Resolución 13/06
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Información en este número
MINISTERIO
Ministerio de Auditoría y Control
R. No. 13/06
MINISTERIO
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AUDITORIA Y CONTROL
RESOLUCION No. 13/06
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POR CUANTO: Por el Decreto-Ley No. 219, de fecha 25 de abril del 2001, del Consejo de Estado, se creó el Ministerio de Auditoría y Control como un organismo de la Administración Central del Estado, encargado de dirigir, controlar, y ejecutar la aplicación de la política del Estado y el Gobierno en materia de Auditoría Gubernamental, Fiscalización y Control Gubernamental, así como para regular, organizar, dirigir y controlar metodológicamente el Sistema Nacional de Auditoría.
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POR CUANTO: Por el inciso b) de la Segunda de las Disposiciones Finales del Decreto-Ley No. 219, de 25 de abril del 2001, la Ministra quedó responsabilizada con dictar cuantas normas jurídicas sean necesarias para la mejor aplicación de lo establecido en el referido Decreto-Ley y en su Reglamento.
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POR CUANTO: El numeral 4 del acápite TERCERO del Acuerdo para control administrativo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, además de los que les confiere la Constitución de la República, la de “dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población”.
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POR CUANTO: Resulta necesario identificar la prevención como una de las armas estratégicas fundamentales en el combate contra las indisciplinas, ilegalidades y manifestaciones de corrupción y al Plan de Prevención, como uno de sus principales instrumentos para ordenar y coordinar el conjunto de acciones de carácter político-ideológicas, técnico-organizativas y de control, que dirigidas de modo consciente pueden eliminar o reducir al mínimo posible, las causas y condiciones que facilitan o propician, el surgimiento de hechos de tal naturaleza.
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POR CUANTO: En virtud de lo expresado en el POR CUANTO anterior y tomando en consideración la experiencia acumulada, así como las múltiples acciones de control realizadas, las que han contribuido en la práctica, a la organización de esta importante herramienta en la batalla contra la corrupción, se hace necesario perfeccionar las “Indicaciones para la elaboración y sistemático control del Plan de Medidas para la Prevención, Detección y Enfrentamiento a las Indisciplinas, Ilegalidades y Manifestaciones de Corrupción”, lo que implica la derogación de la Resolución No. 13, de 6 de febrero del 2003, dictada por la que resuelve, relativa a esa materia.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba, de fecha 2 de mayo del 2001, la que suscribe fue designada en el cargo de Ministra de Auditoría y Control.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me han sido conferidas,
R e s u e l v o :
UNICO: Aprobar, como resultado de la experiencia práctica acumulada durante tres años, las “Indicaciones para la elaboración y sistemático control del Plan de Medidas para la Prevención de Indisciplinas, Ilegalidades y Manifestaciones de Corrupción”, las que se anexan a la presente Resolución y forman parte integrante de ésta.
DISPOSICION FINAL
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UNICA: Derogar la Resolución No. 13, de 6 de febrero del 2003, dictada por la que resuelve.
COMUNIQUESE a los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, Presidentes de los Consejos de la Administración de las Asambleas Provinciales del Poder Popular y a los jefes de las Entidades Nacionales, así como al Viceministro Primero, Viceministros, Directores, Delegados provinciales y del Municipio Especial Isla de la Juventud, al Jefe del Departamento de Seguridad, Protección y Defensa de este Ministerio, y a cuantas personas naturales o jurídicas proceda, y archívese el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Dada en la ciudad de La Habana, a los 18 días del mes de enero del 2006.
Lina Pedraza Rodríguez
Ministra de Auditoría y Control
INDICACIONES PARA LA ELABORACION, ACTUALIZACION Y CONTROL, DEL PLAN DE MEDIDAS PARA LA PREVENCION DE INDISCI- PLINAS, ILEGALIDADES Y MANIFESTACIONES DE CORRUPCION.
INTRODUCCION:
El Plan de Prevención concebido para prevenir los hechos de indisciplinas, ilegalidades o manifestaciones de corrupción, se diseña sobre la base de nuestras ilimitadas posibilidades en este campo, partiendo de la convicción de que, como expresara el Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz: “… los recursos humanos, bien organizados, cuánto pueden aportarnos; los conocimientos que tenemos, cuánto pueden ofrecer y producir; la buena voluntad de los trabajadores; el entusiasmo con que apoyan todas las tareas de la Revolución, cuánto pueden contribuir al avance de nuestra Patria y a la solución de los problemas y dificultades más apremiantes”.
