Resolución 134/2006

Sobre el Calificador de Cargos Técnicos Propios del Ministerio de Relaciones Exteriores

Organismo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 51 Ordinaria de 2006 (2006-07-19)
Páginas
17–18
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La Resolución No. 134/2006 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula el Calificador de Cargos Técnicos Propios del Ministerio de Relaciones Exteriores. Esta norma establece las denominaciones, descripciones de funciones, grupos de complejidad y requisitos para dichos cargos.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 134/2006

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba, de 22 de octubre de 1999, el que suscribe fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 1994, establece, entre las atribuciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, la de dictar resoluciones en el límite de sus facultades y competencia.

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POR CUANTO: Conforme al Acuerdo No. 4085 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 2 de julio de 2001, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social es el organismo encargado de proponer, dirigir, controlar y evaluar, sistemáticamente, la política del Estado y el Gobierno en materia laboral, salarial, de seguridad y protección en el trabajo y de prevención, atención y seguridad social.

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POR CUANTO: Se ha elaborado un Sistema Salarial basado en el principio de distribución socialista “de cada cual según su capacidad, a cada cual según su trabajo”, mediante el cual el salario se convierte en el principal estímulo material, que recibe el trabajador por su aporte a la sociedad.

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POR CUANTO: Para la aplicación del Sistema Salarial se han confeccionado, con la activa participación de los organismos, la Central de Trabajadores de Cuba y los sindicatos nacionales, nuevos calificadores de cargos y ocupaciones, para lo cual se revisaron más de 10 mil cargos de los calificadores vigentes y se rediseñaron en menos de 5 mil cargos de amplio perfil, lo que contribuirá al mejoramiento de la eficacia de la producción y los servicios.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 141, de fecha 29 de diciembre de 2005, de este Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se aprobó el Calificador de Cargos Técnicos Propios del Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual resulta necesario sustituir debido a cambios requeridos en algunas de sus disposiciones, para su más adecuada aplicación.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Aprobar el calificador de cargos técnicos propios del Ministerio de Relaciones Exteriores, cuyas denominaciones, descripciones de las funciones o tareas principales, grupos de complejidad y requisitos aparecen en el Anexo de la presente Resolución.

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SEGUNDO: La descripción de las funciones o tareas principales y requisitos de los cargos que integran el Calificador que por la presente se aprueba, son los que obran archivados en la Dirección de Trabajo y Estimulación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

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TERCERO: Aprobar adicionalmente a los cargos relacionados en el Anexo, los cargos de:

- a) I Secretario, con requisito de Graduado de nivel superior y salario de 385 pesos mensuales.

- b) II Secretario, con requisito de Graduado de nivel superior y salario de 365 pesos mensuales.

- c) III Secretario, con requisito de Graduado de nivel superior y salario de 325 pesos mensuales.

- Facultar al Ministro de Relaciones Exteriores a establecer, para los tres cargos anteriores, las funciones generales y específicas y otros requisitos que se requieran.

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CUARTO: Derogar la Resolución No. 141, de fecha 29 de diciembre de 2005, de este Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que aprobó el Calificador de Cargos Técnicos Propios del Ministerio de Relaciones Exteriores.

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QUINTO: El Calificador que por la presente Resolución se aprueba es de aplicación por un año a partir de su fecha.

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SEXTO: Facultar al Viceministro correspondiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que dicte las disposiciones complementarias que se requieran para la mejor aplicación de lo que por la presente Resolución se establece, así como para modificar, de resultar necesario, la denominación, descripción de las funciones y requisitos de los cargos, a solicitud del jefe del organismo y el sindicato nacional correspondiente.

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PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República. Dada en Ciudad de La Habana, a 1 ro. de marzo de 2006.

Alfredo Morales Cartaya

Ministro de Trabajo

y Seguridad Social

RELACION DE CARGOS TECNICOS POR GRUPOS DE COMPLEJIDAD

GRUPO IX

- a) Agregado Diplomático.

- b) Técnico en Trámites Diplomáticos, Migratorios y Especiales.