Resolución 136
La Resolución 136/2022 modifica el Reglamento que rige las relaciones comerciales en operaciones en moneda libremente convertible. Fue emitida por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera. Regula los pagos en pesos cubanos por servicios de comercio exterior.
- Se modifica el Artículo 12 del Reglamento.
- Se autoriza a formas de gestión no estatal a pagar en pesos cubanos costos por servicios de comercio exterior.
- Los gastos en pesos cubanos se deducen de cuentas corrientes de formas de gestión no estatal.
- Se exceptúa el margen comercial de las deducciones.
Texto íntegro
GOC-2022-501-O41 RESOLUCIÓN 136/2022
POR CUANTO: Mediante la Resolución 315, dictada por el que resuelve el 13 de agosto de 2020, se aprobó el “Reglamento que rige las relaciones comerciales en las operaciones en moneda libremente convertible entre las entidades autorizadas a realizar actividades de comercio exterior y las formas de gestión no estatal”, el que ha sido modificado por sucesivas resoluciones.
POR CUANTO: La experiencia práctica obtenida durante la implementación del citado Reglamento aconseja modificar su
Artículo 12, a efectos de autorizar a las formas de gestión no estatal para que realicen el pago en pesos cubanos de los costos que se generen en esa moneda por los servicios de comercio exterior, que les brindan las empresas estatales autorizadas en la citada resolución.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d) del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOÚNICO: Modificar el
Artículo 12 de la Resolución 315, “Reglamento que rige las relaciones comerciales en las operaciones en moneda libremente convertible entre las entidades autorizadas a realizar actividades de comercio exterior a las formas de gestión no estatal”, dictada por esta propia autoridad el 13 de agosto de 2020, cuya redacción es:“
Artículo 12. Todos los gastos en que incurran las entidades autorizadas, a excepción de su margen comercial, que se generen en pesos cubanos por los servicios que brindan las empresas estatales autorizadas, se deducen en pesos cubanos de las cuentas corrientes de las formas de gestión no estatal.” COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, al Director del Centro de Superación
1048 GACETA OFICIAL 22 de abril de 2022 del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera de este Ministerio, a los jefes de las organizaciones superiores de dirección empresarial y al Presidente de la Cámara de Comercio de la República de Cuba. DESE CUENTA de la presente Resolución a la Secretaría del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, a los jefes de los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, a la Ministra Presidente del Banco Central de Cuba y al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los cinco días del mes de abril de dos mil veintidós, “Año 64 de la Revolución”.Rodrigo Malmierca Díaz Ministro________________