Resolución 117/2022

Extinguir concesión de explotación Ampliación Río Bongó

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2022-09-14
Publicada en
Gaceta No. 100 Ordinaria de 2022 (2022-10-03)
Páginas
6–7
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La Resolución 117/2022 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación Ampliación Río Bongó. Esta concesión, otorgada a la Empresa de Asistencia y Servicios, expiró después de diez años y su prórroga. La resolución se emite según la Ley 76, "Ley de Minas", de 1994.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 117/2022

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76,“Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994 se faculta al Ministerio de la Industria Bási-ca, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran parala mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Ha vencido el término de diez (10) años otorgado por la Resolución 265,de 4 de septiembre de 2007, de la Ministra de la Industria Básica, a la Empresa de Asistencia y Servicios en el área de la concesión de explotación denominada Ampliación Río Bongó, Bloque 25 C-2, ubicada en el municipio de Mariel de la antigua provinciade La Habana, posteriormente Artemisa, con el objeto de explotar el mineral arcillasilíceo-aluminosa para su utilización en la producción de cemento; prorrogado por la Resolución 55, de 5 de junio de 2017, del Ministro de Energía y Minas, hasta el 4 de

septiembre de 2022; por lo que se incurre en la causal de extinción de las concesionesmineras dispuesta en la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994 en el Capítulo X,

Artículo 60, inciso a).

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Extinguir la concesión de explotación denominada Ampliación Río Bongó, Bloque 25 C-2, ubicada en el municipio de Mariel de la antigua provincia de La Habana, posteriormente Artemisa, otorgada y prorrogada por las resoluciones 265, de 4 de septiembre de 2007 de la Ministra de la Industria Básica y 55, de 5 de junio de 2017,del Ministro de Energía y Minas, a la Empresa de Asistencia y Servicios.

SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación, la quepuede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

TERCERO: La Empresa de Asistencia y Servicios está obligada a cumplir las obli-gaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación, si no las hubiereaún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente;así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividadesmineras realizadas.

CUARTO: Derogar las resoluciones 265, de 4 de septiembre de 2007 de la Ministra dela Industria Básica y 55, de 5 de junio de 2017, del Ministro de Energía y Minas.

NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales yal Director General de la Empresa de Asistencia y Servicios.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 14 días del mes de septiembre de 2022, “Año 64 de la Revolución”.

Nicolás Liván Arronte Cruz

Ministro

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