Resolución 138/2022
La Resolución 138/2022 del Ministerio de Finanzas y Precios prorroga beneficios arancelarios para importaciones sin carácter comercial. La Ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss, emite esta resolución para paliar las limitaciones en la oferta de alimentos y otros productos en el país.
- Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 los beneficios arancelarios establecidos en las resoluciones 309, 318 y 321 de 2021.
- La resolución 309 autoriza la importación sin carácter comercial de alimentos, aseo y medicamentos por personas naturales.
- La resolución 318 exime del pago del Impuesto Aduanero a entidades estatales y asociaciones económicas internacionales que importen productos alimenticios y de aseo.
- La resolución 321 exime del pago del Impuesto Aduanero a entidades autorizadas a importar insumos y materias primas para formas de gestión no estatales.
- La presente Resolución entra en vigor el 1 de julio de 2022.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 138/2022
POR CUANTO: La Ley 113 “Del Sistema Tributario”, de 23 de julio de 2012, ensu Disposición Final Segunda, incisos a) y f), faculta al Ministro de Finanzas y Precios,cuando circunstancias económicas y sociales a su juicio así lo aconsejen, para concederexenciones, bonificaciones totales, parciales, permanentes o temporales, así como con-donar deudas tributarias determinadas administrativamente, según corresponda, y paramodificar las formas y procedimientos para el cálculo, pago y liquidación de los tributos.
POR CUANTO: El Decreto-Ley 22 “Arancel de Aduanas de la República de Cubapara las importaciones sin carácter comercial”, de 24 de noviembre de 2020, en su Dispo-sición Final Segunda, inciso a), faculta al Ministro de Finanzas y Precios para autorizar laimportación de productos por encima de los valores establecidos en sus artículos 12 y 13.
POR CUANTO: La Resolución 309, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios,de 15 de julio de 2021, autoriza la importación sin carácter comercial de alimentos, aseo ymedicamentos por las personas naturales por la vía de pasajeros como equipaje acompa-ñado.
POR CUANTO: La Resolución 318, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios,de 20 de julio de 2021, exime hasta el 31 de diciembre de 2021, del pago del Impuesto Aduanero, la importación de productos alimenticios, y de aseo personal y del hogar,por las entidades estatales y asociaciones económicas internacionales que agrupan a lasempresas mixtas, contratos de asociación económica internacional y otros contratos deasociaciones al amparo de la Ley 118 “Ley de la Inversión Extrajera”, de 29 de marzode 2014, con el objetivo de reducir los costos e incidir en la disminución de los precios decomercialización.
POR CUANTO: La Resolución 321, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios,de 28 de julio de 2021, exime hasta el 31 de diciembre de 2021, del pago del Impuesto Aduanero a las entidades autorizadas a prestar el servicio de importación a las formas degestión no estatales, por la importación de insumos y materias primas que realicen para elejercicio de sus actividades.
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POR CUANTO: La Resolución 466, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios,de 8 de diciembre de 2021, extiende hasta el 30 de junio de 2022, los beneficios concedi-dos en las referidas resoluciones 309, 318 y 321, del 2021.
POR CUANTO: Persisten las limitaciones en las ofertas de alimentos y otros produc-tos en el país, a partir del recrudecimiento del bloqueo económico, financiero y comercialy el impacto en la esfera económica de las medidas que se han tenido que adoptar parala prevención, enfrentamiento de la COVID-19 y recuperación paulatina del país, resultaprudente extender estos beneficios hasta el 31 de diciembre de 2022.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que se me confiere en el
Artículo 145,inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
ÚNICO: Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2022, los beneficios arancelariosestablecidos por las resoluciones 309, 318 y 321, dictadas por quien resuelve, de 15 dejulio, 20 de julio y 28 de julio de 2021, respectivamente.
DISPOSICIÓN FINAL
ÚNICA: La presente Resolución entra en vigor el primero de julio de 2022.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 12 días del mes de mayo de 2022.
Meisi Bolaños Weiss
Ministra
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SALUD PÚBLICA