Resolución 14/2025
La Resolución 14/2025 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de investigación geológica en el área Colina Sureste, otorgada a la Empresa Minera de Occidente. La concesión, ubicada en el municipio de San José de Las Lajas, provincia de Mayabeque, fue otorgada por tres años y su término ya había vencido.
- Se extingue la concesión de investigación geológica en Colina Sureste, otorgada a la Empresa Minera de Occidente (Artículo PRIMERO).
- El área queda declarada franca para nuevas solicitudes de actividades mineras (Artículo SEGUNDO).
- La Empresa Minera de Occidente debe cumplir obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales (Artículo TERCERO).
- La Resolución 32 de 2022, que otorgó la concesión, queda derogada (Artículo CUARTO).
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 14/2025
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado por la Resolución 32, de 15 febrero de 2022, del ministro de Energía y Minas, a la Empresa Minera de Occidente para una concesión de investigación geológica en el área denominada Colina Sureste, ubicada en el municipio de San José de Las Lajas, provincia de Mayabeque, por el término de tres años, con el objetivo de evaluar los recursos existentes en el área.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVOPRIMERO: Extinguir la concesión de investigación geológica en el área denominada Colina Sureste, ubicada en el municipio de San José de Las Lajas, provincia de Mayabeque, otorgada a la Empresa Minera de Occidente.
SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de investigación geológica, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Minera de Occidente está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de investigación, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Derogar la Resolución 32, de 15 febrero de 2022, del ministro de Energía y Minas.NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y aldirector general de la Empresa Minera de Occidente.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 24 días del mes de febrero de 2025, “Año 67 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro