Resolución 344/2020

Tarifas para servicios de la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial

Organismo
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 78 Extraordinaria de 2020 (2020-12-18)
Páginas
14–22
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La Resolución 344/2020 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente establece las tarifas para los servicios de la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial. Estas tarifas se aplican a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, y se expresan en moneda nacional.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 344/2020

POR CUANTO: Mediante la Resolución 247 de 11 de julio de 2012, de la Ministrade Finanzas y Precios, se faculta a la Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambientepara aprobar las tarifas en pesos cubanos, CUP, o pesos convertibles, CUC, relacionadascon los servicios que brinda la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial, las que se apli-can a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, y se forman por el métodode correlación con las que se aplican en el mercado internacional.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 164 de 17 de agosto de 2012, de quien re-suelve, se establecieron las tarifas para los servicios que presta la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial, en pesos cubanos, CUP.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 328, de 25 de noviembre de 2020, de la Ministra de Finanzas y Precios, se establece el tratamiento tarifario para los serviciosque actualemnete se prestan en diferentes monedas, por lo que resulta necesario dejar sinefecto la precitada Resolución 164/2012 y emitir la presente.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me ha sido conferida en el inciso d)del artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Establecer las tarifas que debe aplicar la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial, en moneda nacional, a las personas naturales y jurídicas nacionales y extran-jeras, por la prestación de los servicios referidos en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII,

VIII y IX que se adjuntan a la presente, formando parte inseparable de la misma y que serelacionan a continuación.

a) Tarifas relativas a las indicaciones geográficas, Anexo I;

b) Tarifas relativas a las marcas y otros signos distintivos, Anexo II;

c) Tarifas relativas a las patentes de invención, Anexo III;

d) Tarifas relativas a los dibujos y modelos industriales, Anexo IV;

e) Tarifas relativas a los modelos de utilidad, Anexo V;

f) Tarifas relativas a las variedades vegetales, Anexo VI;

g) Tarifas relativas a los esquemas de trazado de circuitos integrados, Anexo VII;

h) Tarifas comunes relativas a los trámites de las patentes de invención, modelos de uti-lidad, dibujos o modelos industriales, esquemas de trazado de circuitos integrados yvariedades vegetales, Anexo VIII; y

i) Tarifas relativas a los servicios científico-tecnológicos especializados, Anexo IX.

SEGUNDO: La Oficina Cubana de la Propiedad Industrial tiene la obligación de mos-trar, de ser solicitado por el cliente, las referencias tomadas para establecer las tarifas desus servicios.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA: Dejar sin efecto la Resolución 164 de 17 de agosto de 2012, de la Ministrade Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

SEGUNDA: La presente Resolución surte efectos legales a partir del primero de enerode 2021.

DESE CUENTA a la Ministra de Finanzas y Precios.

NOTIFÍQUESE la presente a la Directora General de la Oficina Cubana de la Propie-dad Industrial.

COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales, directores y jefes de de-partamento del órgano central, delegados territoriales, presidentes de agencias, directoresgenerales de oficinas nacionales, grupo empresarial y del Archivo Nacional de la Repú-blica de Cuba, y por intermedio de cada uno de ellos, a los centros e institutos que losintegran, así como a los directores de institutos, centros, empresas y demás entidades ydependencias pertenecientes a este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en el Protocolo de Disposiciones Jurídicas de la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 14 días del mes diciembre de 2020.

Elba Rosa Pérez Montoya

Ministra

ANEXO I

TARIFAS RELATIVAS A LAS INDICACIONES GEOGRÁFICAS

ANEXO II

TARIFAS RELATIVAS A LAS MARCAS Y OTROS SIGNOS DISTINTIVOS

ANEXO III

TARIFAS RELATIVAS A LAS PATENTES DE INVENCIÓN

ANEXO IV

TARIFAS RELATIVAS A LOS DIBUJOS Y MODELOS INDUSTRIALES

ANEXO V

TARIFAS RELATIVAS A LOS MODELOS DE UTILIDAD

ANEXO VI

TARIFAS RELATIVAS A LAS VARIEDADES VEGETALES

ANEXO VII

TARIFAS RELATIVAS A LOS ESQUEMAS DE TRAZADO

DE CIRCUITOS INTEGRADOS

ANEXO VIII

TARIFAS COMUNES RELATIVAS A TRÁMITES DE INVENCIÓN, MODELO

DE UTILIDAD, DIBUJO O MODELO INDUSTRIAL, ESQUEMA DE TRAZADO

DE CIRCUITOS INTEGRADOS, VARIEDADES VEGETALES

ANEXO IX

TARIFAS RELATIVAS A LOS SERVICIOS CIENTÍFICO-TECNOLÓGICOS

ESPECIALIZADOS

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