascular, sistema nervioso central, trastornos reproductivos y valoración psicológica, c) en el examen preempleo se profundiza en la existencia de trastornos del sueño, de memoria, de concentración, cefalea, ansiedad, epilepsia, hemorragias nasales, d) se indica hemograma con diferencial, con énfasis en el conteo de neutrófilos, conteo de plaquetas, eritrosedimentación, glicemia, creatinina y otras pruebas que el médico de asistencia considere necesarias, y;e) los exámenes periódicos incluyen los mismos complementarios que en el che-queo preempleo, con énfasis en exámenes dermatológico, oftalmológico, aparato cardiovascular, sistema nervioso central, trastornos reproductivos y valoración psicológica. 7. Exposición a trabajos de alturas Requisitos:a) Inmunización actualizada acreditada por el área de salud correspondiente, b) el examen preempleo incluye evaluación psicológica, examen dermatológico en busca de piel actínica y de piel fotosensible, lo cual lleva a valorar las limitaciones del puesto de trabajo, c) realizar examen oftalmológico en el que se precise presencia de cataratas, disminución de la agudeza visual y afectaciones del campo visual en el examen preem-pleo, y;d) el examen periódico hace énfasis en el aparato cardiovascular, sistema nervioso central, piel, órganos de la visión y evaluación psicológica. 8. Exposiciones inferiores o superiores a la atmosférica Requisitos:a) Inmunización actualizada acreditada por el área de salud correspondiente, b) examen médico preempleo y periódico con énfasis en el examen físico de neu-rología, otorrinolaringología, cardiología, neumología, oftalmología, psiquiatría y psicología y otras que decida el especialista dedicado a los trabajadores de inmersión y aviadores, y;c) realizar en los mineros, además, las especificadas en exposición a polvos segúnel riesgo.III. Riesgos ergonómicos 1. Trabajos de posturas y cargas Requisitos:

a) Inmunización actualizada acreditada por el área de salud correspondiente, y;b) examen médico pre empleo y periódico con énfasis en el examen del sistema osteomio articular, sistema nervioso y sistema circulatorio periférico.IV. Riesgos biológicos 1. Exposición a Brucelas Requisitos:a) Inmunización actualizada y acreditada por el área de Salud correspondiente, b) realizar el examen médico pre-empleo en un plazo inferior a los quince díasprevios a la exposición, c) efectuar en los exámenes médicos pre-empleo y periódico la prueba serológica test de Wright, d) realizar el examen médico de reintegro laboral siempre que el trabajador hayaenfermado por esta u otra causa infecciosa, e) realizar educación sanitaria a los trabajadores sobre el riesgo de exposición, así como las acciones para minimizarlo, f) realizar por el médico de asistencia la vigilancia epidemiológica e identificación de los grupos de alto riesgo de brucelosis: fincas de segregación, mataderos sanitarios, clínicas veterinarias o zonas endémicas de la enfermedad, g) es responsabilidad de la Inspección Sanitaria Estatal exigir al empleador el con-trol sanitario de animales mediante la identificación, tratamiento o matanzas de animales infectados, junto a la inmunización de los susceptibles, y;h) cumplir con las medidas de bioseguridad de acuerdo al riesgo de exposición establecidas en el país. 2. Exposición a leptospiras Requisitos:a) Inmunización actualizada, que incluye la vacunación profiláctica con la vacunaantileptospírica acreditada por el área de Salud correspondiente, b) realizar el examen médico preempleo en un plazo inferior a los quince días previos a la exposición, c) quimioprofilaxis con el medicamento de elección durante la exposición con animales enfermos, d) realizar el examen médico de reintegro laboral siempre que el trabajador hayaenfermado por esta u otra causa infecciosa, e) es responsabilidad de la Inspección Sanitaria Estatal el control sanitario de roedores, fuentes de abasto de agua, embalses de agua y piscinas, así como el con-trol de los residuales líquidos y sólidos,f) realizar educación sanitaria a los trabajadores sobre el riesgo de exposición, asícomo las acciones para minimizarlo, y;g) cumplir con las medidas de bioseguridad de acuerdo al riesgo de exposición establecidas en el país. 3. Exposición al virus de las hepatitis B y CRequisitos:a) Inmunización actualizada, que incluye vacuna anti Hepatitis B y acreditada porel área de Salud correspondiente,

b) realizar el examen médico pre-empleo en un plazo inferior a los quince días previos al comienzo del trabajo en áreas de riesgo biológico que incluye pruebas serológicas (antígeno de superficie del VHB y anticuerpo sérico Anti-VBC),c) realizar los exámenes médicos periódicos que incluya pruebas serológicas (antí-geno de superficie del virus de Hepatitis B y anticuerpo sérico Anti-VBC),d) realizar pruebas serológicas (Antígeno de superficie del Virus de Hepatitis B y anticuerpo sérico Anti-VBC, VIH, VDRL) a todo trabajador que haya sufrido unaccidente /incidente biológico, e) notificar de inmediato por el médico de asistencia, al nivel correspondiente, eltrabajador diagnosticado de Hepatitis B o C, f) para el reintegro laboral el trabajador debe presentar el resumen de la historia clínica de la enfermedad, el tratamiento administrado, las indicaciones y la consideración del médico al alta clínica, g) realizar educación sanitaria a los trabajadores sobre el riesgo de exposición, así como las acciones para minimizarlo, h) cumplir con las normas de bioseguridad establecidas en el país dentro y fuera de su puesto de trabajo. 4. Exposición al virus de la inmunodeficiencia adquirida Requisitos:a) Inmunización actualizada, que incluye vacuna anti Hepatitis B y acreditada porel área de Salud correspondiente, b) realizar el examen médico preempleo en un plazo inferior a los quince días previos al comienzo del trabajo en áreas de riesgo biológico que incluya prueba serológicaVIH, c) realizar en los exámenes médicos periódicos pruebas serológicas VIH. d) realizar pruebas serológicas antígeno de superficie del virus de Hepatitis B y anticuerpo sérico Anti-VBC, HIV, VDRL a todo trabajador que haya sufrido unaccidente /incidente biológico, e) notificar de inmediato al nivel correspondiente todos los casos de VIH positivodiagnosticado, f) para el reintegro laboral el trabajador debe presentar el resumen de la historia clínica de la enfermedad, el tratamiento administrado, las indicaciones y la consideración del médico al alta clínica, g) realizar educación sanitaria a los trabajadores sobre el riesgo de exposición, así como las acciones para minimizarlo.

