Resolución 126/2022
La Resolución 126/2022 del Ministerio de Salud Pública prorroga la suspensión del límite de peso para importaciones sin carácter comercial de medicamentos. La norma es emitida por el Ministro de Salud Pública y modifica temporalmente las restricciones establecidas en el Decreto-Ley 22/2020.
- Se prorroga la suspensión del límite de peso hasta el 31 de diciembre de 2022.
- La Resolución 252/2021, que autorizó la prórroga hasta el 30 de junio de 2022, queda derogada.
- La importación se refiere a medicamentos en envases originales.
- La prórroga aplica a pasajeros en equipaje acompañado.
- Se mantienen condiciones excepcionales debido a la situación económica y financiera internacional.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 126/2022
POR CUANTO: El Decreto-Ley 22 “Arancel de Aduanas de la República de Cubapara las importaciones sin carácter comercial”, de 24 de noviembre de 2020, en su Dispo-sición Final Segunda, inciso a), faculta al Ministro de Finanzas y Precios para autorizarla importación de productos por encima de los valores establecidos en los artículos 12 y 13 del citado Decreto-Ley.
POR CUANTO: La Resolución 138, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios,de 12 de mayo del corriente, prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022, los beneficiosdirigidos a flexibilizar la importación sin carácter comercial de alimentos, aseo y medica-mentos por las personas naturales, por las vías de pasajeros como equipaje acompañado.
POR CUANTO: La Resolución 131 del Ministro de Salud Pública, de 13 de agostode 1992, dispone el límite de diez kilogramos para las importaciones sin carácter comer-cial de medicamentos, en envases originales, por pasajeros en el equipaje acompañado, yal respecto la Resolución 252 del Ministro de Salud Pública, de 10 de diciembre de 2021,autorizó prorrogar la suspensión a ese límite de peso hasta el 30 de junio de 2022, resolu-ción que es necesario dejar sin efectos para disponer sobre un nuevo término que extiendaesta autorización hasta el 31 de diciembre de 2022, teniendo en cuenta que se mantienenlas condiciones excepcionales que en el orden económico y financiero internacional im-pactan sobre nuestro país.
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POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas en el Artícu-lo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Prorrogar desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022 la suspen-sión del límite del peso de las importaciones sin carácter comercial de medicamentos, enenvases originales, por pasajeros en el equipaje acompañado.
SEGUNDO: Derogar la Resolución 252, de 10 de diciembre de 2021, del Ministro de Salud Pública.
DESE CUENTA a la Ministra de Finanzas y Precios.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la presente Resolución en la Dirección Jurídica del Organismo.
DADA en el Ministerio de Salud Pública, en La Habana, a los 12 días del mes de mayode 2022, “Año 64 de la Revolución”.
Dr. José Angel Portal Miranda
Ministro
ADUANA GENERAL
DE LA REPÚBLICA