El Plan de Prevención debe ser expresión de esas posibilidades, que podemos lograr si ordenamos intencionadamente un conjunto de acciones político-ideológicas, técnicoorganizativas y de control, dirigidas a lograr un clima en el que prevalezca la disciplina, la organización y la creatividad, capaz de hacer crecer y fortalecer la conciencia revolucionaria, los valores éticos y morales; el compromiso de cada cuadro, dirigente administrativo, trabajador y del colectivo en su conjunto, que nos asegure HONRADEZ y EFICIENCIA, en el cumplimiento de todos nuestros planes y tareas, único y verdadero antídoto contra los males que generan las indisciplinas, ilegalidades y manifestaciones de corrupción.
En la conformación del Plan de Medidas para la Prevención de tales manifestaciones negativas, en lo adelante, “Plan de Prevención”, dos elementos son esenciales: el trabajo colectivo de los órganos de Dirección y la activa participación de todos los trabajadores.
La materialización práctica de esta concepción de trabajo, es la única que nos puede asegurar la eficacia de cualquier medida y del Plan de Prevención en su conjunto, porque ella en sí misma, es la primera acción preventiva. Es un modo de demostrar y hacer prevalecer en la práctica el valor de la unidad, la fuerza del interés, la moral y dignidad del colectivo, sobre la degradación moral y la pérdida de valores que provoca la corrupción.
La elaboración del Plan de Prevención, requiere de la realización de un trabajo previo de búsqueda, organización y sistematización de toda la información que se posee al respecto, en el interés de que el Organo de Dirección conduzca este proceso con la prioridad y atención diferenciada que requiere, y esté en capacidad de informar y dirigir con acierto al colectivo laboral, en esta compleja batalla que tenemos que librar cada día y cada minuto, en cada entidad y puesto de trabajo, con conocimiento, inteligencia y firmeza de principios.
La experiencia acumulada, durante los tres años de implementación de los planes de Prevención y los resultados observados en las acciones de control e intercambios realizados, han permitido apreciar limitaciones que, en algunos casos, es producto de una inadecuada o limitada interpretación de los conceptos e ideas que se expresan en las indicaciones para su elaboración y actualización, por lo que se ha considerado útil incorporarlos en la presente, a los efectos de su mejor comprensión.
CONCEPTOS GENERALES
Prevención: Acción y efecto de prevenir. Es la preparación, la disposición que se forma para evitar algún riesgo, preparar con anticipación alguna cosa, prever el daño o peligro, anticiparse una a otro. Conjunto de acciones organizadas previamente, que promueven un mayor control para fortalecer la disciplina, el respeto a la legalidad, la ejemplaridad y el desarrollo de una cultura de máxima honradez y eficiencia.
Diagnóstico de Riesgos e identificación de Puntos Vulnerables: Proceso encaminado a determinar las áreas de mayor complejidad o riesgo, identificando y evaluando por cada una de ellas los puntos vulnerables y las posibles manifestaciones negativas que favorecen la ocurrencia de indisciplinas, ilegalidades, delitos y hechos de corrupción. Este proceso debe ser continuo, dinámico, participativo, preventivo y transformador.
Punto Vulnerable: Es la actividad, relación o proceso, documentación o procedimiento legal, proceso técnicoproductivo, comportamiento ético profesional de cuadros, dirigentes, funcionarios y trabajadores, o elemento físico, que por sus características de exposición a riesgos internos o externos es susceptible de que recaiga sobre él la acción u omisión del sujeto comisor consistente en una indisciplina, ilegalidad, hecho delictivo o manifestación de corrupción. En un punto vulnerable pueden identificarse una o varias posibles manifestaciones negativas.
Posible Manifestación: Acción u omisión con o sin intención, que cometida por un sujeto propio o ajeno a la entidad, lesiona un punto vulnerable de la misma, constituyendo en esencia el modo de operar, la forma mediante la cual se expresa una indisciplina, ilegalidad o manifestación de corrupción.
Medidas a Tomar: Acciones concertadas que se emprenden de forma colegiada por la administración y el colectivo laboral, dirigidas a eliminar o disminuir al máximo posible, las causas y condiciones que propician la comisión de indisciplinas, ilegalidades o manifestaciones de corrupción. No deben reproducir funciones u orientaciones metodológicas ya establecidas; cuando se identifiquen peligros por el incumplimiento o violación de éstas, las acciones deben estar dirigidas a su verificación, comprobación y evaluación, con métodos participativos. Las medidas no deben expresarse en forma de aspiraciones o anhelos, sino en acciones concretas y medibles, que respondan al cómo lograr lo plasmado con anterioridad.
