Resolución 120/2005

Cobro de multas por contravenciones de tránsito

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
2005-05-18
Publicada en
Gaceta No. 19 Extraordinaria de 2005 (2005-06-16)
Páginas
1–4
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución No. 120/2005 del Ministerio de Finanzas y Precios regula el cobro de multas por contravenciones de tránsito. Establece un procedimiento experimental para el cobro de multas impuestas por la Policía Nacional Revolucionaria en Ciudad de La Habana.

Texto íntegro

## Contents

Información en este número

Gaceta Oficial No. 19 de 16 de junio de 2005

MINISTERIOS

Ministerio de Finanzas y Precios

R. No. 120/05

Gaceta Oficial No. 19 de 16 de junio de 2005

MINISTERIO

______

FINANZAS Y PRECIOS

RESOLUCION No. 120/2005

-

POR CUANTO: El Acuerdo 3944, de fecha 19 de marzo del 2001, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, aprobó con carácter provisional, hasta tanto sea adoptada la nueva legislación sobre la organización de la Administración Central del Estado, el objetivo y las atribuciones específicas de este Ministerio, entre las que se encuentra la de elaborar, proponer y ejecutar la política referente a los ingresos del Presupuesto del Estado y en particular la política tributaria.

-

POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 169, “De las Normas Generales y de Procedimientos Tributarios”, de fecha 10 de enero de 1997, en su disposición Final Sexta, establece que los procedimientos administrativos de ese Decreto-Ley, y las demás disposiciones que lo reglamenten, serán de aplicación con carácter supletorio al régimen de ingresos no tributarios del Estado; disponiendo en su

Artículo 71 que el pago de la deuda tributaria se realizará en las oficinas bancarias, aduanas o en cualquier otro lugar que expresamente se autorice, a tales efectos, por el Ministro de Finanzas y Precios.

-

POR CUANTO: Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las multas impuestas por la Policía Nacional Revolucionaria en ocasión de la comisión de contravenciones de la Ley No. 60, Código de Vialidad y Tránsito, de fecha 28 de septiembre de 1987, seha considerado conveniente efectuar, de forma experimentalpor un período de cuatro meses, el cobro de dichas multas, además de en las Oficinas de Control y Cobros de Multas de acuerdo con lo legalmente establecido, por la Empresa de Correos de Cuba a través de su unidad Zona 6, sita en Avenida de Independencia s/n. esq. a 19 de mayo, Plaza de la Revolución, en la ciudad de La Habana.

-

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, adoptado el 20 de junio del 2003, quien resuelve fue designada Ministra de Finanzas y Precios.

-

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

-

PRIMERO: Aprobar, con carácter experimental, durante cuatro meses, que el cobro de multas impuestas por la Policía Nacional Revolucionaria, en ocasión de la comisión de contravenciones de la Ley No. 60, Código de Vialidad y Tránsito, de fecha 28 de septiembre de 1987, que se efectúe en Ciudad de La Habana, se realice además de en las Oficinas de Control y Cobro de Multas, en la unidad Zona 6, de la Empresa de Correos de Cuba, sita en Avenida de Independencia s/n esq. a 19 de mayo, en el municipio Plaza de la Revolución.

Durante el período de prueba la Unidad de correo no cobrará multas en pesos convertibles.

-

SEGUNDO: El importe de las multas a que se refiere el párrafo precedente se debe ingresar al Fisco, diariamente, por la Empresa de Correos de Cuba, por el párrafo 103032 “Multas de Tránsito-Correo”, que se adiciona al vigente Clasificador de Recursos Financieros del Presupuesto del Estado.

-

TERCERO: La Empresa de Correos de Cuba debe garantizar que los modelos para el cobro de las referidas multas cumplan los requerimientos establecidos para el control interno, y emitirá comprobante de pago al contraventor.

-

CUARTO: La Oficina de Control y Cobro de Multas del municipio Plaza de la Revolución, efectuará las devoluciones de los ingresos indebidos por concepto de las multas que se cobren en la unidad Zona 6, previa presentación por el contraventor de la Resolución de cancelación emitida por la correspondiente unidad de la Policía Nacional Revolucionaria y el recibo de pago emitido por la unidad Zona 6.

-

QUINTO: La Empresa de Correos de Cuba, debe informar, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles de cada mes, al Jefe de la Oficina de Control y Cobro de Multas del municipio Plaza de la Revolución, con copia a la Dirección de Ingresos de este Ministerio, el total de las multas cobradas y su importe, de conformidad con el modelo establecido en el Anexo No. 1, que consta de una página y se adjunta a esta Resolución, de la cual forma parte integrante.

-

SEXTO: Se faculta al Viceministro de este Ministerio que atiende a la Dirección de Ingresos, para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para el mejor cumplimiento de lo que por la presente se establece.

-

SÉPTIMO: Esta Resolución entra en vigor a partir del 15 de junio de 2005 y estará vigente hasta el día 15 de octubre de 2005.

COMUNIQUESE al Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, al Ministerio del Interior, a la Dirección

General de la Policía Nacional Revolucionaria, a la Empresa de Correos de Cuba, a la Dirección Provincial de Finanzas y Precios de Ciudad de La Habana y a la Oficina Nacional de Administración Tributaria.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República y archívese el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

Dada en la ciudad de La Habana, a los 18 días del mes de mayo de 2005.

Georgina Barreiro Fajardo

Ministra de Finanzas y Precios

ANEXO 1

EMPRESA DE CORREOS DE CUBA

CERTIFICACION

Por este medio hacemos constar que durante el mes de ________ fueron cobradas por la Agencia de Correo de la Zona 6 del municipio Plaza de la Revolución de Ciudad de La Habana, un total de ____ Multas con un importe ingresado al Presupuesto del Estado de ____________.

Nombre, Apellidos y Firma

Director Financiero

Fecha: Cuño

Original: Jefe Oficina de Control y Cobro de Multas municipio Plaza de la Revolución

Copia: Director de Ingresos, Ministerio de Finanzas y Precios