Resolución 137/2022
La Resolución 137/2022 del Banco Central de Cuba regula la venta de monedas extranjeras por pesos cubanos. Establece que las sucursales bancarias y Casas de Cambio designadas venderán monedas extranjeras a personas naturales. La resolución es emitida por el Banco Central de Cuba en ejercicio de sus atribuciones.
- La venta de monedas extranjeras se realiza a un nuevo tipo de cambio oficial con relación al peso cubano.
- Las operaciones de venta de monedas extranjeras se inician a partir del 23 de agosto de 2022.
- Las ventas pueden ser en efectivo por pesos cubanos o para acreditar en cuentas bancarias de personas naturales en moneda libremente convertible.
- Se excluyen los dólares estadounidenses de la venta para acreditar en cuentas bancarias mediante tarjeta magnética.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 137/2022
POR CUANTO: La Resolución 127, de 3 de agosto de 2022, de quien suscribe,establece la compra de monedas extranjeras por parte de las sucursales bancarias y Casas
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de Cambio S.A., CADECA S.A., designadas, a un nuevo tipo de cambio oficial, y modificael apartado Primero de la Resolución 176, de 10 de junio de 2021.
POR CUANTO: La Resolución 127 antes referida dispone en su apartado Quinto queel Banco Central de Cuba establecerá la fecha y regulaciones para la venta de monedasextranjeras por pesos cubanos.
POR CUANTO: Resulta necesario, de acuerdo con las condiciones actuales de la eco-nomía cubana, establecer la venta de monedas extranjeras en el país, a los efectos de laimplementación gradual del mercado cambiario.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución y obligación conferidas en el
Artículo 25,inciso d), del Decreto-Ley 361 “Del Banco Central de Cuba”, de 14 de septiembre de 2018,
RESUELVO
PRIMERO: Las sucursales bancarias y Casas de Cambio S.A., CADECA S.A.designadas y otras entidades que se autoricen, venden a las personas naturales las monedasextranjeras autorizadas por el Banco Central de Cuba, en lo adelante monedas extranjeras,y aplican el nuevo tipo de cambio oficial con relación al peso cubano y los márgenescomerciales que establezca dicha institución.
SEGUNDO: Las operaciones de venta de monedas extranjeras, incluyendo los dólaresestadounidenses, se inician a partir del 23 de agosto de 2022.
TERCERO: A los efectos de la presente Resolución, las operaciones de venta de mo-nedas extranjeras son:
a) Venta de monedas extranjeras en efectivo por pesos cubanos; y
b) venta de monedas extranjeras por pesos cubanos para acreditarlas en cuentas banca-rias de las personas naturales en moneda libremente convertible, operadas mediantetarjeta magnética, excepto los dólares estadounidenses.
DISPOSICIÓN FINAL
ÚNICA: La presente disposición normativa entra en vigor el 23 de agosto del año 2022.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Secretaría del Banco Central de Cuba.
DADA en La Habana, a los dieciocho días del mes de agosto de dos mil veintidós.
Marta Sabina Wilson González
Ministra Presidente