Resolución 13
La Resolución 13 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación minera denominada Río Grande, ubicada en Santiago de Cuba. La concesión fue otorgada a la Unidad Presupuestada Servicios Comunales de San Luis. La extinción se basa en la Ley 76 de 1994, 'Ley de Minas'.
- La concesión Río Grande fue otorgada por 12 años mediante Resolución 345 de 2007.
- La extinción se fundamenta en el artículo 60, inciso a), de la Ley 76 de 1994.
- El área de la concesión se declara franca para nuevas solicitudes mineras.
- La Unidad Presupuestada Servicios Comunales de San Luis debe cumplir obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales.
Texto íntegro
GOC-2020-155-O15 RESOLUCIÓN 13
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición final Segunda, de la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.
431 GACETA OFICIAL25 de febrero de 2020
POR CUANTO: Ha vencido el término de doce (12) años otorgado mediante la Resolución 345, de 28 de noviembre de 2007, de la Ministra de la Industria Básica, a la Unidad Presupues-tada Servicios Comunales de San Luis, en el área de la concesión de explotación denominada Río Grande, ubicada en el municipio San Luis de la provincia Santiago de Cuba para explotar un conglomerado polimíctico para su utilización en la construcción, reparación y mantenimien-to de viales; incurriéndose en la causal de extinción de las concesiones mineras dispuesta en el Capítulo X, artículo 60, inciso a), de la referida Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 145, inciso e), de la Constitución de la República de Cuba:RESUELVOPRIMERO: Extinguir la concesión de explotación denominada Río Grande, ubicada en el municipio San Luis de la provincia Santiago de Cuba, otorgada mediante la Resolución 345, de 28 de noviembre de 2007, de la Ministra de la Industria Básica a la Unidad Presupuestada Servicios Comunales de San Luis.
SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Unidad Presupuestada Servicios Comunales de San Luis, está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el me-dio ambiente; así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Derogar la Resolución 345, de 28 de noviembre de 2007, de la Ministra de la Industria Básica. NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de Unidad Presupuestada Servicios Comunales de San Luis.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 11 días del mes de febrero de 2020.Año 62 de la Revolución.Nicolás Liván Arronte Cruz Ministro