Resolución 129

Extinguir concesión de explotación Lajera I

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2019-11-20
Publicada en
Gaceta No. 96 Ordinaria de 2019 (2019-11-29)
Páginas
9–10
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Texto íntegro

GOC-2019-1070-O96 RESOLUCIÓN 129

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas, para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Ha vencido el término de trece (13) años otorgado mediante la Reso-lución 220, del ministro de la Industria Básica, de 13 de septiembre de 2006, a la Unidad Básica de Producción Cooperativa Boniatico, para explotar el mineral caliza estratificada en el área denominada Lajera I, ubicada en el municipio San Luis de la provincia Santiago de Cuba; incurriéndose en la causal de extinción de las concesiones mineras dispuesta en el capítulo X, artículo 60, inciso a), de la referida Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 145, inciso e), de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO:PRIMERO: Extinguir la concesión de explotación denominada Lajera I, ubicada en el municipio San Luis de la provincia Santiago de Cuba, otorgada mediante la Resolución 220, del ministro de la Industria Básica, de 13 de septiembre de 2006, a la Unidad Básica de Producción Cooperativa Boniatico.

SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

TERCERO: La Unidad Básica de Producción Cooperativa Boniatico está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el me-dio ambiente; así como indemnizar por los daños o perjuicios a que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.

CUARTO: Derogar la Resolución 220, del ministro de la Industria Básica, de 13 de septiembre de 2006. NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al director general de Unidad Básica de Producción Cooperativa Boniatico.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

2146 GACETA OFICIAL 29 d e noviembre d e 2019

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.Da Da en La Habana, a los 20 días del mes de noviembre de 2019, “Año 61 de la Revolución”.Raúl García Barreiro Ministro de Energía y Minas________________