Resolución 132/2016
La Resolución No. 132/2016 del Ministerio de la Construcción autoriza a la Empresa de Materiales de Construcción de Camagüey a inscribirse en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba. Esta resolución es emitida por el Ministro de la Construcción, Ing. René Mesa Villafaña, en virtud de las facultades conferidas en la Constitución de la República.
- Se autoriza a la Empresa de Materiales de Construcción de Camagüey a ejercer como Constructor y Consultor.
- La inscripción es válida por 24 meses, a partir de su vigencia.
- Los servicios autorizados incluyen montaje, reparación y mantenimiento constructivo, aplicación de recubrimientos e impermeabilizantes, montaje de carpintería y servicios especializados de voladura.
- La empresa puede realizar servicios de asistencia técnica, consultoría y asesoría en actividades relacionadas con la producción de materiales de la construcción.
- La empresa debe formalizar su inscripción en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba dentro de los 90 días naturales siguientes a la notificación de la resolución.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 132/2016
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Cons-trucción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjerasque pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administradorde proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier for-ma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada porel Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitacio-nes de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro dela Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: La Empresa de Materiales de Construcción de Camagüey, del Minis-terio de la Construcción en la propia provincia, ha solicitado autorización para Registrar-se y poder ejercer como Constructor y Consultor.
POR CUANTO: El Reglamento del Registro Nacional de Constructores, Proyectistasy Consultores de la República de Cuba, establece que corresponde al Ministro de la Cons-trucción, resolver sobre las solicitudes de inscripción presentadas ante dicho Registro,adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistasy Consultores de la República de Cuba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16,trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con susrecomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa de Materiales de Construcción de Camagüey, del Ministerio de la Construcciónen la propia provincia.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,en el artículo 100,inciso a) de la Constitución de la República,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la Inscripción de la Empresa de Materiales de Construcción de Camagüey, del Ministerio de la Construcción en la propia provincia, en el Registro Na-cional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto ala Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servi-cios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante las licencias que se otorguen, al amparo de la presente Resolu-ción, la Empresa de Materiales de Construcción de Camagüey, podrá ejercer como Cons-tructor y Consultor autorizada para la realización de los siguientes servicios:
Alcance de los servicios autorizados:
1. Servicios de Constructor:
- a)Montaje, reparación y mantenimiento constructivo de los objetivos autorizados.
- b)Aplicación de recubrimientos e impermeabilizantes.
- c)Montaje de carpintería.
- d)Servicios especializados de voladura.
1.1. Tipos de Objetivos:
a) Instalaciones y Equipos Tecnológicos Industriales de Producción de Materiales de Construcción.
2. Servicios Técnicos:
- a)Servicios de asistencia técnica, consultoría y asesoría en actividades relacionadas conla producción de materiales de la construcción.
- b)Servicios científico-técnicos y de ejecución de proyectos de I+D e innovación tecnológicaen temas relacionados con la producción de materiales de la construcción.
2.1. Tipos de Objetivos:
- a)Todo tipo de Obras.
TERCERO: Las licencias que se otorguen, al amparo de la presente Resolución, se ex-pedirán por un término de veinticuatro (24) meses, a partir de la vigencia de su inscripción.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consul-tores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa (90) días naturales, contados a partir dela fecha de notificación de la presente Resolución para que la entidad cuya inscripciónse autoriza en el Apartado Primero, formalice su inscripción en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba. El incumplimientodel plazo establecido en este Apartado se interpretará como el desistimiento de la enti-dad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cubaprocederá al archivo del expediente incoado.
NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Cons-tructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabili-zado de notificar al interesado.
COMUNÍQUESE al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacionalde Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción,a los viceministros del Ministerio de la Construcción y al Director de la Unidad de Ins-pección Estatal de la Construcción.
ARCHÍVESE el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 5 días del mes de abril de 2016.
Ing. René Mesa Villafaña
Ministro de la Construcción
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