Resolución 122/2021
La Resolución No. 122/2021 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la renovación de la licencia de la sucursal de LINPORT, S.A., una compañía uruguaya. Esta resolución es emitida por el Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
- Se autoriza la renovación de la licencia de la sucursal de LINPORT, S.A. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- El objeto de la sucursal será la realización de actividades comerciales relacionadas con mercancías específicas (Anexo I).
- La licencia no autoriza la importación y exportación directa con carácter comercial (Artículo 3.a).
- La licencia no autoriza el comercio mayorista y minorista en general, excepto servicios de posventa y garantía (Artículo 3.b).
- La sucursal no puede distribuir ni transportar mercancías en el territorio nacional (Artículo 3.c).
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 122/2021
POR CUANTO: El Decreto 206 “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, de 10 de abril de 1996, establece el proce-dimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de li-cencias de las sucursales y agentes de sociedades mercantiles presentadas ante dicho Registro,adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve, elexpediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de la licencia de la sucursalde la compañía uruguaya LINPORT, S.A. y, del análisis efectuado, se ha consideradoacceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía uru-guaya LINPORT, S.A. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía uruguaya LINPORT, S.A. a partirde su renovación, será la realización de actividades comerciales relacionadas con las mer-cancías que, a nivel de capítulos, se describen en el Anexo I que forma parte integrante dela presente Resolución.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autori-za la realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial;
b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, ex-cepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratosque amparan las operaciones de comercio exterior; y
c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en lapresente Resolución.
NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de So-ciedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.
COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Co-merciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Direcciónde Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Ex-tranjera.
DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, alos once días del mes de mayo de dos mil veintiuno, “Año 63 de la Revolución”.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro
ANEXO I
NOMENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZAR
ACTIVIDADES COMERCIALES LINPORT S.A.
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