Resolución 182/2017
La Resolución No. 182/2017 del Ministerio de la Construcción autoriza la inscripción de la Empresa Mixta Sociedad Concesionaria para la Gestión y Fomento de los Servicios de Acueducto, Alcantarillado, Saneamiento y Drenaje Pluvial, S.A. en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba. Esta resolución es emitida por el Ministro de la Construcción, René Mesa Villafaña, en ejercicio de sus facultades.
- Se autoriza a la Empresa Mixta para ejercer como Constructor, Proyectista y Consultor.
- La inscripción es válida por 24 meses a partir de su vigencia.
- La empresa puede realizar servicios de desmonte, reconstrucción, conservación, reparación y mantenimiento constructivo de objetivos autorizados.
- Puede ejecutar obras y actividades vinculadas al ciclo integral del agua, al medio ambiente y a los servicios públicos.
- La empresa debe formalizar su inscripción en el Registro Nacional de Constructores en un plazo de 90 días naturales.
- El incumplimiento del plazo se interpretará como desistimiento de la entidad promovente.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 182/2017
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641, de fecha 14 de octubre de 2014, adoptadopor el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministeriode la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas yextranjeras, que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor,administrador de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participaren cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con laconstrucción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328, de fecha 28 de octubre de 1996, dictada porel Ministro de la Construcción y modificada por esta propia autoridad mediante la Resolución No. 184, de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitacionesde Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscrita al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores dela República de Cuba, y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: La Empresa Mixta Sociedad Concesionaria para la Gestión y Fomentode los Servicios de Acueducto, Alcantarillado, Saneamiento y Drenaje Pluvial, S.A., condomicilio social en la provincia de La Habana, ha solicitado autorización para registrarsey poder ejercer como Constructor, Proyectista y Consultor.
POR CUANTO: El Reglamento del Registro Nacional de Constructores, Proyectistasy Consultores de la República de Cuba establece que corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de inscripción presentadas ante dicho Registro,adscrito a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistasy Consultores de la República de Cuba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16,trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el expediente incoado, el que con susrecomendaciones ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Mixta Sociedad Concesionaria para la Gestión y Fomento de los Servicios de Acueducto, Alcantarillado, Saneamiento y Drenaje Pluvial, S.A., con domicilio social enla provincia de La Habana.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidasen el artículo 100,inciso a), de la Constitución de la República,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la Empresa Mixta Sociedad Concesionariapara la Gestión y Fomento de los Servicios de Acueducto, Alcantarillado, Saneamiento y Drenaje Pluvial, S.A., con domicilio social en la provincia de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscritoa la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante las licencias que se otorguen al amparo de la presente Resolución, la Empresa Mixta Sociedad Concesionaria para la Gestión y Fomento delos Servicios de Acueducto, Alcantarillado, Saneamiento y Drenaje Pluvial, S.A. podráejercer como Constructor, Proyectista y Consultor, autorizada para la realización de lossiguientes servicios:
Alcance de los servicios autorizados
1. Servicios de Constructor:
- a)Desmonte, reconstrucción, conservación, reparación, y mantenimiento constructivode los objetivos autorizados.
- b)Ejecución de obras y otras actividades vinculadas al ciclo integral del agua, al medioambiente y a los servicios públicos.
1.1.Tipos de Objetivos:
a) Obras hidráulicas y sanitarias de todo tipo.
- b)Instalaciones relacionadas con el Suministro de Agua, Alcantarillado, Saneamiento y Drenaje Pluvial.
2. Servicios Técnicos:
- a)Servicios técnicos de diseño, ingeniería y tecnología de nuevas inversiones,reconstrucción, reparación y mantenimiento.
- b)Servicios de ingeniería de supervisión técnica y dirección facultativa de obras.
- c)Servicios técnicos profesionales de consultoría en asistencia y asesoría técnica.
2.1. Tipos de Objetivos:
- a)Inversiones / Obras vinculadas con las Redes Hidráulicas y Sanitarias (Saneamiento,Alcantarillado y Drenaje) relacionadas al ciclo integral del agua, al medio ambiente ylas redes de la ciudad, para el desarrollo y mejora de las infraestructuras y redes de laciudad de La Habana.
TERCERO: Las licencias que se otorguen al amparo de la presente Resoluciónse expedirán por un término de veinticuatro (24) meses a partir de la vigencia de suinscripción.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba queda responsabilizado con el cumplimiento de lodispuesto.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa (90) días naturales, contados a partir dela fecha de notificación de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripciónse autoriza en el apartado Primero, formalice su inscripción en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba.
El incumplimiento del plazo establecido en este apartado se interpretará como eldesistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente,el Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba procederá al archivo del expediente incoado.
NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien quedaresponsabilizado de notificar al interesado.
COMUNÍQUESEal Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacionalde Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción,a los viceministros del Ministerio de la Construcción y al Director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción.
PUBLÍQUESEen la Gaceta Oficialde la República de Cuba.
ARCHÍVESEel original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 18 días del mes de abril de 2017.
René Mesa Villafaña
Ministro de la Construcción
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