Resolución 117/2022

Autorización de inscripción de sucursal de GRUPO CTT, S.A. DE C.V.

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 33 Ordinaria de 2022 (2022-03-22)
Páginas
18–19
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La Resolución 117/2022 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la sucursal de GRUPO CTT, S.A. DE C.V. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. Esta resolución regula la operación de la sucursal en Cuba.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 117/2022

POR CUANTO: El Decreto 32, “Reglamento para el establecimiento de representacio-nes comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece las regulacionesgenerales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre de las oficinasde representación, sucursales y los contratos de agencia y de representación en la Repú-blica de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras,adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 59, de 4 de marzo de 2019, se autorizó la re-novación de la licencia a la sucursal de la compañía mexicana GRUPO CTT, S.A. DE C.V.en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras,adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve, el expediente incoado en virtudde la solicitud de inscripción al amparo del mencionado Decreto 32, de la sucursal de lacompañía mexicana GRUPO CTT, S.A. DE C.V., y del análisis efectuado, se ha consideradoacceder a la solicitud formulada.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del

Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Autorizar la inscripción de la sucursal de la compañía mexicana GRUPOCTT, S.A. DE C.V. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras,adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

SEGUNDO: El giro comercial de la sucursal de la compañía mexicana GRUPO CTT,S.A. DE C.V. en Cuba, a partir de su inscripción, es la comercialización de herramien-tas, equipos, partes, consumibles, reactivos, patrones, software y material auxiliar parala industria automotriz, energética, petroquímica, biofarmacéutica, naval, aeronáutica yminera, así como la prestación de servicios de entrenamiento, certificación de personalde Ensayos No Destructivos y Diagnóstico de maquinaria industrial, de reparación y ca-libración de equipos de ensayos de materiales y estructuras (medición de fuerza y dimen-siones) de ensayos No Destructivos, de laboratorio químico, de medicamentos eléctricos ydiagnóstico de maquinaria industrial (medición, vibraciones y dimensiones con láser).

TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no auto-riza la realización de las actividades siguientes:

a) Importar y exportar directamente con carácter comercial; ni

b) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extran-jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigorde la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desis-timiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá alarchivo del expediente incoado.

SEXTO: Derogar la Resolución 59 de esta propia autoridad, de 4 de marzo de 2019.

NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.

COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Co-merciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losquince días del mes de marzo de dos mil veintidós, “Año 64 de la Revolución”.

Rodrigo Malmierca Díaz

Ministro

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