Resolución 136
La Resolución No. 136 del Banco Central de Cuba emite una Licencia de Representación a favor de Banco Popular Español, S.A., para establecer una oficina de representación en Cuba. Esta licencia autoriza a la oficina a realizar ciertas actividades financieras en nombre de su casa matriz.
- Gestionar, promover o coordinar negocios de intermediación financiera en moneda libremente convertible con entidades cubanas.
- Gestionar, promover o coordinar avales, garantías y afianzamientos bancarios con entidades cubanas.
- Gestionar pagos de comisiones y otros gastos entre la institución financiera y entidades cubanas.
- Gestionar pagos de principal e intereses de operaciones entre la institución financiera y entidades cubanas.
- Gestionar acuerdos de corresponsalía con instituciones bancarias cubanas.
Texto íntegro
## Contents
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LICENCIA de Representación
Se emite la presente Licencia de Representación (en lo adelante Licencia) a favor de Banco Popular Español, S.A., para establecer oficina de representación en el territorio de la República de Cuba.
Esta Licencia autoriza a:
- 1.Gestionar, promover o coordinar los negocios de intermediación financiera que realicesu casa matriz, en moneda libremente convertible, con entidades establecidas en elterritorio nacional.
- 2.Gestionar, promover o coordinar el otorgamiento de avales, garantías y demás formasde afianzamiento o garantías bancarias con entidades establecidas en el territorionacional.
- 3.Gestionar o coordinar el pago o reembolso de gastos por concepto de comisiones yotros semejantes entre la institución financiera representada y entidades establecidasen el territorio nacional.
- 4.Gestionar o coordinar el pago de principal e intereses correspondientes a operacionesrealizadas entre la institución financiera representada y entidades establecidas en elterritorio nacional.
5. Gestionar, promover o coordinar la realización de acuerdos de corresponsalía entrela institución financiera representada y las instituciones bancarias establecidas en elterritorio nacional.
Banco Popular Español, S.A., Oficina de Representación en La Habana-Cuba, actúapor orden y cuenta de su casa matriz, por lo que está prohibido efectuar directamente ope-raciones activas o pasivas bancarias o financieras de tipo alguno en Cuba.
Banco Popular Español, S.A., Oficina de Representación en La Habana-Cuba, sumi-nistrará al Banco Central de Cuba y demás organismos que procedan, los datos e informesque se soliciten para su conocimiento o en razón de las inspecciones que se realicen, yestará obligada a exhibir para su examen sus libros, así como los documentos y demásantecedentes que pudieran solicitar los funcionarios del Banco Central de Cuba en elcumplimiento de sus obligaciones.
El Banco Central de Cuba podrá cancelar o modificar esta Licencia a solicitud de Banco Popular Español, S.A., o cuando se incumpla lo establecido en la presente LICENCIA, o enel Decreto Ley No. 173 “Sobre los Bancos e Instituciones Financieras no Bancarias”, de 28 de mayo de 1997, las disposiciones del Banco Central de Cuba u otras disposiciones legalesvigentes aplicables.