Resolución 138

Sobre el modelo de formación continua de la educación superior

Organismo
Ministerio de Educación Superior
Fecha emisión
2019-07-18
Publicada en
Gaceta No. 65 Ordinaria de 2019 (2019-09-05)
Páginas
8–9
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Texto íntegro

GOC-2019-774-O65 RESOLuCIÓN No. 138 /19

POR CUANTO: Mediante el Acuerdo No. 8625 de 11 de julio de 2019 adoptado por el Consejo de Ministros, se establece que el Ministro de Educación Superior detalla los componentes que integran el modelo de formación continua que se regulan por este.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas en el

Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba:RESuELvOÚNICO: El modelo de formación continua de la educación superior cubana está integrado por los componentes y particularidades siguientes: 1. La Formación de Pregrado en Carreras de Perfil Amplio, que asegura la formación en los aspectos básicos y básicos específicos de cada profesión, y permite al egresado brindar respuestas a los problemas más generales y frecuentes que se presentan en el eslabón de base de la profesión. En esta formación, la mayor responsabilidad recae en las universidades, con el apoyo de los organismos empleadores. 2. La Preparación para el Empleo, que asegura continuar el desarrollo y perfeccionamiento de los modos de actuación profesional específicos relacionados con el puesto de trabajo del recién graduado. Es concebida y ejecutada en las entidades laborales en coordinación con las universidades. 3. La Educación de Posgrado, posibilita la especialización, la reorientación y la actualización permanente de los graduados universitarios, así como el enriquecimiento de su acervo cultural, para su mejor desempeño en función de las necesidades presentes y futuras del desarrollo económico, social y cultural del país. La responsabilidad del posgrado se comparte entre las universidades y los organismos empleadores.

1435 GACETA OFICIAL5 de septiembre de 2019 COMUNÍQUESE a todos los jefes de los órganos estatales, organismos de la Administración Central del Estado, entidades nacionales, organizaciones superiores de dirección empresarial y órganos locales del poder popular, a los viceministros, directores y jefes de departamentos del órgano central y a todos los cuadros de las universidades y entidades de ciencia, tecnología e innovación de este Ministerio, así como a todo el que deba conocer de la presente para su aplicación y cumplimiento.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la presente en el Departamento Jurídico de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 18 días del mes de julio de 2019 “Año 61 de la Revolución”.Dr. C. josé Ramón Saborido Loidi Ministro de Educación Superior________________