Resolución 134/2023

Prórroga de concesión de explotación de aguas minero-medicinales

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2023-11-27
Publicada en
Gaceta No. 120 Ordinaria de 2023 (2023-12-04)
Páginas
6–8
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Resumen generado por IA

La Resolución 134/2023 del Ministerio de Energía y Minas prorroga la concesión de explotación de aguas minero-medicinales en el área denominada Aguas San Diego, ubicada en el municipio de Los Palacios de la provincia de Pinar del Río. La concesión fue originalmente otorgada al Centro Internacional de Salud 'La Pradera' por un término de 25 años y se prorroga hasta el 16 de marzo de 2049.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 134/2023

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley 76, “Leyde Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al extinto Ministerio de la Industria Básica, hoy de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para lamejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Por la Resolución 77, de 16 de marzo de 1999, del ministro de la Indus-tria Básica, se otorgó al Balneario San Diego, posteriormente denominado Centro Interna-cional de Salud “La Pradera” una concesión de explotación en el área denominada Aguas San Diego, ubicada en el municipio de Los Palacios de la provincia de Pinar del Río,con el objeto de explotar las aguas minero-medicinales con fines terapéuticos y su utili-zación como materia prima para la obtención de formulaciones farmacológicas y cosmé-ticas por un término de veinticinco (25) años.

POR CUANTO: El Centro Internacional de Salud “La Pradera”, ha solicitado a travésde la Oficina Nacional de Recursos Minerales una prórroga al término de la concesión

de explotación, otorgado y descrito en el Por Cuanto anterior para continuar los trabajos deexplotación de dichas aguas.

POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conve-niente, en su dictamen, recomendar al que resuelve otorgue al concesionario dicha prórro-ga, oídos los criterios de los órganos locales correspondientes.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el Ar-tículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Prorrogar hasta el 16 de marzo de 2049 el término de la concesión deexplotación en el área denominada Aguas San Diego, ubicada en el municipio de Los Palacios de la provincia de Pinar del Río, para continuar los trabajos de explotación delas aguas minero-medicinales con fines terapéuticos y su utilización como materia primapara la obtención de formulaciones farmacológicas y cosméticas.

SEGUNDO: El concesionario está obligado a:

1. Solicitar la Licencia Ambiental ante los funcionarios de la Dirección de Regulacióny Seguridad Ambiental de la provincia de Pinar del Río, antes de continuar los tra-bajos, según dispone la Resolución 132, “Reglamento del proceso de evaluación deimpacto ambiental”, de 11 de agosto de 2009, del ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en el Capítulo III, Sección Primera,

Artículo 17 y siguientes de lareferida Resolución.

2. Implementar las medidas que garanticen la protección física de las personas, losrecursos, el equipamiento y las sustancias peligrosas; así como la prevención de in-cendios, antes, durante y después de la ejecución de los trabajos, según lo dispuestoen el Decreto-Ley 186, “Sobre el Sistema de Seguridad y Protección Física”, de 17 dejunio de 1998, y su Reglamento aprobado mediante la Resolución 2, de 5 de marzode 2001, del ministro del Interior; así como realizar el estudio de riesgo y vulnera-bilidades con la observancia de las Normas Cubanas, en función de la protección delas facilidades temporales y de obra general.

3. Informar a la Región Militar de la provincia de Pinar del Río, el cronograma de lostrabajos y su inicio.

4. Contactar a los funcionarios de la delegación de la Agricultura del municipio de Los Palacios, a los efectos de dar a conocer la prórroga que se otorga, con sujeción a lodispuesto en el apartado Decimosegundo de la citada Resolución 75.

5. Solicitar a la Empresa de Aprovechamiento Hidráulico de Pinar del Río la presen-cia de un especialista para evaluar las condiciones hidrodinámicas, el abatimientopermisible y los caudales de explotación, y el muestreo hidroquímico de la zona.

6. Adoptar medidas que eviten la contaminación de las aguas terrestres, específica-mente la presa “La Juventud” localizada aguas debajo de la concesión.

7. Abstenerse de depositar desechos, material o sustancias contaminantes que afectenel drenaje natural del terreno.

8. Pagar la tasa de resarcimiento al Presupuesto del Estado establecida en la Resolu-ción 175, de 17 de mayo de 2021, de la ministra de Finanzas y Precios.

9. Rehabilitar el área minada una vez concluido los trabajos de explotación.

TERCERO: Cumplir con lo dispuesto en la Ley 85, “Ley Forestal”, de 21 de juliode 1998; el Decreto-Ley 50, “Sobre la conservación, mejoramiento y manejo sostenible delos suelos y el uso de los fertilizantes”, de 6 de agosto de 2021 y su Reglamento; el De-creto 52, de 1 ro. de septiembre de 2021; la Ley 124, “De las aguas terrestres”, de 14 de julio

de 2017, específicamente el

Artículo 50, apartado 3 y su Reglamento; el Decreto 337, de 5 deseptiembre de 2017, con especial atención a los artículos 74.1, 78.1 y 79 del Capítulo III,“De los Vertimientos de los Residuales Líquidos”; así como las demás disposiciones ju-rídicas que le sean aplicables.

CUARTO: Los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en la Resolución 75,de 16 de marzo de 1999, del ministro de la Industria Básica, son de obligatorio cumpli-miento para el Centro Internacional de Salud “La Pradera”, con excepción de los que seopongan a lo establecido en los apartados anteriores de la presente Resolución.

NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y ala directora del Centro Internacional de Salud “La Pradera”.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 27 días del mes de noviembre de 2023, “Año 65 de la Revolución”.

Vicente de la O Levy

Ministro