Resolución 134

Prórroga de concesión de explotación de mármol

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2019-12-03
Publicada en
Gaceta No. 98 Ordinaria de 2019 (2019-12-16)
Páginas
14–16
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La Resolución No. 134 del Ministerio de Energía y Minas regula la prórroga de concesión de explotación de mármol. La concesión, denominada Pelo Malo, fue originalmente otorgada a la Corporación Mármoles Cubanos en 1998 y posteriormente traspasada a la Empresa Mármoles Cubanos. La prórroga fue solicitada por la Empresa Mármoles Cubanos.

Texto íntegro

GOC-2019-1087-O98 RESOLUCION 134

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al ministro de la Industria Básica, hoy de Energía y Minas, para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 149, de 4 de junio de 1998, del ministro, se otorgó a la Corporación Mármoles Cubanos una concesión de explotación denominada Pelo Malo, ubicada en el municipio Santa Clara, de la provincia Villa Clara, con el objeto de explotar el mineral mármol, por un término de veinte (20) años, para uso ornamental; traspasada dicha concesión a favor de la Empresa Mármoles Cubanos mediante la Resolución 55, de 21 de marzo de 2006, de la ministra, ambas del Ministerio de la Industria Básica, y prorrogada mediante la Resolución 32, de 13 de febrero de 2018, del que resuelve, hasta el 31 de diciembre de 2019.

2175 GACETA OFICIAL16 de diciembre de 2019

POR CUANTO: La Empresa Mármoles Cubanos ha solicitado una prórroga por diez (10) años al término de la concesión denominada Pelo Malo, para continuar la explotación del mineral mármol.

POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales, oídos los criterios de los organismos correspondientes, ha considerado conveniente en su dictamen recomendar al que resuelve otorgue la prórroga solicitada para continuar los trabajos de explotación del mineral autorizado.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 145, inciso e), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Otorgar a la Empresa Mármoles Cubanos una prórroga al término de la concesión de explotación denominada Pelo Malo, ubicada en el municipio Santa Clara de la provincia Villa Clara, para continuar la explotación del mineral mármol.

SEGUNDO: La prórroga que se otorga está vigente hasta el 31 de diciembre de 2029.

TERCERO: El concesionario está obligado a: 1. Solicitar y obtener la licencia ambiental ante los funcionarios de la delegación del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de la provincia de Villa Clara, antes de continuar los trabajos de explotación. 2. Contactar con los funcionarios de la delegación de la Agricultura del municipio de Santa Clara, a los efectos de dar a conocer dicha prórroga.

CUARTO: Además de lo dispuesto en la presente Resolución, el concesionario está obligado a cumplir todas las disposiciones contenidas en las Leyes 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, y su legislación complementaria; la 81, “Del Medio Ambiente”, de 11 de julio de 1997; la 124, “De las aguas terrestres”, de 14 de julio de 2017, con especial atención al capítulo II, sección Cuarta, artículo 74.1, y el capítulo III, sección primera, artículos 78.1 y 79, y su legislación complementaria; la 85, “Ley Forestal”, de 21 de julio de 1998; la Resolución 287, “Índices de consumo de agua para las producciones, los servicios y el riego agrícola, incluido el sector no estatal”, de 23 de diciembre de 2015, del presidente del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos; así como cumplir con lo establecido en la norma cubana 27:2012, “Vertimiento de aguas residuales a las aguas terrestres y al alcantarillado. Especificaciones”.

QUINTO: Los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en las resoluciones 149, de 4 de junio de 1998, del ministro; la 55, de 21 de marzo de 2006, de la ministra, ambas del Ministerio de la Industria Básica y la 32, de 13 de febrero de 2018, del que resuelve,

2176 GACETA OFICIAL 16 de diciembre de 2019 continúan vigentes y de obligatorio cumplimiento para el concesionario, con excepción de los que se opongan a lo establecido en los apartados anteriores de la presente Resolución. NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al director general de la Empresa Mármoles Cubanos.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 3 días del mes de diciembre de 2019, “Año 61 de la Revolución”.Raúl García Barreiro Ministro________________FINANZAS Y PRECIOS