Resolución 133/2022
La Resolución 133/2022 del Ministerio de Justicia regula el precio de venta del tabloide del Código de las Familias. Establece el precio en 10.00 pesos moneda nacional. La emite el Ministro de Justicia, Oscar Manuel Silvera Martínez.
- Establece el precio de venta del tabloide del Código de las Familias en 10.00 pesos moneda nacional.
- Encarga al Director de la Editorial 'Mayor General Ignacio Agramonte y Loynaz' el cumplimiento de la resolución.
- Notifica al Director de la Editorial y a la Directora de la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
- Comunica a las viceministras y otras personas correspondientes.
- Da cuenta a la Ministra de Finanzas y Precios.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 133/2022
POR CUANTO: El Acuerdo 8663 del Consejo de Ministros para el controladministrativo, de 13 de agosto de 2019, aprobó las funciones específicas del Ministeriode Justicia; en el apartado Primero, numeral siete, lo faculta para asegurar y controlarel proceso de publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba y el acceso delciudadano a la ley; y en el apartado Tercero, numeral segundo, la reconoce como unidadadscrita al Ministerio de Justicia así como en el numeral primero, apartado Cuarto,reconoce a la Editorial “Mayor General Ignacio Agramonte y Loynaz” como unidadsubordinada, encargada de la comercialización de las disposiciones jurídicas en función dela educación jurídica de la población.
POR CUANTO: La Resolución 324, “Tratamiento a aplicar por las entidades, a los pre-cios mayoristas descentralizados en pesos cubanos, en los primeros 6 meses a partir dedecretarse el ordenamiento monetario”, de la Ministra de Finanzas y Precios, de 25 de no-viembre de 2020, establece en su
Artículo 2 que se mantienen las facultades otorgadas parala aprobación de los precios y tarifas mayoristas no centralizados en el Ministerio de Finan-zas y Precios, excepto las conferidas para la aprobación de nomenclaturas de productos, losque se relacionan en el Anexo II; y en el Anexo I está contemplada la clase 2412 correspon-diente a la edición de periódicos, revistas y otras ediciones periódicas, la cual constituye laactividad económica de la Editora, así como los índices a aplicar a los precios existentespara la conformación de los nuevos, los que tienen el carácter de máximos.
POR CUANTO: La Resolución 328 establece el tratamiento tarifario para serviciosiguales para personas naturales cubanas y extranjeras, y la Resolución 329 establece el“Tratamiento a aplicar por las entidades, a los precios minoristas descentralizados en pe-sos cubanos a partir de decretarse el ordenamiento monetario”, ambas de la Ministra de Finanzas y Precios, de 25 de noviembre de 2020.
POR CUANTO: Derivado del proceso de consulta popular que se está realizando en elpaís del Código de las Familias, y en correspondencia con el tratamiento descentralizadoaplicado por el Ministerio de Finanzas y Precios y la misión de la Unidad Presupuestada
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Editorial “Mayor Ignacio Agramonte y Loynaz” para el aseguramiento del trabajo del Sis-tema del Organismo en función de la educación jurídica de la población y los estudiantesde Derecho, y como complemento de los servicios jurídicos que presta el Ministerio de Justicia, resulta necesario establecer los precios en pesos cubanos del tabloide del Códigode las Familias que circula a nivel nacional, por lo que en tal sentido procedemos comocorresponde.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me ha sido conferida en el inciso d)del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Establecer el precio de venta a la población del tabloide del Código de las Familias en 10.00 pesos moneda nacional.
SEGUNDO: Encargar al Director de la Editorial “Mayor General Ignacio Agramontey Loynaz” el cumplimiento de lo que por la presente se dispone.
NOTIFÍQUESE al Director de la Editorial “Mayor General Ignacio Agramonte y Loynaz” y a la Directora de la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
COMUNÍQUESE a las viceministras y a cuantas otras personas corresponda.
DESE CUENTA a la Ministra de Finanzas y Precios.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la presente Resolución en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los cuatro días del mes de marzo de 2022.
Oscar Manuel Silvera Martínez
Ministro
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