Participación activa y consciente de los trabajadores: Proceso sistemático en el cual la administración propicia la intervención de los trabajadores e interactúa con ellos, desde la identificación de los puntos vulnerables y sus posibles manifestaciones de indisciplinas, ilegalidades, presuntos
hechos delictivos o de corrupción hasta la identificación y el análisis de sus causas y condiciones. La participación de los trabajadores debe estar presente en la elaboración del Plan de Prevención; en la ejecución de las medidas; en el control de la efectividad de éstas, así como, en su actualización.
Actualización sistemática, análisis y perfeccionamiento continuo: Proceso dirigido a la búsqueda, análisis y superación de los componentes del Plan de Prevención donde se analizan de forma crítica la correspondencia entre las medidas trazadas y su efectividad, con relación al análisis de las causas y condiciones que favorecen las deficiencias e irregularidades detectadas, en las acciones de control y ante cualquier hecho de indisciplinas, ilegalidades y corrupción ocurridos en la entidad o fuera de ésta. Además, determina la existencia de nuevos puntos vulnerables y las medidas a aplicar, por cambios estructurales, organizativos, de personal y técnico-productivos, ya sean temporales o permanentes.
Acciones Técnico-Organizativas: Las vinculadas a la precisión, divulgación y control del cumplimiento del encargo estatal u objeto social, de la misión y de los objetivos, de las funciones y atribuciones de la Entidad u Organismo, de la delimitación de las responsabilidades y facultades individuales y colectivas y de las normas legales.
Acciones de carácter político-ideológicas: Aquellas que en el Plan de Prevención van encaminadas a despertar motivaciones, cultivar atributos, formar valores éticos y morales, fortalecer principios y convicciones. No se trata de elaborar una lista de tareas sino llevar la batalla de ideas a todos los campos y esferas de trabajo, en cada acción, de modo que incida cotidianamente, con mayor integralidad en la formación de una cultura ética, con un carácter educativo sobre las conductas de las personas.
Acciones de Control: Las acciones dirigidas al chequeo de la elaboración y cumplimiento de las medidas del Plan de Prevención y el control de los planes de las entidades subordinadas.
Fecha de cumplimiento: No identificar con los plazos diarios, permanentes, bimensuales o trimestrales, atendiendo a lo establecido para su ejecución. En todos los casos se precisa la fecha en la que se comprueba su cumplimiento o evalúan sus resultados.
PROCEDIMIENTO
I. PARA LA ELABORACION DEL PLAN DE PREVENCION:
- 1. Reunión del Organo o Colectivo de Dirección del Organismo, Entidad Nacional y Consejo de la Administración Provincial. Comenzando desde los organismos superiores a los inferiores, se constituye y aprueba la integración de una Comisión o Grupo de Trabajo y los lineamientos o indicaciones específicos del Organismo para desarrollar el proceso de elaboración o actualización del Plan de Prevención.
En la Comisión o Grupo de Trabajo se incorporan a quienes por sus funciones específicas, el conocimiento del Organismo y sus actividades principales u otras consideraciones específicas, estén en capacidad de auxiliar a la Dirección en la organización y conducción del proceso de elaboración del Plan de Prevención y su posterior seguimiento y control.
Es recomendable que este equipo de Trabajo lo integren los cuadros, dirigentes administrativos o funcionarios que tienen a su cargo las funciones o actividades de Cuadros, Jurídico, Auditoría, Atención a la Población, Inspección, Seguridad y Protección, entre otras que se determinen.
Es necesario contar en estas reuniones con la presencia de los dirigentes sindicales correspondientes.
- 2. Recopilación, organización y estudio de los antecedentes e informaciones que se posean. La información y los antecedentes que se deben recopilar, organizar y estudiar, pueden ser entre otros, los siguientes:
- - z Resultados de los controles gubernamentales.
- - z Informes de las verificaciones e inspecciones fiscales.
- - z Informes de auditorías y comprobaciones.
- - z Resultados de inspecciones y supervisiones.
- - z Quejas y denuncias.
- - z Planteamientos de la población en los procesos de rendición de cuenta de los delegados del Poder Popular y en asambleas.
- - z Planteamientos de los trabajadores en las asambleas de eficiencia y de afiliados.
- - z Estados de opinión de la población.
- - z Informes del balance de trabajo.
