Resolución 124

Sobre la subordinación del punto de control aduanero Guayabal

Organismo
Aduana General de la República
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 36 Ordinaria de 2004 (2004-06-10)
Páginas
16
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La Resolución No. 124 regula la subordinación del punto de control aduanero Guayabal. Fue emitida por la Aduana General de la República.

Texto íntegro

Decreto-Ley No. 162, dispone que las aduanas estarán subordinadas a la Delegación Territorial en que estén situadas, y su jurisdicción se determinará por el Jefe de la Aduana General de la República.

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POR CUANTO: La Resolución No. 4 de fecha 21 de febrero de 2001, emitida por el que suscribe, determinó la jurisdicción de las Delegaciones Territoriales de Aduanas y de las Aduanas, definiendo los límites territoriales y su alcance.

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POR CUANTO: Resulta necesario trasladar la subordinación del punto de control aduanero Guayabal y la jurisdicción sobre el mismo, actualmente subordinado y bajo la jurisdicción de la Delegación Territorial de Aduanas de Holguín-Tunas a la Aduana de Camagüey.

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POR CUANTO: El que resuelve fue designado Jefe de la Aduana General de la República por Acuerdo No. 2867, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 2 de marzo de 1995.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Subordinar el punto de control aduanero Guayabal con domicilio legal en El Muelle, S/N, Guayabal, Amancio, Las Tunas, a la Aduana de Camagüey, la que ejercerá jurisdicción sobre el mismo.

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SEGUNDO: Modificar lo dispuesto en el Apartado Resolutivo Primero de la Resolución No. 4 de 21 de febrero de 2001, en sus ordinales D y E, en lo que afecte a la subordinación del punto de control aduanero de Guayabal, por lo dispuesto en el Apartado anterior.

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TERCERO: Los Jefes de la Delegación Territorial de Holguín-Tunas y la Aduana de Camagüey, confeccionarán las correspondientes Actas de Entrega-Recepción, en las que harán constar el traslado de inmuebles y recursos, así como su control, situación laboral, planes de trabajo y demás documentos oficiales establecidos por la Institución, para su presentación al Jefe de la Aduana General de la República antes del día 26 de febrero de 2004.

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CUARTO: Lo dispuesto por la presente Resolución, entrará en vigor a partir del día 1 ro. de marzo del 2004.

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QUINTO: Comuníquese la presente a todo el Sistema de Organos Aduaneros y a cuantas más personas naturales y jurídicas corresponda conocer. Archívese el original en la Dirección de Asuntos Legales de esta Aduana General de la República.

DADA en la Aduana General de la República, en Ciudad de La Habana, a los doce días del mes de febrero del dos mil cuatro.

Pedro Ramón Pupo Pérez

Jefe de la Aduana General

de la República