Resolución 135
La Resolución No. 135 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera aprueba administrativamente el Segundo Protocolo Modificatorio al Acuerdo de Alcance Parcial con Guatemala. Este protocolo fue suscrito el 31 de octubre de 2018 y modifica el acuerdo original de 29 de enero de 1999. La resolución es emitida según lo autoriza el Decreto-Ley 191 de 1999.
- Aprobar administrativamente el Segundo Protocolo Modificatorio al Acuerdo de Alcance Parcial con Guatemala (Artículo 1).
- El protocolo incluye dos anexos: Lista de preferencias arancelarias de Guatemala a Cuba (Anexo A) y de Cuba a Guatemala (Anexo B).
- Notificar la resolución a la Dirección de Derecho Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores (Artículo 2).
- Comunicar la resolución al Jefe de la Aduana General, Viceministro de Política Comercial, Director del Centro de Promoción del Comercio Exterior y Presidente de la Cámara de Comercio (Artículo 3).
- Publicar la resolución en la Gaceta Oficial de la República (Artículo 3).
Texto íntegro
GOC-2019-503-O41 RESOLUCIÓN 135 de 2019
POR CUANTO: El 31 de octubre de 2018 fue suscrito en la ciudad de La Habana, Cuba, el Segundo Protocolo Modificatorio al Acuerdo de Alcance Parcial, celebrado entre la República de Cuba y la República de Guatemala el 29 de enero de 1999.
POR CUANTO: El
Artículo 22 del Decreto-Ley 191 “De los tratados internacionales”, de 8 de marzo de 1999, autoriza al jefe del organismo responsable de la negociación de tratados internacionales que reúnen los requisitos previstos en la citada norma legal, a disponer mediante resolución, la aprobación administrativa de dichos tratados.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d) del
Artículo 145 de la Constitución de la República de CubaRESUELVOPRIMERO: Disponer la aprobación administrativa del Segundo Protocolo Modificatorio al Acuerdo de Alcance Parcial, celebrado entre la República de Cuba y la República de
672 GACETA OFICIAL 12 de junio de 2019 Guatemala el 29 de enero de 1999, del que forman parte integrante un total de dos anexos, que a continuación se relacionan: a) Anexo A. Lista de preferencias arancelarias concedidas por la República de Guatemala a la República de Cuba. b) Anexo B. Lista de preferencias arancelarias concedidas por la República de Cuba a la República de Guatemala.
SEGUNDO: Encargar a la Dirección Jurídica de este Ministerio de notificar la presente Resolución a la Dirección de Derecho Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores para el cumplimiento de las diligencias y trámites internacionales que procedan. COMUNÍQUESE la presente Resolución al Jefe de la Aduana General de la República de Cuba, al Viceministro encargado de la atención de la Dirección de Política Comercial con América Latina y el Caribe en el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, al Director del Centro de Promoción del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera y al Presidente de la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica del Organismo.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veintidós días del mes de mayo de dos mil diecinueve.Rodrigo Malmierca Díaz________________