Resolución 135/2024

Extinguir concesión de explotación y procesamiento en el área Las Parras

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2024-12-27
Publicada en
Gaceta No. 5 Ordinaria de 2025 (2025-01-29)
Páginas
4–5
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La Resolución 135/2024 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación y procesamiento en el área Las Parras, emitida según la Ley 76 "Ley de Minas" de 1994.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 135/2024

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado por la Resolución 392, de 1 ro. de diciembre de 1999, del ministro de la Industria Básica, a la Empresa Construcción y Montaje Las Tunas, actualmente Empresa de Servicios Técnicos Industriales, ZETI, de la concesión de explotación y procesamiento en el área denominada Las Parras, ubicada en el municipio de Majibacoa de la provincia de Las Tunas, para explotar y procesar el mineral caliza, por un término de veinticinco (25) años, para su utilización en la producción de hormigones para la construcción; traspasada por la Resolución 254, de 23 de septiembre de 2014, del ministro de Energía y Minas, a favor de la Empresa de Materiales de Construcción, Las Tunas, hasta el 2 de diciembre de 2024; por lo que incurre en la causal de extinción de las concesiones mineras dispuesta en la Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, en el Capítulo X,

Artículo 60, inciso a).

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Extinguir la concesión de explotación y procesamiento en el área denominada Las Parras, ubicada en el municipio de Majibacoa de la provincia de Las Tunas, traspasada a favor de la Empresa de Materiales de Construcción, Las Tunas.

SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación y procesamiento, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

TERCERO: La Empresa de Materiales de Construcción, Las Tunas, está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.

CUARTO: Derogar la Resolución 254, de 23 de septiembre de 2014, del ministro de Energía y Minas.NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y aldirector general de la Empresa de Materiales de Construcción, Las Tunas.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 27 días del mes de diciembre de 2024, “Año 66 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro