Resolución 95/2008

Precisar el objeto social del Jardín Botánico de Las Tunas

Organismo
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 32 Ordinaria de 2008 (2008-05-27)
Páginas
7–8
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La Resolución No. 95/2008 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente precisa el objeto social del Jardín Botánico de Las Tunas. Esta norma es emitida por el Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 95/2008

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 19 de julio de 2004, quien resuelve fue designado Viceministro Primero de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 67 de fecha 19 de abril de 1983, “De la Organización de la Administración Central del Estado” en su

Artículo 33 establece que los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado serán sustituidos temporalmente, cuando fuere necesario, por los viceministros primeros.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con fecha 25 de noviembre de 1994, en su Apartado Tercero numeral 4, faculta a los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, para “Dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población”.

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POR CUANTO: Al amparo de la Resolución No. 256/99 dictada el 23 de noviembre de 1999, del Ministro de Economía y Planificación, se emite la Resolución No. 122/99 de fecha 30 de diciembre de 1999, de la Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la cual se dispone la creación de la Unidad Presupuestada denominada Jardín Botánico de Las Tunas.

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POR CUANTO: La Resolución No. 430/04 de fecha 30 de diciembre de 2004 dictada por el Ministro de Economía y Planificación modifica el objeto social del Jardín Botánico de Las Tunas, subordinado a este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y la Resolución No. 18/08 de fecha 14 de enero de 2008, del propio titular amplía dicho objeto.

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POR CUANTO: Este organismo no ha emitido hasta el presente la disposición jurídica interna donde se precise el objeto social de la mentada entidad.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

UNICO: Precisar el objeto social de la Unidad Presupuestada denominada Jardín Botánico de Las Tunas, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, el cual en lo sucesivo es el siguiente:

- 1. Desarrollar colecciones de plantas, mantenidas y ordenadas científicamente, con énfasis en las especies autóctonas así como especies exóticas de valor ornamental, medicinal, frutal o forestal o aquellas representativas de importantes regiones fitogeográficas del mundo, en moneda nacional.

- 2. Brindar asesoría sobre actividades relacionadas con su misión para enriquecer la cultura ambiental de nuestro pueblo, particularmente en el conocimiento de la flora autóctona de la provincia de Las Tunas y su uso sostenible, como vía para la conservación de la biodiversidad, en moneda nacional.

- 3. Ofrecer servicios de asesoramiento sobre botánica, horticultura, propagación de las especies útiles, caracterización y establecimiento del Sistema Provincial de Areas Protegidas y otras materias afines, en moneda nacional.

- 4. Ofrecer servicios de guía, según las colecciones del jardín, para visitantes en moneda nacional.

- 5. Comercializar, de forma mayorista, plantas, souvenirs de plantas y naturaleza muerta en moneda nacional, según nomenclatura aprobada por el Ministerio del Comercio Interior.

- 6. Brindar servicios integrales de poda y cirugía arbórea, en moneda nacional.

- 7. Ofrecer servicios de jardineros de ejecución y mantenimiento de áreas verdes, en moneda nacional.

- 8. Prestar servicios de cobro de entrada a sus instalaciones, a personas jurídicas y naturales en moneda nacional.

- 9. Ofrecer servicios de parqueo, a personas jurídicas y naturales en moneda nacional.

- 10. Brindar servicios de comedor y cafetería a sus trabajadores, en moneda nacional.

- 11. Prestar servicios de alquiler de áreas interiores y exteriores, a personas jurídicas en moneda nacional.

- 12. Efectuar el cobro de entradas a las instalaciones de la entidad en pesos cubanos. En el caso de personas naturales y jurídicas extranjeras el cobro se efectúa en pesos convertibles. Comuníquese con entrega de copia en todos los casos, al Director del Jardín Botánico de Las Tunas, a los viceministros, directores y jefes de Departamento de la Sede Central de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los ministros de Comercio Interior, de Finanzas y Precios, y de Trabajo y Seguridad Social, al Presidente del Banco Central de Cuba, al Director de la Oficina Nacional de Estadísticas y a cuantas personas naturales corresponda conocer lo dispuesto.

Archívese el original en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la Sede Central del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la ciudad de La Habana, a los 19 días del mes de mayo del año 2008.

Dr. Fernando Mario González Bermúdez

Ministro p.s.r. de Ciencia, Tecnología

y Medio Ambiente

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