Resolución 129/2016
La Resolución No. 129/2016 del Ministerio de Energía y Minas otorga un permiso de reconocimiento a la Empresa Minera de Occidente. Este permiso permite realizar trabajos para verificar estudios anteriores y su comportamiento tecnológico en áreas específicas de las provincias de Matanzas y Mayabeque.
- Otorga permiso de reconocimiento a la Empresa Minera de Occidente en el área Candela-Trinidad.
- El permiso es válido por 4 meses, prorrogable según Decreto No. 222/1997.
- El área de permiso abarca 20 metros cuadrados en municipios de Unión de Reyes y Güines.
- Se autoriza la toma de muestras de fosforita granular calcárea, calcarenita fosfatizada y caliza margosa.
- El permisionario debe informar trimestralmente a la Oficina Nacional de Recursos Minerales.
- El permiso es aplicable solo a áreas definidas y debe devolverse al Estado al finalizar.
Texto íntegro
ENERGÍA Y MINAS
RESOLUCIÓN No. 129/2016
POR CUANTO: Mediante el Decreto-Ley No. 301, de fecha 9 de octubre de 2012, seextinguió el Ministerio de la Industria Básica y se crea el Ministerio de Energía y Minas,como Organismo de la Administración Central del Estado, encargado de proponer, y unavez aprobadas, dirigir y controlar las políticas del Estado y el Gobierno en los sectoresenergético, geológico y minero del país.
POR CUANTO: A tenor de los Artículos 25 y 27 del Decreto No. 222, Reglamentode la Ley de Minas, de fecha 16 de septiembre de 1997, le corresponde al Ministerio dela Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas otorgar los permisos de reconoci-miento, los que le confieren a su titular la facultad de llevar a cabo trabajos para verificaro corroborar estudios anteriores y su comportamiento tecnológico.
POR CUANTO: La Empresa Minera de Occidente ha presentado a la Oficina Na-cional de Recursos Minerales una solicitud de un permiso de reconocimiento en el áreadenominada Candela-Trinidad para realizar la toma de dos muestras volumétricas de losminerales fosforita granular calcárea, en el municipio de Unión de Reyes, provincia de Matanzas, así como calcarenita fosfatizada y caliza margosa en el municipio de Güinesen la provincia de Mayabeque, por el término de un (1) año.
POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conve-niente en su dictamen recomendar al que resuelve que otorgue el permiso de reconoci-miento al solicitante, oídos los criterios de los órganos locales correspondientes.
POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en elartículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Otorgar a la Empresa Minera de Occidente un permiso de reconocimiento,en el área denominada Candela-Trinidad para realizar la toma de dos muestras volumétri-cas, una de hasta quinientos (500) kilogramos de fosforita granular calcárea y la otra dehasta quinientas (500) toneladas de calcarenita fosfatizada y caliza margosa, con el objetode investigar su comportamiento tecnológico y verificar estudios anteriores.
SEGUNDO: El área objeto del presente permiso se ubica en los municipios de Uniónde Reyes, provincia de Matanzas y Güines, provincia de Mayabeque, abarca un área totalde veinte metros cuadrados (20 m 2) y, su localización en el terreno, en coordenadas Lam-bert, Sistema Cuba Norte, es la siguiente:
Área: Loma Candela Sur (Mayabeque): 500 toneladas
VÉRTICES X Y
1 389 300 339 500
2 388 900 339 750
Área: Trinidad (Matanzas): 500 kilogramos
VÉRTICES X Y
1 449 817 329 637
2 450 482 329 763
TERCERO: El área objeto del permiso de reconocimiento ha sido debidamente com-patibilizada con los intereses de la defensa nacional y con los del medio ambiente.
CUARTO: El permiso que se otorga está vigente por el término de cuatro meses, quepodrá ser prorrogado en los términos establecidos en el Decreto No. 222, de 16 de sep-tiembre de 1997, Reglamento de la Ley de Minas, a solicitud previa y expresa del permi-sionario, debidamente fundamentada.
QUINTO: El permisionario devuelve al Estado cubano por conducto de la Oficina Na-cional de Recursos Minerales las áreas que no sean de su interés, y al finalizar devuelvetoda el área que reste de las devoluciones realizadas. El permiso de reconocimiento quese otorga es aplicable a las áreas definidas como áreas del permiso, o a la parte de esta queresulte de restarle las devoluciones realizadas.
SEXTO: Durante la vigencia del presente permiso no se otorga dentro del área autori-zada otros permisos y concesiones mineras que obstaculicen el derecho otorgado al per-misionario. Si se presenta una solicitud de permiso o concesión dentro de dicha área, conobjetivo diferente al autorizado al permisionario, la Oficina Nacional de Recursos Minerales analiza la solicitud según los procedimientos de consulta establecidos, que inclu-yen al permisionario, y dictamina acerca de la posible coexistencia de ambas actividadesmineras siempre que no implique una afectación técnica ni económica al permisionario.
SÉPTIMO: El permisionario está en la obligación de informar trimestralmente a la Oficina Nacional de Recursos Minerales el avance y resultados de los trabajos y al con-cluir entrega el informe final de los trabajos de reconocimiento, además de cumplir con elprograma mínimo establecido.
OCTAVO: Además de lo dispuesto en la presente Resolución, el permisionario estáobligado a cumplir lo establecido en la Ley No. 76, Ley de Minas y la legislación com-plementaria, las que se aplican al presente permiso.
NOVENO: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales yal Director General de la Empresa Minera de Occidente.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, al primer día del mes de junio de 2016.
Alfredo López Valdés
Ministro de Energía y Minas