Resolución 13/2004

Lineamientos para la Estimulación Moral

Organismo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 34 Ordinaria de 2004 (2004-06-01)
Páginas
16–17
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución No. 13/2004 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula los lineamientos para la estimulación moral en entidades del país. Su objetivo es propiciar un clima laboral adecuado y coadyuvar al incremento de la productividad del trabajo. La norma establece principios, pasos y acciones para la aplicación de la estimulación moral.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 13/2004

-

POR CUANTO: Mediante acuerdo adoptado por el Consejo de Estado, de 22 de octubre de 1999, fue designado el que suscribe para desempeñar el cargo de Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

-

POR CUANTO: A tenor de lo dispuesto en el apartado Segundo, inciso 1 del Acuerdo número 4085, de 2 de julio del 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, es atribución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, proponer y controlar el perfeccionamiento de la política laboral y salarial del país.

-

POR CUANTO: Es conveniente dotar a las entidades del país de lineamientos metodológicos que favorezcan la aplicación de medidas de estimulación moral, que propicien un clima laboral adecuado y coadyuven al incremento de la Productividad del Trabajo.

-

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

-

PRIMERO: Aprobar y poner en vigor los Lineamientos para la Estimulación Moral que aparecen en el anexo de esta Resolución formando parte de la misma, como parte de las acciones encaminadas al incremento de la productividad y la eficiencia del trabajo y al desarrollo de los valores de la moral socialista.

-

SEGUNDO: A los efectos de propiciar la estimulación moral, en cada entidad estos lineamientos establecen el procedimiento; los pasos que deben seguirse; las acciones que pueden desarrollarse y el sistema para su control

-

TERCERO: Se faculta al Viceministro correspondiente de este Ministerio para dictar las disposiciones que resulten necesarias, para la mejor aplicación de lo que por la presente se dispone.

NOTIFIQUESE a las partes interesadas y archívese en el protocolo de la Dirección Jurídica de este Ministerio.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la Ciudad de La Habana, a los 5 días del mes de abril del 2004.

Alfredo Morales Cartaya

Ministro de Trabajo

y Seguridad Social

ANEXO

LINEAMIENTOS PARA LA APLICACION

DE LA ESTIMULACION MORAL

La Estimulación Moral es un sistema de acciones que se realizan para propiciar el desarrollo de la moral socialista en el trabajo y el sentido de pertenencia; reconocer y promover el aporte laboral de los trabajadores en la consecución de los objetivos estratégicos y la elevación de la cultura de la entidad, sustentado en la organización de la producción y del trabajo; en la evaluación del desempeño y en la formación y desarrollo de los recursos humanos, en condiciones favorables de seguridad y salud en el trabajo.

Al estar basada en resultados y complementar los estímulos materiales, constituye un instrumento de motivación para la entidad y puede ser utilizada, entre otros, como elemento de referencia para la promoción de cuadros y especialistas, así como para identificar a trabajadores que se destaquen por su talento, creatividad e iniciativa.

Constituye también un importante elemento de trabajo para la gestión de dirección, por su incidencia en el comportamiento y satisfacción de los trabajadores en relación con su trabajo y su entidad, y debe basarse en los siguientes:

PRINCIPIOS:

- — La estimulación moral se integra con la estimulación material y constituye un sistema armónico.

- — Se aplica oportunamente, es decir, en el momento adecuado para que surta el efecto deseado.

- — Es sistemática, por lo que se aplica de forma permanente en todas las entidades.

- — Es consecuente el estímulo que se otorga con los hechos que le dieron lugar.

- — Logra una efectiva participación de los trabajadores en la elaboración del programa de acciones y en su control.

PASOS QUE DEBEN SEGUIRSE:

Para la aplicación de la estimulación moral, las entidades, en coordinación con la correspondiente organización sindical, deben actuar de la forma siguiente:

- 1. Seleccionan un equipo de trabajo integrado por funcionarios y otros trabajadores para realizar un diagnóstico acerca de la situación existente, referida a la aplicación de mecanismos de estimulación moral, precisando las acciones que se están realizando y sus resultados. Incluye consultas a los trabajadores a través de encuestas y entrevistas para conocer sus criterios y aspiraciones así como el sentido de pertenencia.

