Resolución 118
Esta resolución regula la extinción de concesiones mineras y es emitida por el Ministerio de la Industria Básica. Se basa en la Ley No. 76 de Minas y otorga facultades al Viceministro Primero para disponer la extinción de concesiones mineras.
- Se extingue la concesión minera otorgada al Organo de Integración para la Salud en el área denominada Aguas San Miguel de los Baños, municipio de Jovellanos, provincia de Matanzas.
- Se declara franco el terreno que abarcaba el área del permiso de reconocimiento para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- El concesionario debe cumplir obligaciones contraídas, especialmente tributarias y ambientales, y indemnizar por daños o perjuicios causados.
- Se deroga la Resolución No. 122 de 19 de mayo de 2009, que otorgó derechos de investigación al Organo de Integración para la Salud.
- Se extingue la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera de Pinar del Río en el área Cuenca de los Ríos San Diego-Los Palacios.
Texto íntegro
Ley No. 76 Ley de Minas, referida al vencimiento del término de la concesión minera.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 18 de junio de 1999, fue designado el que resuelve Viceministro Primero de la Industria Básica, y considerando que el artículo 33 del Decreto-Ley No. 67, de fecha 19 de abril de 1983, De Organización de la Administración Central del Estado, autoriza al Viceministro Primero a suplir al Ministro en sus ausencias.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la extinción del permiso de reconocimiento otorgado mediante la Resolución No. 122 de 19 de mayo de 2009, de la Ministra de la Industria Básica, al Organo de Integración para la Salud, en el área denominada Aguas San Miguel de los Baños, ubicada en el municipio de Jovellanos, provincia de Matanzas.
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el área del permiso de reconocimiento, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: El concesionario está obligado a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgados los derechos de investigación, si no los hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a indemnizar por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Se deroga la Resolución No. 122 de 19 de mayo de 2009, de la Ministra de la Industria Básica, por la que se le otorgaron los derechos de investigación al Organo de Integración para la Salud, en el área denominada Aguas San Miguel de los Baños, ubicada en el municipio de Jovellanos, provincia de Matanzas.
GACETA OFICIAL 5 de mayo de 2011308 NOTIFIQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General del Organo de Integración para la Salud.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHIVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de la Industria Básica. Dada en La Habana, a los 28 días del mes de marzo de 2011.Tomás Benítez Hernández Viceministro Primero de la Industria Básica ________________RESOLUCION No. 113
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 147, “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado”, de 21 de abril de 1994, en su artículo 18, dispone que el Ministerio de la Industria Básica es uno de dichos organismos.
POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
POR CUANTO: El Acuerdo No. 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros otorgó al Ministro de la Industria Básica determinadas facultades en relación con los recursos minerales clasificados en los Grupos I, III y IV, según el artículo 13 de la mentada Ley de Minas.
POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Apartado Tercero, acápite 4, faculta a los jefes de los organismos para dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
POR CUANTO: Vencido el término otorgado a la Empresa Geominera de Pinar del Río, para la concesión de investigación geológica en el área denominada Cuenca de los Ríos San Diego-Los Palacios, ubicada en los municipios Los Palacios y Consolación del Sur, provincia de Pinar del Río, otorgada mediante la Resolución No. 183 de 21 de junio de 2007 y prorrogada mediante la Resolución No. 268 de 9 de noviembre del 2009, ambas de la Ministra de la Industria Básica; por lo que se incurre en la causal de extinción de las concesiones mineras establecida en el artículo 60, inciso a) de la Ley No. 76 Ley de Minas, referida al vencimiento del término de la concesión minera.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 18 de junio de 1999, fue designado el que resuelve Viceministro Primero de la Industria Básica, y considerando que el artículo 33 del Decreto-Ley No. 67, de fecha 19 de abril de 1983, De Organización de la Administración Central del Estado, autoriza al Viceministro Primero a suplir al Ministro en sus ausencias.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de investigación geológica otorgada mediante la Resolución No. 183 de 21 de junio de 2007 y prorrogada mediante la