Resolución 1215/2015

Sobre Anticipos de Fondos y Devolución de Anticipos de Fondos

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
2015-12-10
Publicada en
Gaceta No. 3 Ordinaria de 2016 (2016-01-20)
Páginas
27–30
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La Resolución No. 1215/2015 del Ministerio de Finanzas y Precios regula los Anticipos de Fondos y la Devolución de Anticipos de Fondos en el Sistema de Tesorería. Establece los términos y condiciones para el otorgamiento y liquidación de estos anticipos. La norma es emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 1215/2015

POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 192, “De la Administración Financiera del Esta-do”, de 8 de abril de 1999, en su Disposición Final Primera, inciso f), faculta a este Minis-terio para establecer las disposiciones requeridas para el establecimiento y financiamientodel Sistema de Tesorería.

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7334, de 19 de diciembre de 2012, del Consejo de Ministros, aprobó el objetivo, las funciones y atribuciones específicas de este Ministerio,entre las que se encuentra la regulada en el Apartado Segundo, numeral 2, de dirigir ycontrolar la ejecución de los sistemas presupuestario, de tesorería y de crédito público.

POR CUANTO: La Resolución No. 281, de 16 de junio de 2014, dictada por la Minis-tra de Finanzas y Precios, dispone la incorporación de los conceptos Anticipos de Fondosy de Devolución de Anticipos de Fondos, para cubrir desbalances temporales de Cajaque se producen en las cuentas distribuidoras provinciales y municipales del Sistema de Tesorería y, su posterior devolución, como entradas y salidas de recursos financieros endichas cuentas.

POR CUANTO: Resulta necesario actualizar los términos fijados en la Resoluciónmencionada en el Por Cuanto anterior, a los efectos de modificar la liquidación de los Anticipos de Fondos por el beneficiario al nivel otorgante, por lo que en aras de evitar ladispersión legislativa procede derogar la Resolución No. 281/2014.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el artículo 100,inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :

PRIMERO: Establecer la incorporación de los conceptos Anticipos de Fondos y de Devolución de Anticipos de Fondos, como entradas y salidas de recursos financieros enlas cuentas bancarias del Sistema de Tesorería administradas por la Dirección de Tesoreríay Crédito Público del Ministerio de Finanzas y Precios y por las direcciones de Finanzasy Precios de los consejos de la Administración de los órganos provinciales y municipalesdel Poder Popular, respectivamente, y del municipio especial Isla de la Juventud, que serelacionan a continuación:

1. Cuenta del Presupuesto Central.

1.1. Entradas:

a) Devolución de Anticipos de Fondos.

1.2. Salidas:

a) Anticipos de Fondos.

2. Cuenta Distribuidora Provincial.

2.1. Entradas:

a) Anticipos de Fondos.

b) Devolución de Anticipos de Fondos.

2.2. Salidas:

a) Anticipos de Fondos.

b) Devolución de Anticipos de Fondos.

3. Cuenta Distribuidora Municipal.

3.1. Entradas:

a) Anticipos de Fondos.

3.2. Salidas:

a) Devolución de Anticipos de Fondos.

SEGUNDO: Los Anticipos de Fondos constituyen aquellos recursos financieros que seotorgan con carácter temporal entre las cuentas del Sistema de Tesorería a que se refiere el Apartado Primero, con el objetivo de cubrir desbalances temporales de Caja.

TERCERO: Disponer que los Anticipos de Fondos, una vez entregados, se liquidendentro del ejercicio fiscal en el que fueron otorgados.

CUARTO: El otorgamiento de los Anticipos de Fondos se formaliza mediante Conve-nio suscrito entre los administradores de las cuentas del Sistema de Tesorería que inter-vienen en este proceso, donde se fijarán los plazos y condiciones de su devolución, cuyaproforma y metodología de llenado se establecen en el Anexo Único que forma parte dela presente Resolución.

QUINTO: La devolución de los Anticipo de Fondos se garantiza por el beneficiario conlas entradas de recursos financieros que recibe la Cuenta Distribuidora que corresponda.

SEXTO: Los Anticipos de Fondos son otorgados, previo análisis por el nivel otorgan-te, de los Estados Financieros emitidos por la parte solicitante, correspondientes al cierredel mes anterior, dejando constancia escrita de su evaluación.

SÉPTIMO: Derogar la Resolución No. 281, de 16 de junio de 2014, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios.

OCTAVO: La presente Resolución se aplica a partir del primero de enero de 2016.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Organismo.

Dada en La Habana, a los 10 días del mes de diciembre de 2015.