- 2. A partir de los resultados del diagnóstico, elaborar un programa de acciones de estimulación moral, que se integre con la estimulación material y que potencie las motivaciones de los trabajadores para que se fortalezca la cultura que necesita la organización para alcanzar sus objetivos estratégicos.

- 3. Presentan a los trabajadores el programa de acciones elaborado, para, una vez aprobado, proceder a su aplicación.

- 4. Controlan periódicamente los resultados de la aplicación de las acciones de estimulación moral de la forma en que más adelante se explica.

ACCIONES QUE DEBEN DESARROLLARSE EN EL PROGRAMA APROBADO:

Con independencia de las medidas que se adopten en virtud de las especificidades de cada entidad, encaminadas a satisfacer las expectativas por las labores realizadas, y dirigidas a adquirir y consolidar principios éticos y profesionales que contribuyan al logro de una cultura basada en valores, en el programa que se elabore deben estar dirigidos al reconocimiento de:

- — Los resultados del trabajo en un período determinado.

- — Los resultados de la superación.

- — La promoción a cargos de mayor responsabilidad o como reserva de cuadros.

- — La permanencia o años de servicios prestados, vinculados a los resultados eficientes del trabajo.

- — Los resultados en la emulación socialista.

ACCIONES DE ESTIMULACION MORAL:

Las acciones de reconocimiento aplicables pueden estar relacionadas con la participación de los trabajadores en la gestión de las entidades, tales como:

- — Participación de los trabajadores en la discusión y aprobación del plan de la entidad y en el análisis de los resultados de su gestión y participación de trabajadores destacados en la elaboración de propuestas de política, métodos de trabajo, proyección estratégica y estructura de las entidades.

- — Inclusión de trabajadores destacados en los órganos de dirección colectiva.

- — Participación de trabajadores destacados, con reconocido prestigio y autoridad, en comisiones de expertos para el análisis y solución de determinados problemas.

- — Designación de trabajadores destacados para representar a su organismo en eventos nacionales e internacionales. Las formas que pueden utilizarse para concretar estos reconocimientos son:

- — Entrega de cartas o diplomas.

- — Condecoraciones y distinciones.

- — Otorgamiento de categorías acreditativas.

- — Fotos en los murales del centro.

- — Escritos en los boletines y otros medios en que se destaquen las labores realizadas.

- — Menciones en la radio base.

- — Reconocimientos ante el colectivo laboral.

- — Reuniones con las organizaciones del barrio en presencia de su familia.

- — Reuniones en los centros de estudios de los hijos o nietos de los trabajadores.

- — Cualquier otra vía que favorezca el reconocimiento. Otras formas de estimulación que contribuyen a alcanzar un clima laboral adecuado son: el mejoramiento de las condiciones de trabajo, de acuerdo con los recursos de que disponga la entidad y efectiva relaciones de comunicación entre jefes y subordinados.

CONTROL DE LOS RESULTADOS DE LA APLICACION DE LA ESTIMULACION MORAL

A los efectos de verificar el impacto de la aplicación de la estimulación moral, las entidades pueden definir indicadores específicos para medir su efectividad, los que deben estar en correspondencia con el objeto social y la visión de cada una, entre los que se encuentran los siguientes:

- — Indice de crecimiento de la productividad del trabajo.

- — Indicadores de costos y de gastos.

- — Comportamiento de los ingresos de los trabajadores.

- — Estado de satisfacción de la población y de los clientes.

- — Cumplimiento de los objetivos y planes de trabajo.

- — Cumplimiento de la disciplina laboral y del aprovechamiento de la jornada de trabajo.

- — Nivel de preparación y de calificación de los trabajadores.

- — Fluctuación laboral.

- — Estado de seguridad, higiene y salud.

- — Ambiente laboral existente.

- — Grado de utilización del trabajo en equipos.

- — Nivel de participación de los trabajadores en las decisiones.

- — Indice de iniciativas aportadas en relación con períodos anteriores.

- — Cumplimiento de los indicadores establecidos en la emulación socialista.

- — Participación de los trabajadores para eliminar o evitar hechos delictivos o de corrupción que incidan favorablemente en el ambiente laboral existente, La evaluación de los resultados se realiza, en coordinación con la organización sindical correspondiente, al menos una vez por semestre y debe incluir el análisis del cumplimiento del programa de acciones. Para ello pueden aplicarse técnicas tales como: encuestas, entrevistas, análisis de grupo y otras dirigidas a consolidar el criterio del colectivo del centro.