Resolución 131

Autorización para explotar yeso y anhidrita

Organismo
Ministerio de la Industria Básica
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 16 Ordinaria de 2002 (2002-04-02)
Páginas
23–24
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La Resolución No. 131 del Ministerio de la Industria Básica autoriza a la Empresa Salinera Matanzas a explotar yeso y anhidrita para la producción de cemento y otras industrias. La autorización se otorga en un área de 147,87 hectáreas. El Ministro de la Industria Básica emite esta resolución en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Minas y el Acuerdo No. 3190.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 131

POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece en su

Artículo 47 que el Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo delegan en el Ministerio de la Industria Básica el otorgamiento o denegación de las concesiones mineras para pequeños yacimientos de determinados minerales.

POR CUANTO: El Acuerdo No. 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros otorgó al Ministro de la Industria Básica determinadas facultades en relación con los recursos minerales clasificados en los Grupos I, III y IV, según el

Artículo 13 de la mentada Ley de Minas.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 358 de 26 de octubre de 1999, modificada por la Resolución No.22 de 12 de febrero del 2001, ambas del que resuelve, se le otorgó a la Empresa Salinera Matanzas una concesión de explotación y procesamiento en el área del yacimiento Salina Bidos con el objeto de explotar fangos medicinales y procesar agua de mar para la obtención de sal común.

POR CUANTO: La Empresa Salinera Matanzas ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud para explotar los minerales de yeso y anhidrita para la producción de cemento y su utilización en otras ramas de la industria.

POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente en su dictamen recomendar al Ministro de la Industria Básica que autorice la ampliación de explotación del mineral solicitado.

POR CUANTO: El que resuelve fue designado Ministro de la Industria Básica por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de mayo de 1983.

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar a la Empresa Salinera Matanzas la explotación de los minerales de yeso y anhidrita con el objeto de su utilización en la fabricación de cemento y otras ramas de la industria, en un área de 147,87 hectáreas, ubicada dentro del área de procesamiento otorgada anteriormente mediante la Resolución No. 358 de 26 de octubre de 1999, modificada por la Resolución No.22 de 12 de febrero del 2001, ambas del que resuelve, y cuya localización en coordenadas Lambert, Sistema Cuba Norte es la siguiente:VERTICE NORTE ESTE1 360 750 522 300 2 361 225 522 700 3 361 400 523 300 4 360 700 523 800 5 360 350 523 775 6 359 800 522 825 1 360 750 522 300

SEGUNDO: El concesionario pagará al Estado además de los impuestos fijados en la Resolución No.22 de 12 de febrero del 2001, del que resuelve, un canon de diez pesos por hectáreas por año para el área que se autoriza en la presente Resolución para la explotación de yeso y anhidrita.

TERCERO: En el término de seis meses contados a partir de la aprobación de la presente Resolución, el concesionario está obligado a presentar a la Autoridad Minera para su aprobación el informe del cálculo de los recursos y reservas del sulfato de calcio por categoría, incluyendo la evaluación de la composición química y el régimen anual de renovabilidad.

CUARTO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidos en la Resolución No. No.358 de 26 de octubre de 1999 modificada por la Resolución No.22 de 12 de febrero del 2001, ambas del que resuelve, serán de obligatorio cumplimiento para la autorización dispuesta en el Apartado anterior.

QUINTO: Las disposiciones a que se contrae la presente Resolución quedarán sin vigor si transcurrieran treinta días de su notificación al concesionario y no se hubiera

2 de abril de 2002 GACETA OFICIAL 483 inscrito en el Registro Minero a cargo de la Oficina Nacional de Recursos Minerales.

SEXTO: Notifíquese a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, al concesionario y a cuantas más personas naturales y jurídicas proceda. Dada en Ciudad de La Habana, a los 28 días del mes de marzo del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica______________