- - z Criterios que aporten las organizaciones políticas y de masas del centro u organismo en cuestión.
- - z Información sobre hechos delictivos, ilegalidades y de corrupción.
- - z Resultados de reuniones trimestrales y de intercambio de experiencias sobre el tema.
- - z Otras fuentes que se dispongan. Con el objetivo de tener claramente definidos, los principales problemas por su envergadura o repercusión, tendencias, reiteración, causas, áreas de mayor complejidad, etc., que les permita presentar una estrategia o programa para el desarrollo del trabajo, la información y preparación de los principales dirigentes, de acuerdo con las áreas de mayor riesgo, etc., las que deben establecerse, desde los niveles de los organismos centrales, en las indicaciones o normas jurídicas que se aprueben para todo su sistema.
- 3. Reunión del Organo o Colectivo de Dirección, con la participación de las organizaciones políticas y de masas. El análisis y aprobación del programa, que presente la Comisión o Grupo de Trabajo, para la conformación del Plan de Prevención, en cuanto a etapas de trabajo, calendario y participante, se realiza en Reunión del Organo o Colectivo de Dirección, con la participación de las organizaciones políticas y de masas de cada nivel.
- 4. Reunión de información y orientación a los trabajadores, en Asamblea General. La explicación de la necesidad y sentido del trabajo a desarrollar y la presentación del programa para la conformación del Plan de Prevención, en el interés de incen-
- tivar la participación consciente y conocer cualquier recomendación o sugerencia, se realiza mediante unareunión de información y orientación a los trabajadores, en Asamblea General.
- 5. Diagnóstico de los riesgos o peligros potenciales, análisis de las causas que lo provocan o propician y propuestas de medidas para prevenir o contrarrestar su ocurrencia. El diagnóstico debe determinarse en reuniones por colectivos de áreas, direcciones, departamentos, etc., de actividades específicas, que permitan trabajar en colectivo con una activa participación.
Estas reuniones deben estar presididas por el cuadro o dirigente administrativo del lugar, el dirigente sindical y los representantes de las organizaciones políticas.
Debe estar presente al menos uno de los integrantes de la Comisión o Grupo de Trabajo que realizó el estudio a nivel del Organismo o Entidad correspondiente, con la información y antecedentes específicos del área.
Estas reuniones tienen que estar antecedidas por una etapa de información, orientación y trabajo dirigido a la adecuada preparación de los trabajadores sobre la importancia de esta actividad y lo decisivo de su papel, acción en la que es determinante la labor coordinada de la Administración y el Sindicato.
Es necesario lograr que tengan claro el concepto de Corrupción Administrativa y que se profundice en el estudio del Código de Etica de los Cuadros del Estado Cubano.
Para comenzar la reunión hay que realizar una introducción que propicie crear un clima de prevención, no de represión; sino de búsqueda de los posibles riesgos, sus orígenes, causas y condiciones, con el objetivo de juntos establecer las barreras de carácter técnico-organizativo y éticas que impidan su ocurrencia. Debe quedar claro que lo esencial y más estratégico para todos es cuidar la moral y la dignidad de cada trabajador y del colectivo en su conjunto.
Se explica el procedimiento a seguir para el desarrollo de la reunión, que en esencia debe lograr, que ante cada riesgo o manifestación que se identifique, en primer lugar se busquen todas las posibles causas o condiciones que lo propician y a partir de esta identificación, escuchar y promover con un método interactivo, las posibles acciones para prevenir el tema analizado y definir o relacionar los preceptos éticos que deben ser fomentados en evitación de tal manifestación.
Es importante que todos comprendan que el primer combate y la batalla constante es contra el desorden, las indisciplinas y las ilegalidades, que son en definitiva las condiciones y circunstancias que fomentan y crean las posibilidades para que surjan y prosperen las manifestaciones de corrupción.
Esa reunión, es para identificar y tomar ideas, el plan se conforma en cada área, por los compañeros que se designen en la propia reunión, fijando el tiempo necesario para que se presente el proyecto nuevamente, a la aprobación de los trabajadores, el que precisa en cada acción los ejecutantes, responsables y fechas para su cumplimiento y control.
- 6. Conformación del Plan de Prevención del centro de trabajo, entidad económica u organismo. El Plan de Prevención del Organismo o Entidad Superior, no es la suma de los planes de las áreas, direcciones, departamentos o centros subordinados. Tiene que tomarlos en consideración a los efectos de generalizar las medidas que por su importancia o significación hay que tomar en consideración, se incorporan las propias de su nivel y principalmente, el sistema de control y supervisión que ejerce sobre las entidades subordinadas, la investigación, estudio y análisis de los problemas principales, las acciones de divulgación, etc.
