Resolución 121
La Resolución No. 121 del Ministerio de la Construcción regula la renovación de licencias para constructores, proyectistas y consultores en Cuba. El Ministro de la Construcción emite esta resolución en virtud de las facultades conferidas en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República.
- Se autoriza la renovación de licencias a Sucursal EMPRESTUR Ciego de Ávila y Empresa Nacional de Investigaciones Aplicadas, INVESCONS.
- La Sucursal EMPRESTUR Ciego de Ávila puede ejercer servicios de construcción civil, remodelación, montaje y decoración.
- La Empresa Nacional de Investigaciones Aplicadas, INVESCONS, puede ejercer servicios de construcción, proyección y consultoría.
- Las licencias renovadas tienen una vigencia de 24 meses para Sucursal EMPRESTUR Ciego de Ávila y 18 meses para INVESCONS.
- El Encargado del Registro Nacional de Constructores queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
Texto íntegro
Resolución No. 49 de 7 de febrero de 2012, para continuar ejerciendo como Constructor.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Sucursal EMPRESTUR Ciego de Ávila, del Ministerio de Turismo en la propia provincia.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Sucursal EMPRESTUR Ciego de Ávila, del Ministerio de Turismo en la propia provincia, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución, la Sucursal EMPRES- TUR Ciego de Ávila, podrá ejercer como Constructor autorizada para la realización de los siguientes servicios:Alcance de los servicios autorizados: 1. Servicios de Constructor:a) Servicios de construcción civil de nuevas obras. b) Servicios de remodelación, restauración, reparación y mantenimiento constructivo de los objetivos existentes. c) Servicios de montaje, reparación y mantenimiento de falsos techos, carpintería de madera, plástico, aluminio, elementos, accesorios y mobiliario. d) Servicios de montaje de toldos, marquesinas y otras confecciones textiles vinculadas a los servicios de decoración y ambientación. e) Servicios de decoración, ambientación y jardinería interior y exterior. f) Servicios de tratamiento, limpieza y recuperación de playas.1.1. Tipos de Objetivos:a) Pequeñas y Medianas Obras de Arquitectura. b) Obras Rústicas.
TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de veinticuatro (24) meses, a partir del vencimiento de la vigencia de la Licencia anteriormente otorgada.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto. NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los viceministros del Ministerio de la Construcción, y al Director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
27 de marzo de 2015 GACETA OFICIAL 401
DADA en La Habana, a los 24 días del mes de febrero de 2015.René Mesa Villafaña Ministro de la Construcción________________RESOLUCIÓN No. 118/2015
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administrador de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: La Empresa Nacional de Investigaciones Aplicadas, INVES- CONS, del Ministerio de la Construcción en la provincia de La Habana, ha solicitado la Renovación de las licencias Nos. 773/13 y 383/13, vigentes hasta el 3 de abril de 2015, las que fueron anteriormente renovadas mediante la Resolución Ministerial No. 60 de 25 de febrero de 2013, para continuar ejerciendo como Constructor, Proyectista y Consultor.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Nacional de Investigaciones Aplicadas, INVESCONS, del Ministerio de la Construcción en la provincia de La Habana.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de las licencias solicitada por la Empresa Nacional de Investigaciones Aplicadas, INVESCONS, del Ministerio de la Construcción en la provincia de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de las licencias otorgada, al amparo de la presente Resolución, la Empresa Nacional de Investigaciones Aplicadas, INVES- CONS, podrá ejercer como Constructor, Proyectista y Consultor autorizada para la realización de los siguientes servicios:Alcance de los servicios autorizados: 1. Servicios de Constructor:a) Construcción de pilotes, micropilotes y recalce de cimentaciones. b) Reparación, restauración e impermeabilización de objetivos existentes. c) Ejecución de inyecciones en suelos, rocas y estructuras. d) Tratamiento con resina epóxica de pavimentos y pisos.1.1. Tipos de Objetivos:a) Todo Tipo de Obras.2. Servicios Técnicos:a) Servicios de investigaciones ingeniero- geológicas aplicadas a la construcción. b) Servicios de dictámenes técnicos sobre patología de las estructuras de las edificaciones. c) Servicios de control integral de calidad de las construcciones y la producción de materiales. d) Servicios de proyección de cimentaciones y movimientos de tierra.
GACETA OFICIAL 27 de marzo de 2015402 e) Servicios de laboratorio para ensayos de suelos y materiales para la construcción. f) Servicios de ingeniería geofísica aplicada a las obras. g) Servicios de proyectos de rehabilitación de edificaciones, canteras, proyectos de estructuras, viales, voladura y su control. h) Servicios topo-geodésicos superficiales, soterrados y batimétricos. i) Servicios técnicos especializados de proyecto de aterramiento y sistemas de protección general. j) Servicios de Consultoría Ambiental, propuesta de planes de manejo de desechos peligrosos y estudio de peligro, vulnerabilidad, riesgo y plan de reducción de desastres. k) Servicios de investigación y desarrollo (I+D) en la actividad de la construcción.2.1. Tipos de Objetivos:a) Todo Tipo de Obras.
TERCERO: La Renovación de las licencias que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de dieciocho (18) meses, a partir del vencimiento de la vigencia de las licencias anteriormente otorgada.
CUARTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestión de la Calidad por las Normas ISO – 9000 vigentes.
QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto. NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los viceministros del Ministerio de la Construcción, y al Director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 24 días del mes de febrero de 2015.René Mesa Villafaña Ministro de la Construcción________________RESOLUCIÓN No. 119/2015
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administrador de proyectos, realizar investígaciones ingenieras, construir o participar en cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la