Resolución 133/2023
La Resolución 133/2023 del Ministerio de Energía y Minas prorroga la concesión de explotación de fangos medicinales en Fangos San Diego, otorgada al Centro Internacional de Salud 'La Pradera'. La prórroga tiene como objetivo permitir la continuación de los trabajos de explotación de dichos fangos con fines terapéuticos y su utilización como materia prima para la obtención de formulaciones farmacológicas y cosméticas.
- Se prorroga la concesión hasta el 16 de marzo de 2049.
- El concesionario debe solicitar la Licencia Ambiental ante la Dirección de Regulación y Seguridad Ambiental de Pinar del Río.
- Debe implementar medidas para proteger la seguridad física de las personas, recursos y equipamiento.
- Debe cumplir con la Norma Cubana 27:2012 sobre vertimiento de aguas residuales.
- Debe rehabilitar el área minada una vez concluidos los trabajos de explotación.
- Debe pagar la tasa de resarcimiento al Presupuesto del Estado establecida en la Resolución 175/2021.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 133/2023
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley 76, “Leyde Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al extinto Ministerio de la Industria Básica, hoy de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para lamejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Por la Resolución 75, de 16 de marzo de 1999, del ministro de la Industria Básica, se otorgó al Balneario San Diego, posteriormente denominado Centro In-ternacional de Salud “La Pradera” una concesión de explotación en el área denominada Fangos San Diego, ubicada en el municipio de Consolación del Sur de la provincia de Pinar del Río, con el objeto de explotar los fangos medicinales con fines terapéuticos ysu utilización como materia prima para la obtención de formulaciones farmacológicasy cosméticas por un término de veinticinco (25) años.
POR CUANTO: El Centro Internacional de Salud “La Pradera”, ha solicitado a tra-vés de la Oficina Nacional de Recursos Minerales una prórroga al término de la con-cesión de explotación, otorgado y descrito en el Por Cuanto anterior para continuar lostrabajos de explotación de dichos fangos.
POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conve-niente, en su dictamen, recomendar al que resuelve otorgue al concesionario dicha prórro-ga, oídos los criterios de los órganos locales correspondientes.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el Ar-tículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Prorrogar hasta el 16 de marzo de 2049 el término de la concesión deexplotación en el área denominada Fangos San Diego, ubicada en el municipio de Conso-lación del Sur de la provincia de Pinar del Río, para continuar los trabajos de explotaciónde los fangos medicinales para su uso con fines terapéuticos y su utilización como materiaprima para la obtención de formulaciones farmacológicas y cosméticas.
SEGUNDO: El concesionario está obligado a:
1. Solicitar la Licencia Ambiental ante los funcionarios de la Dirección de Regula-ción y Seguridad Ambiental de la provincia de Pinar del Río, antes de continuarlos trabajos, según dispone la Resolución 132, “Reglamento del proceso de eva-luación de impacto ambiental”, de 11 de agosto de 2009, del ministro de Ciencia,Tecnología y Medio Ambiente en el Capítulo III, Sección Primera,
Artículo 17 ysiguientes de la referida Resolución.
2. Implementar las medidas que garanticen la protección física de las personas, losrecursos, el equipamiento y las sustancias peligrosas; así como la prevención de in-cendios, antes, durante y después de la ejecución de los trabajos, según lo dispuestoen el Decreto-Ley 186, “Sobre el Sistema de Seguridad y Protección Física”, de 17 de junio de 1998, y su Reglamento aprobado mediante la Resolución 2, de 5 demarzo de 2001, del ministro del Interior; así como realizar el estudio de riesgo yvulnerabilidades con la observancia de las Normas Cubanas, en función de la pro-tección de las facilidades temporales y de obra general.
3. Informar a la Región Militar de la provincia de Pinar del Río, el cronograma de lostrabajos y su inicio.
4. Contactar a los funcionarios de la delegación de la Agricultura del municipio de Con-solación del Sur, a los efectos de dar a conocer la prórroga que se otorga, con suje-ción a lo dispuesto en el apartado Decimosegundo de la citada Resolución 75.
5. Cumplir con lo establecido en la Norma Cubana 27:2012 “Vertimiento de Aguas Residuales a las Aguas Terrestres y al Alcantarillado-Especificaciones.
6. Adoptar medidas necesarias que eviten la contaminación de las aguas terrestres.
7. Abstenerse de depositar desechos, material o sustancias contaminantes que afectenel drenaje natural del terreno.
8. Pagar la tasa de resarcimiento al Presupuesto del Estado establecida en la Resolu-ción 175, de 17 de mayo de 2021, de la ministra de Finanzas y Precios.
9. Rehabilitar el área minada una vez concluidos los trabajos de explotación.
TERCERO: Cumplir con lo dispuesto en la Ley 85, “Ley Forestal”, de 21 de juliode 1998; el Decreto-Ley 50, “Sobre la conservación, mejoramiento y manejo sostenible delos suelos y el uso de los fertilizantes”, de 6 de agosto de 2021 y su Reglamento; el Decre-to 52, de 1 ro. de septiembre de 2021; la Ley 124, “De las aguas terrestres”, de 14 de juliode 2017 y su Reglamento; el Decreto 337, de 5 de septiembre de 2017, con especial aten-ción a los artículos 74.1, 78.1 y 79 del Capítulo III, “De los Vertimientos de los Residua-les Líquidos”; así como las demás disposiciones jurídicas que le sean aplicables.
CUARTO: Los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en la Resolución 75,de 16 de marzo de 1999, del ministro de la Industria Básica, son de obligatorio cumpli-miento para el Centro Internacional de Salud “La Pradera”, con excepción de los que seopongan a lo establecido en los apartados anteriores de la presente Resolución.
NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y ala directora del Centro Internacional de Salud “La Pradera”.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 27 días del mes de noviembre de 2023, “Año 65 de la Revolución”.
Vicente de la O Levy
Ministro
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