En ningún caso se asignan tareas, como responsables o ejecutantes, a las organizaciones políticas, sindicales y de masas.
Se adjunta modelo que constituye guía para la elaboración y presentación del Plan de Prevención.
II. SOBRE EL SISTEMA DE CONTROL, ACTUA- LIZACION Y EVALUACION DE LA EFECTIVIDAD DE LOS PLANES DE PREVENCION.
- 1. El Control del Plan se ejerce indistintamente, atendiendo a los diferentes niveles, de la forma siguiente:
- - a) De ejecución y control en la propia Entidad u Organismo.
- - b) De orientación y control, hacia las entidades de su sistema.
- - c) De orientación, control y supervisión, respecto a todos los organismos, instituciones y entidades, en cumplimiento de la función estatal de la cual es rector.
- 2. Los órganos de dirección deben incluir en sus planes de temas anuales, el estudio, análisis y evaluación colectiva, del cumplimiento y efectividad de aquellas medidas que por su significación, requieren de un análisis particular, determinando su periodicidad por la magnitud del daño y frecuencia de ocurrencia de la posible manifestación.
- 3. Contar con la activa participación de los trabajadores en la confección, actualización y control del Plan de Prevención; aspecto decisivo, para el éxito de los objetivos propuestos, los que juegan un importante papel en el diagnóstico, confección del citado Plan y su posterior evaluación y control.
- 4. Examinar en los órganos o consejos de dirección, los hechos o manifestaciones según se presenten, relacionándolos con las acciones contenidas en el Plan de Prevención para medir su efectividad o limitaciones. De igual modo, examinar aquellos hechos que conozca por informaciones e intercambios de experiencias; así como valorar en tales casos, si corresponde la inclusión de nuevas medidas.
- 5. Incluir el análisis del cumplimiento del Plan de Prevención y de las causas y condiciones que propician los hechos que se produzcan, en la Asamblea de Afiliados, promoviendo en tales casos la evaluación crítica sobre los incumplimientos y el aporte de nuevas ideas, para perfeccionarlos y enriquecerlos.
- 6. Divulgar los resultados de los análisis de causas y condiciones efectuados, sobre los hechos que se presenten y las valoraciones realizadas en cuanto a la efectividad del Plan de Prevención, con el interés de trasmitir la lección, y el alerta que de ello se pueda derivar, a todo el sistema.
- 7. Los cuadros y dirigentes de los niveles superiores en sus visitas a las entidades subordinadas, incluyen en sus análisis, controles e intercambios la evaluación respecto al cumplimiento y efectividad del Plan de Prevención.
- 8. Es responsabilidad de cada Jefe, propiciar en su entorno un clima de trabajo, de disciplina y de máxima austeridad, lo que es reforzado con su ejemplaridad personal.
- 9. En las evaluaciones de los cuadros o en cualquier análisis que se realice para promociones, reconocimientos, posibilidades de superación, o en sus rendiciones de cuenta, hay que tener presente el cumplimiento de estos principios y sus resultados.
- 10. Al evaluar el funcionamiento de los órganos colegiados de Dirección hay que tomar en consideración, la disciplina en el cumplimiento del Plan de Prevención, análisis de los resultados de verificaciones fiscales, auditorías, y demás temas relacionados; así como el cumplimiento de acuerdos y acciones promovidas para la prevención y enfrentamiento a la corrupción.
- 11. El Plan de Prevención se enriquece continuamente, según las circunstancias y experiencias prácticas lo indiquen, con la dinámica y agilidad que lo requiera, y se evalúa integralmente, como mínimo una vez al año, siempre cumpliendo el principio de la participación real de los trabajadores. El tema de la prevención se evalúa en los Balances de Trabajo Anual y en los Objetivos de Trabajo.
- 12. Se establecen como criterios de medida para evaluar el cumplimiento y efectividad del Plan de Prevención los siguientes: Cumple su objetivo, cuando su estructura y contenido responde a lo indicado en la presente; se ha dado participación a los trabajadores en la identificación de los puntos vulnerables, posibles manifestaciones y propuestas de medidas; existe constancia de su control y actualización sistemática; y han disminuido las indisciplinas, ilegalidades y hechos de corrupción. Ciudad de La Habana, a los 18 días del mes de enero del 2006.
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