Resolución 150
La Resolución No. 150 del Ministerio de la Industria Básica regula la extinción de una concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa de Construcciones Villa Clara. La concesión, que había sido prorrogada, venció y el Ministro de la Industria Básica, en uso de sus facultades, decidió extinguirla.
- Se extingue la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa de Construcciones Villa Clara para trabajos mineros en el área denominada Arcilla Manajanabo.
- El terreno queda franco para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- La Empresa de Construcciones Villa Clara debe cumplir con obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales.
- Se derogan las Resoluciones No. 10 de 2000 y No. 302 de 2002 que otorgaron y prorrogaron la concesión, respectivamente.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 150
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POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las
- regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministro de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
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POR CUANTO: Ha vencido el término para el que fue otorgada la concesión de Investigación Geológica a la Empresa de Construcciones Villa Clara, mediante la Resolución No. 10 de 4 de enero de 2000 y prorrogado por la Resolución 302 de fecha 20 de agosto de 2002, ambas del que resuelve, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Arcilla Manajanabo.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de investigación geológica otorgada mediante Resolución No. 10 de 4 de enero del 2000 y prorrogada por la Resolución 302 de fecha 20 de agosto de 2002, ambas del que resuelve, a la Empresa de Construcciones Villa Clara, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Arcilla Manajanabo.
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SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba la concesión de investigación geológica, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
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TERCERO: La Empresa de Construcciones Villa Clara, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada la concesión de investigación geológica si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, entregar los materiales primarios, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
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CUARTO: Se derogan las Resoluciones No. 10 de 4 de enero del 2000, y No. 302 de fecha 20 de agosto de 2002, ambas del que resuelve, mediante las cuales se otorgó y prorrogó respectivamente la concesión de investigación geológica a la Empresa de Construcciones Villa Clara, sobre el área denominada, Arcilla Manajanabo.
NOTIFIQUESE a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, y a la Empresa de Construcciones Villa Clara.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 19 días del mes de mayo del 2003.
Marcos Portal León
Ministro de la Industria Básica
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