Resolución 123/2017
La Resolución No. 123/2017 del Ministerio de la Industria Alimentaria regula la captura de especies Caranx ruber (cibí) y C. crysos (cojinúa) en la zona Nororiental de Cuba. La Comisión Consultiva de Pesca, máximo órgano consultivo en materia de ordenamiento y administración de recursos acuáticos, establece regulaciones para la ordenación de la captura de estos recursos.
- Se autoriza a 4 empresas pesqueras a calar tranques para la captura de cibí y cojinúa en la zona Nororiental de Cuba durante julio, agosto y septiembre.
- La Empresa Pesquera de Guantánamo puede extender el calado de tranques hasta octubre.
- Se establecen coordenadas y cantidades para la colocación de los artes de pesca.
- Se prohíbe el uso de un paso malla cuya longitud sea menor de 30 mm y la colocación de tranques que cierren canalizos o pasas.
- Las empresas deben enviar capturas mensuales a la Dirección de Regulaciones Pesqueras y Ciencias.
- La Oficina Nacional de Inspección Estatal controla el cumplimiento de la resolución.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 123/2017
POR CUANTO: El Decreto Ley No. 164 de fecha 28 de mayo de 1996, “REGLA-MENTO DE PESCA”, artículo 4, establece que la Comisión Consultiva de Pesca es elmáximo órgano consultivo del extinto Ministerio de la Industria Pesquera en materia deordenamiento y administración de los recursos acuáticos de las aguas marítimas y terrestres,siendo tales atribuciones asumidas por el Ministerio de la Industria Alimentaria, mediante elartículo 4 del Decreto Ley No. 264 de fecha 2 de marzo de 2009.
POR CUANTO: Teniendo en cuenta que las especies Caranx ruber (cibí) y C. crysos(cojinúa) realizan migraciones durante los meses de mayo a septiembre por la zona Noro-riental de Cuba, asociadas a procesos reproductivos y de alimentación y, en corresponden-cia con los objetivos planteados por el Código de Conducta para la Pesca Responsable,la Comisión Consultiva de Pesca acordó establecer regulaciones encaminadas a la orde-nación de la captura de estos recursos; siendo necesario disponer lo que se expresa en laparte resolutiva de la presente.
POR CUANTO: La que resuelve ha sido designada Ministra de la Industria Alimenta-ria en virtud del Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me han sido conferidas en el Apar-tado tercero, numeral 4 del Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Consejo de Mi-nistro, de fecha 25 de noviembre de 1994,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar a las Empresas Pesquera Industrial de Santa Cruz del Sur (EPISUR);Pesquera de Las Tunas (PESCATUN); Pesquera de Holguín (PESCAHOL) y Pesquerade Guantánamo (PESCAGUAN) a calar tranques destinados a la captura de las especies Caranx ruber (cibí) y C. crysos (cojinúa), en la zona Nororiental de Cuba durante losmeses de julio, agosto y septiembre.
SEGUNDO: Se autoriza de forma excepcional a la Empresa Pesquera de Guantánamoa extender el calado de los tranques hasta el mes de octubre.
TERCERO: Los artes de pesca referidos, serán colocados en las coordenadas y canti-dades que se relacionan a continuación:
| Empresa | No. detranque | UEB | Lugar de Calamento | Coordenadas | | - | - | - | - | - | | Longitud | Latitud | | EPISUR | 2 | Nuevitas | Punta Piedra Sabinal | -77,19,08 W | 21,45,08 N | | Punta Ganado Santa Lucía | -76,59,04 W | 21,31,06 N | | PESCATUN | 3 | Manatí | Punta Brava | -76,51,13 W | 21,25,27 N | | Vita | -75,57,12 W | 21,06,09 N | | Puerto Pa-dre | Covarrubia | -76,40,54 W | 21,21,23 N | | Corella | -76,29,57 W | 21,16,87 N | | PESCAHOL | 6 | Conchazul | Punta de Mangle | -76,18,47 W | 21,15,06 N | | Punta Caletones | -76,14,37 W | 21,12,40 N | | Vita Don Lino | -75,58,10 W | 21,05,43 N | | Morales Banes | -75,36,40 W | 20,54,00 N | | Ens. Guayacanes | -75,44,48 W | 21,07,26 N | | Punta Lucrecia | -75,40,31 W | 21,04,08 N | | 5 | Pescanipe | Carenerito | -75,25,00 W | 20,45,22 N | | Playa Canal | -75,23,32 W | 20,44,08 N | | Playa Teneme Canal | -75,17,05 W | 20,43,06 N | | Yaguaneque | -75,04,32 W | 20,42,08 N | | Barco Perdido entre Cebolla y Mejías | -75,10,04 W | 20,42,04 N | | PESCAGUAN | 5 | Baramar | Nibujón | -74,40,00 W | 20,32,00 N | | Navas | -74,37,48 W | 20,29,11 N | | Boca de Miel | -74,29,01 W | 20,20,30 N | | Manglito | -74,19,00 W | 20,18,02 N | | Yumurí | -74,18,00 W | 20,18,00 N | | TOTAL | 21 |
CUARTO: Los tranques de Punta de Mangle y Caletones serán operados de maneraalternativa por 30 pescadores del asentamiento Caletones con el empleo de tres (3) em-barcaciones.
QUINTO: Se prohíbe el uso de un paso malla cuya longitud sea menor de 30 mm; asícomo la colocación de los calados de tranques de manera que cierren canalizos o pasas.
SEXTO: Las empresas, una vez concluido el periodo autorizado para el calado de estasartes, deberán enviar a la Dirección de Regulaciones Pesqueras y Ciencias las capturasmensuales por tranques, dentro del mes siguiente a finalizada la autorización.
SÉPTIMO: Responsabilizar a la Oficina Nacional de Inspección Estatal con el controldel cumplimiento de lo que la presente dispone.
OCTAVO: Lo dispuesto en la presente surte efecto a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DESE CUENTA al Secretario del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros; a losministros del Ministerio del Interior; Turismo y de Ciencia, Tecnología y Medio Ambien-te; a los presidentes de la Federación Cubana de Pesca Deportiva y del Instituto Nacionalde Deportes, Educación Física y Recreación, respectivamente.
COMUNÍQUESE a los viceministros, a los directores funcionales del Organismo, a la Presidenta del Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria, a los directores de las em-presas pesqueras dedicadas a la actividad extractiva de la especie; al Director de la Ofici-na Nacional de Inspección Estatal y al Director del Centro de Investigaciones Pesqueras.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en el departamento Independiente de Asesoría Jurídica deeste Ministerio.
DADA en La Habana, a los 16 días del mes de junio de 2017.
María del Carmen Concepción González
Ministra de la Industria Alimentaria
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