Lina O. Pedraza Rodríguez

Ministra de Finanzas y Precios

ANEXO ÚNICO

CONVENIO PARA EL OTORGAMIENTO Y LIQUIDACIÓNDE ANTICIPOS DE FONDOS

No.______

DE UNA PARTE:

La Dirección de Tesorería y Crédito Público del Ministerio de Finanzas y Precios,

Representada por: ______________________________________________

En su carácter de ______________, actuando como Otorgante.

La Dirección Provincial de Finanzas y Precios de ________________________

Representada por: ________________

En su carácter de _________________, actuando como: Otorgante ______________Beneficiario _______

La Dirección Municipal de Finanzas y Precios de___________________________

Representada por: _______________________________________________

En su carácter de _________________, actuando como Beneficiario.

ACUERDAN

1. Suscribir el presente Convenio por el otorgamiento de Anticipos de Fondos para cubrirdesbalances temporales de Caja por un importe de $__________, (importe en letras).

2. El Otorgante se compromete a entregar el importe del Anticipo de Fondos el día ______del mes de _____________ de 20_____.

3. El Beneficiario, en cumplimiento del presente Convenio se obliga a:

3.1. Reintegrar al Otorgante el importe total del Anticipo de Fondos con los recursosfinancieros de la Cuenta Distribuidora que administra, en las fechas fijadas encada mes y de acuerdo con los plazos acordados en el presente Convenio para sudevolución.

3.2. Los plazos acordados entre las partes para la devolución de los Anticipos de Fon-dos, se establecen dentro del ejercicio fiscal en el que se otorgan.

4. El nivel otorgante, ante incumplimientos por parte del Receptor, de los plazos acorda-dos en el Convenio para la devolución de los Anticipos de Fondos se reserva el derechode suspender futuras asignaciones de flujos financieros que le correspondan dentro delejercicio fiscal hasta la liquidación total de los plazos atrasados.

5. Las partes que intervienen en el Convenio acuerdan la cantidad de plazos y los períodosde devolución así como sus importes de acuerdo con lo que se describe a continuación:

5.1. Cantidad de Plazos _______

5.2. Períodos convenidos

5.2.1. Día (día del mes comprometido para el pago del plazo)

5.2.2. Mes (mes en que se debe efectuar el pago del plazo)

5.2.3. Importe de cada plazo fijado en el Convenio

Observaciones: _______________________________________________

Y para constancia se firma el presente Convenio a los ____ días del mes de ____ del año 20____

Firma del Beneficiario Firma del Otorgante

Cuño de la Dirección Cuño de la Dirección

INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL CONVENIO

ENCABEZAMIENTO

No.:Para anotar el número que le corresponde al Convenio dentro del ejercicio fiscal.

La Dirección de Tesorería y Crédito Público:

Representada por:Nombres y apellidos de la persona que dirige la Dirección.

En su carácter de:Cargo que ocupa (Director o la persona en quien este delegue).

La Dirección Provincial de Finanzas y Precios de:Se inscribe el nombre de la Provincia.

Representada por:Nombres y apellidos de la persona que dirige la Dirección.

En su carácter de:Director o Directora.

Actuando como:Si es otorgante o beneficiario se marca con una equis donde proceda.

La Dirección Municipal de Finanzas y Precios de:Se inscribe el nombre del municipio.

Representada por:Nombres y apellidos de la persona que dirige la Dirección.

En su carácter de:Director o Directora.

CUERPO DEL MODELO

- 1.Se inscribe el importe en números y en letras del Anticipo de Fondos acordado entrelas partes.

- 2.Para anotar el día, mes y año en que el Otorgante se compromete a entregar el importedel Anticipo de Fondos.

- 3.Numerales 3.1 y 3.2: Cláusulas que rigen los requisitos del Convenio.

- 4.Numeral 4.1: Se inscribe en números y en letras la cantidad de plazos acordados, dentro delejercicio fiscal, para la devolución del Anticipo de Fondos.

Numeral 4.2: Períodos convenidos.

4.2.1. Día – Se anota el día o los días del mes en que se acuerda la devolución decada plazo.

4.2.2. Mes – Se anota el mes en que se acuerda la devolución de cada plazo.

4.2.3. Importe de cada plazo del Convenio – De acuerdo con la cantidad de plazosacordados, según lo anotado en el Numeral 4.1, se detallan los plazos consus importes, ejemplo:

Números de plazos Importes

1 xxx.xx

2 xxx.xx

3 xxx.xx

Y así sucesivamente hasta llegar a la cantidad de plazos acordados.

Observaciones: Para anotar cualquier aspecto de interés que consideren las partes.

Y para constancia…….. Se anota el día, mes y año en que se firma el Convenio.

PIE DE FIRMA

Para las firmas del Beneficiario y del Otorgante con los cuños que corresponden.

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