Resolución 1193/2015
La Resolución No. 1193/2015 del Ministerio de Finanzas y Precios regula el precio de la crema dental Fres-K. Establece el precio a la población en pesos convertibles (CUC) para su venta en Tiendas Recaudadoras de Divisas y otras entidades autorizadas. La Ministra de Finanzas y Precios, Lina O. Pedraza Rodríguez, emite esta resolución en virtud de sus atribuciones.
- Se aprueba el precio de 1,10 CUC para la crema dental Fres-K de 85 mililitros.
- El producto se comercializa en Tiendas Recaudadoras de Divisas y otras entidades autorizadas.
- La resolución se emite según el Decreto No. 300/2012 y la Resolución No. 38/2013.
- El precio es para la venta en pesos convertibles (CUC).
- La crema dental Fres-K contiene extracto natural de alga marina.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 1193/2015
POR CUANTO: El Decreto No. 300 “Facultades para la aprobación de precios y ta-rifas”, de 11 de octubre de 2012, establece en su Disposición Especial Segunda que,los precios y tarifas de los productos y servicios que no están relacionados en su Anexo Único, se aprueban por el Ministro de Finanzas y Precios o por quien este delegue; ymediante la Resolución No. 38, de 31 de enero de 2013, dictada por quien suscribe, seaprobaron los productos y servicios cuyos precios y tarifas corresponde fijar centralmentepor este Ministerio.
POR CUANTO: El Presidente del Grupo Empresarial de la Industria Ligera, ha solici-tado a este Organismo, se apruebe el precio a la población en pesos convertibles (CUC), aun nuevo surtido de crema dental, para la venta en las Tiendas Recaudadoras de Divisasy otras entidades autorizadas a realizar comercio minorista en esa moneda , lo que se hadecidido aceptar.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el artículo 100,inciso a), de la Constitución de la República de Cuba;
R e s u e l v o :
ÚNICO: Establecer el precio a la población de un peso con diez centavos de pesosconvertibles (1,10 CUC), a la crema dental Fres –K, de 85 mililitros, con extracto naturalde alga marina,que se comercializa en las cadenas de Tiendas Recaudadoras de Divisas yotras entidades autorizadas a realizar comercio minorista en esa moneda.
PUBLÍQUESE la presente Resolución en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Organismo.
DADA en La Habana, a los 4 días del mes de diciembre de 2015.
Lina O. Pedraza Rodríguez
Ministra de Finanzas y Precios
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