Resolución 136

Licencia de Representación a Banco Popular Español, S.A.

Organismo
Banco Central de Cuba
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 36 Extraordinaria de 2016 (2016-11-21)
Páginas
1–3
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución No. 136 del Banco Central de Cuba emite una Licencia de Representación a favor de Banco Popular Español, S.A., para establecer una oficina de representación en Cuba. Esta licencia autoriza a la oficina a realizar ciertas actividades financieras en nombre de su casa matriz.

Texto íntegro

## Contents

466

LICENCIA de Representación

Se emite la presente Licencia de Representación (en lo adelante Licencia) a favor de Banco Popular Español, S.A., para establecer oficina de representación en el territorio de la República de Cuba.

Esta Licencia autoriza a:

- 1.Gestionar, promover o coordinar los negocios de intermediación financiera que realicesu casa matriz, en moneda libremente convertible, con entidades establecidas en elterritorio nacional.

- 2.Gestionar, promover o coordinar el otorgamiento de avales, garantías y demás formasde afianzamiento o garantías bancarias con entidades establecidas en el territorionacional.

- 3.Gestionar o coordinar el pago o reembolso de gastos por concepto de comisiones yotros semejantes entre la institución financiera representada y entidades establecidasen el territorio nacional.

- 4.Gestionar o coordinar el pago de principal e intereses correspondientes a operacionesrealizadas entre la institución financiera representada y entidades establecidas en elterritorio nacional.

5. Gestionar, promover o coordinar la realización de acuerdos de corresponsalía entrela institución financiera representada y las instituciones bancarias establecidas en elterritorio nacional.

Banco Popular Español, S.A., Oficina de Representación en La Habana-Cuba, actúapor orden y cuenta de su casa matriz, por lo que está prohibido efectuar directamente ope-raciones activas o pasivas bancarias o financieras de tipo alguno en Cuba.

Banco Popular Español, S.A., Oficina de Representación en La Habana-Cuba, sumi-nistrará al Banco Central de Cuba y demás organismos que procedan, los datos e informesque se soliciten para su conocimiento o en razón de las inspecciones que se realicen, yestará obligada a exhibir para su examen sus libros, así como los documentos y demásantecedentes que pudieran solicitar los funcionarios del Banco Central de Cuba en elcumplimiento de sus obligaciones.

El Banco Central de Cuba podrá cancelar o modificar esta Licencia a solicitud de Banco Popular Español, S.A., o cuando se incumpla lo establecido en la presente LICENCIA, o enel Decreto Ley No. 173 “Sobre los Bancos e Instituciones Financieras no Bancarias”, de 28 de mayo de 1997, las disposiciones del Banco Central de Cuba u otras disposiciones legalesvigentes aplicables.