Artículo 2. El empleador es responsable de establecer la coordinación con las instituciones de salud en la atención primaria de salud del territorio donde está ubicada la entidad para realizar los exámenes médicos de salud ocupacional.

Artículo 3. El examen médico de salud ocupacional es una evaluación médica que serealiza de manera individual teniendo en cuenta los riesgos y peligros de cada puesto de trabajo e incluye las condiciones, las demandas del puesto de trabajo y las capacidades deltrabajador, cumpliendo con los siguientes requisitos:a) Estos exámenes responden al ciclo de vida laboral en que se encuentre el trabajador y es útil desde el punto de vista técnico-preventivo, médico y legal, y;b) los realiza el médico de asistencia de la atención primaria y una vez finalizado elmismo, debe llenar el modelo establecido con el resultado de la exploración realizada.

Artículo 4. El examen a que se refiere el apartado anterior incluye las siguientes modalidades, con su metodología: a) Pre-empleo: previo a que el trabajador ingrese al lugar de trabajo y cada vez quecambie de ocupación y/o de lugar de trabajo, de funciones o de tareas, su objetivo es determinar el estado de salud al momento del ingreso y su aptitud para ocupar el puesto, se indican complementarios si el médico de asistencia lo considera necesa-rio, según anexo III Modelo # 87-01-02;b) periódico: a realizar en un plazo no mayor de un año como máximo, tiene comoobjetivo monitorear la exposición a factores de riesgo e identificar de forma precozposibles alteraciones temporales, permanentes o agravadas del estado de salud deltrabajador que se asocien al puesto de trabajo e identificar los estados pre-patológicos, se indican complementarios si el médico de asistencia lo considera necesario,según anexo IV Modelo # 87-06-02;c) reintegro: a realizar al trabajador que permanezca por más de un mes sin ocupar su puesto de trabajo independientemente de su causa y siempre que haya presentadouna enfermedad profesional o accidente de trabajo, independiente de los días de incapacidad, para determinar el estado de salud al momento de reintegro y su aptitud para el puesto de trabajo, se indican complementarios si el médico de asistencia loconsidera necesario, según anexo V Modelo # 87-23-01;d) extraordinario: a realizar en los casos en que se detecte nuevos factores de riesgo o elincremento en su magnitud, intensidad o frecuencia en la exposición, para determi-nar el estado de salud al momento del cambio, las condiciones laborales; así como su aptitud para el puesto de trabajo, al que se indican complementarios si el médico de asistencia lo considera necesario, según anexo IV Modelo # 87-06-02, y;e) retiro o egreso: previo al cese laboral y su objetivo es detectar enfermedades relacionadas con el trabajo, secuelas de accidentes de trabajo y, en general, condiciones físicas o mentales causadas o agravadas por el trabajo, se indican complementarios si el médico de asistencia lo considera necesario, según anexo IV Modelo # 87-06-02.

Artículo 5. Al finalizar cada examen médico de salud ocupacional se emite un dictamen de aptitud laboral, que se remite al centro de trabajo correspondiente, según anexo VI Modelo # 87-22-01, como conclusión, donde se defina lo siguiente:a) Apto: trabajador sano o cuando se diagnostica una patología que no implica pérdidade la capacidad laboral, b) apto con recomendaciones y/o restricciones: trabajador que presenta la necesidadde usar un elemento adicional en el trabajo o una adecuación especial en su puestode trabajo, como causa de una patología o hallazgo encontrado, y;c) no apto: trabajador con una patología que implica pérdida de la capacidad laboral o cuando presente algún hallazgo que se pueda agravar con el desempeño de la labor.SEGUNDO: El empleador tiene la obligación de cumplir las recomendaciones médi-cas que se emitan en el dictamen de declaración de enfermedad profesional.TERCERO: La información del examen médico de salud ocupacional se recoge en la hoja de cargo del médico de asistencia y transita por el Sistema de información de estadísticas en salud.CUARTO: Es obligación del empleador asegurar que todos los trabajadores tengan realizado los exámenes de salud ocupacional de acuerdo al riesgo, en la periodicidad quepor la presente se dispone.

QUINTO: El viceministro que atiende la actividad de salud ambiental en el organismo queda encargado de asegurar el cumplimiento de lo que por la presente se dispone.

DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: Derogar la Resolución 284, de 16 de junio de 2014, del ministro de Salud Pública.

SEGUNDA: La presente Resolución entra en vigor a los siete días de su publicaciónen la Gaceta Oficial de la República.COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales de salud y directores de unidades nacionales adscriptas y subordinadas al órgano central. DÉSE CUENTA al ministro de Trabajo y Seguridad Social y al secretario general de la Central de Trabajadores de Cuba.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Salud Pública.

DADA en el Ministerio de Salud Pública, en La Habana, a los 15 días del mes de septiembre de 2026, “Año del Centenario del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz”Dr. José Angel Portal Miranda Ministro

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

ANEXO V

ANEXO VI

________________TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL