Resolución 154

Sobre la extinción de permisos de reconocimiento minero

Organismo
Ministerio de la Industria Básica
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 19 Ordinaria de 2002 (2002-04-23)
Páginas
12–14
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La Resolución No. 154 del Ministerio de la Industria Básica regula la extinción de permisos de reconocimiento minero. La Ley 76 de 1995 establece la política minera en Cuba y faculta al Ministerio para disponer la extinción de permisos de reconocimiento.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 154

POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de los permisos de reconocimiento que hubiera otorgado.

POR CUANTO: Ha vencido el término del permiso de reconocimiento que le fuera otorgado a la Unidad Presupuestada para el Centro de Investigaciones Nucleares mediante la Resolución No.185 de 9 de junio de 1999 para la realización de trabajos preliminares en el área denominada Cienfuegos.

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la extinción del permiso de reconocimiento otorgado mediante Resolución No.185 de 9 de junio de 1999, del que resuelve, a la Unidad Presupuestada

23 de abril de 2002 GACETA OFICIAL 552 para el Centro de Investigaciones Nucleares, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Cienfuegos.

SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el permiso de reconocimiento, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

TERCERO: La Unidad Presupuestada para el Centro de Investigaciones Nucleares, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgado el permiso de reconocimiento si no las hubiere aún ejecutado, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.

CUARTO: Se deroga la Resolución No. 185 de 9 de junio de 1999, del que resuelve, que otorgó el permiso de reconocimiento a la Unidad Presupuestada para el Centro de Investigaciones Nucleares sobre el área denominada Cienfuegos.

QUINTO: Notifíquese a la Unidad Presupuestada para el Centro de Investigaciones Nucleares, a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda; y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento. Dada en Ciudad de La Habana, a los 16 días del mes de abril del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica _____________RESOLUCION No. 155

POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con la cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica otorgar los permisos de reconocimiento, los que le confieren a su titular la facultad de llevar a cabo trabajos preliminares para determinar zonas para la prospección.

POR CUANTO: Geominera S. A. ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de prórroga al permiso de reconocimiento que le fuera otorgado mediante la Resolución No.331 de 20 de diciembre del 2000, del que resuelve, para la realización de trabajos preliminares en el área denominada Santa Lucía - Castellanos ubicada en el municipio Minas de Matahambre, provincia Pinar del Río, fundamentando que no ha concluido los trabajos autorizados.

POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales recomienda en su dictamen otorgar la prórroga al permiso de reconocimiento al solicitante.

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :PRIMERO: Otorgar una prórroga al permiso de reconocimiento que le fuera otorgado a Geominera S.A. mediante la Resolución No.331 de 20 de diciembre del 2000, del que resuelve, para la realización de trabajos preliminares para los minerales no aflorados de cobre, plomo y zinc en el área denominada Santa Lucía - Castellanos.

SEGUNDO: La prórroga al permiso de reconocimiento que se otorga vencerá el 22 de julio del 2002.

TERCERO: El permisionario para la conclusión de los trabajos autorizados, coordinará con las Empresas Oro Castellanos y Geominera Pinar del Río, titulares de derechos mineros anteriores en el área para minerales distintos a los otorgados al permisionario.

CUARTO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidos en la Resolución No. 331 de 20 de diciembre del 2000, del que resuelve, son de aplicación a la prórroga que se autoriza, con excepción de lo que se oponga a lo establecido en los Apartados Segundo y Tercero de la presente Resolución.

QUINTO: Notifíquese a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, a la Geominera S.A. y a cuantas más personas naturales y jurídicas proceda, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento. Dada en Ciudad de La Habana, a los 16 días del mes de abril del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica____________RESOLUCION No. 165

POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.

POR CUANTO: Ha vencido el término de la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera del Centro mediante la Resolución No.399 de 1 de diciembre de 1999, del que resuelve, para la realización de actividades mineras en el área denominada Asbesto Las Canas.

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de investigación geológica otorgada mediante Resolución No.399 de 1 de diciembre de 1999, del que resuelve, a la Empresa Geominera del Centro, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Asbesto Las Canas.

SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba la concesión de investigación geológica, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

TERCERO: La Empresa Geominera del Centro, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada la concesión de investigación geológica si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado

23 de abril de 2002 GACETA OFICIAL 553 lugar por las actividades mineras realizadas.

CUARTO: Se deroga la Resolución No. 399 de 1 de diciembre de 1999, del que resuelve, que otorgó la concesión de investigación geológica a la Empresa Geominera del Centro sobre el área denominada Asbesto Las Canas.

QUINTO: Notifíquese a La Empresa Geominera del Centro, a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda; y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento. Dada en Ciudad de La Habana, a los 22 días del mes de abril del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica______________