Resolución 136
La Resolución No. 136 del Consejo de Estado de la República de Cuba regula la ratificación del Convenio entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la Federación de Rusia acerca de la Protección Mutua de Información Clasificada. El Consejo de Estado, en uso de sus atribuciones constitucionales, aprueba y dispone la publicación de la ratificación de este convenio.
- Se ratifica el Convenio entre Cuba y Rusia sobre Protección Mutua de Información Clasificada.
- El convenio fue firmado en La Habana el 22 de octubre de 2010.
- La Federación de Rusia cumplió con sus requisitos legales internos el 1 de diciembre de 2010.
- La República de Cuba cumplió con sus requisitos legales internos el 12 de mayo de 2011.
Texto íntegro
Resolución No. 202/11 Resolución No. 208/11
ISSN 1682-7511 DE LA REPÚBLICA DE CUBA MINISTERIO DE JUSTICIAEDICIÓN ORDINARIA LA HABANA, VIERNES 10 DE JUNIO DE 2011 AÑO CIXSitio Web: http://www.gacetaoficial.cu/ — Calle Zanja No. 352 esquina a Escobar, Centro Habana Teléfonos: 878-3849, 878-4435 y 873-7962 Número 17 Página 459 CONSEJO DE ESTADO______ RAÚL CASTRO RUZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en virtud de lo establecido en el artículo 93 inciso j) de la Constitución de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 26 y 27 del Decreto-Ley Número 191, de fecha 8 de marzo de 1999, “De los Tratados Internacionales”:SABED: Que el veintidós de octubre de 2010, fue firmado en La Habana, el Convenio entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la Federación de Rusia acerca de la Protección Mutua de Información Clasificada. QUE el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de la República de Cuba, haciendo uso de las facultades que le otorga el inciso ch), del artículo 98 de la Constitución de la República, con fecha once de abril de 2011 acordó aprobar y someter a la ratificación del Consejo de Estado el Convenio entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la Federación de Rusia, acerca de la Protección Mutua de Información Clasificada. QUE el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el inciso m) del artículo 90 de la Constitución de la República, el día cuatro de mayo de 2011 acordó la ratificación de Cuba al citado Convenio. QUE el día primero de diciembre de 2010 la Federación de Rusia le comunicó a la República de Cuba el cumplimiento de sus requisitos legales internos para la entrada en vigor de dicho Convenio y, a su vez, el doce de mayo de 2011, la República de Cuba le comunicó a la Federación de Rusia el cumplimiento de sus requisitos legales internos para su entrada en vigor ese propio día, conforme al artículo 15 del mismo.
POR TANTO: El Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas, dispone que se publique la presentePROCLAMA en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADA en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los dieciséis días del mes de mayo de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso j) de la Constitución, ha adoptado el siguiente ACUERDO
PRIMERO: Disponer que JUAN CARLOS MARSÁN AGUILERA, quien ocupa el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante el Gobierno de la República de Austria se acredite también, como concurrente, ante el Gobierno de la República de Eslovenia en sustitución de Norma Miguelina Goicochea Estenoz, quien concluye su misión.
SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los diecinueve días del mes de mayo de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado ________________ El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso g) de la Constitución de la República, y a propuesta de su Presidente, ha adoptado el siguiente ACUERDO
PRIMERO: Liberar al compañero JACINTO ANGULO PARDO del cargo de Ministro del Ministerio del Comercio Interior.
SEGUNDO: Comuníquese el presente Acuerdo al interesado, al Secretario del Consejo de Ministros y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los veinticuatro días del mes de mayo de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado ________________ El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso g) de la Constitución de la República, y a propuesta de su Presidente, ha adoptado el siguiente
GACETA OFICIAL 10 de junio de 2011460 ACUERDO
PRIMERO: Promover y designar a la compañera MARY BLANCA ORTEGA BARREDO, en el cargo de Ministra del Ministerio del Comercio Interior.
SEGUNDO: Comuníquese el presente Acuerdo a la interesada, al Secretario del Consejo de Ministros y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los veinticuatro días del mes de mayo de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de EstadoMINISTERIOS ______CIENCIA, TECNOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE