Resolución 129
La Resolución No. 129 del Ministerio de la Industria Básica designa a una Inspectora Estatal de la Autoridad Minera. La norma se emite en virtud de la Ley No. 76 "Ley de Minas" y el Decreto-Ley No. 147, que otorgan facultades al Ministerio para regular y supervisar la actividad minera.
- Se designa a Dania Alvis Lescaille Hamilton como Inspectora Estatal de la Autoridad Minera.
- La designación se realiza según la Ley No. 76 "Ley de Minas", artículo 14, que crea la Oficina Nacional de Recursos Minerales.
- La Inspectora Estatal ejercerá la Inspección Estatal sobre personas naturales y jurídicas que ejecuten la actividad minera.
- La Resolución se emite en virtud del Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, que faculta a los jefes de organismos para dictar reglamentos y resoluciones.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 129
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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 147 “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado”, de fecha 21 de abril de 1994, en su
Artículo 18, dispone que el Ministerio de la Industria Básica es uno de dichos organismos.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Apartado TERCERO faculta a los jefes de los organismos para dictar, en el límite de sus facultades y competencias, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el Sistema del Organismo y en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
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POR CUANTO: La Ley No.76 “Ley de Minas”, de fecha 21 de diciembre de 1994, dispone en su artículo 14, la creación de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, adscripta al Ministerio de la Industria Básica, la cual como Autoridad Minera reconocida, tiene entre otras funciones, la de ejercer la Inspección Estatal sobre las personas naturales y jurídicas que ejecuten la actividad minera, a fin de comprobar el cumplimiento de los acuerdos y obligaciones a que se hayan comprometido las mismas y de las disposiciones legales vigentes que rijan la actividad que se inspecciona; estableciendo como autoridades facultadas para ejercer dicha función a los inspectores estatales de la Autoridad Minera.
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POR CUANTO: La disposición final segunda de la citada “Ley de Minas”, faculta a quien suscribe, para dictar cuantas disposiciones se requieran para una mejor ejecución de lo dispuesto por la misma; resultando necesario designar a los funcionarios que se desempeñarán como inspectores estatales de la Autoridad Minera.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 14 de octubre de 2004, fue designada quien resuelve Ministra de la Industria Básica.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Designar como Inspectora Estatal de la Autoridad Minera a la compañera Dania Alvis Lescaille Hamilton, Especialista de Protección de los Recursos Minerales de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, adscripta al Ministerio de la Industria Básica, la que en el desempeño de sus funciones ostentará las facultades inherentes a dicho cargo.
NOTIFIQUESE la presente a la interesada, a la Directora General de la Oficina de Recursos Minerales y a la Directora de Cuadros de este Organismo.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales o jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADA en la ciudad de La Habana, a los 8 días del mes de mayo de 2007.
Yadira García Vera
Ministra de la Industria Básica