Resolución 126/2022

Modificación de la Resolución 178 de 2021 sobre tasas de cambio

Organismo
Banco Central de Cuba
Fecha emisión
2022-08-03
Publicada en
Gaceta No. 46 Extraordinaria de 2022 (2022-08-03)
Páginas
4–5
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución 126/2022 del Banco Central de Cuba modifica la Resolución 178 de 2021 sobre tasas de cambio. Establece que el Banco Central de Cuba determina y publica las tasas de cambio del peso cubano frente a las monedas extranjeras.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 126/2022

POR CUANTO: El Decreto-Ley 63 “Sobre Actualización de Tasas de Cambio”, de 3 de agosto de 2022, dispone que el Banco Central de Cuba establece las tasas de cambioque resulten necesarias aplicar en las operaciones que se realicen en la economía nacional.

POR CUANTO: La Resolución 178, de 15 de junio de 2021, de quien suscribe, talcomo quedó modificada por la Resolución 74, de 29 de marzo de 2022, establece una solatasa de cambio del peso cubano frente a las monedas extranjeras, resultante de la aplica-ción de un régimen de tipo de cambio fijo por el Banco Central de Cuba.

POR CUANTO: A partir de las medidas aprobadas para incrementar los ingresos enmoneda extranjera, resulta necesario la implementación gradual de un mercado cambiarioen el país y, en consecuencia, modificar la citada Resolución 178 de 2021.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución y obligación conferidas en el

Artículo 25,inciso d), del Decreto-Ley 361 “Del Banco Central de Cuba”, de 14 de septiembre de 2018,

RESUELVO

ÚNICO: Modificar los apartados PRIMERO y SEGUNDO de la Resolución 178,de 15 de junio de 2021, de quien suscribe, los que quedan redactados de la manerasiguiente:

“PRIMERO: Las transacciones monetarias en el territorio nacional se denominan yejecutan en pesos cubanos, excepto los casos que expresamente se autoricen.

Las tasas de cambio del peso cubano frente a las monedas extranjeras se determinanpor el Banco Central de Cuba y se publican diariamente en el sitio web de esta institucióny otras vías que sean posibles”.

“SEGUNDO: Las tasas de cambio del peso cubano frente a las monedas extranjerasson las que resulten de aplicación por el Banco Central de Cuba”.

1029

DISPOSICIÓN FINAL

ÚNICA: La presente disposición normativa entra en vigor el 4 de agosto del año 2022.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Secretaría del Banco Central de Cuba.

DADA en La Habana, a los tres días del mes de agosto de dos mil veintidós.

Marta Sabina Wilson González

Ministra Presidente

________________