Resolución 140/2005
La Resolución No. 140/2005 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula el Sistema Salarial para la Rama de la Informática y las Comunicaciones. Esta norma establece los calificadores de cargos técnicos y ocupaciones de operarios y trabajadores de servicios para dicha rama. El objetivo es mejorar la eficiencia de la producción y los servicios.
- Aprobar los Calificadores de Cargos Técnicos y de Ocupaciones de operarios y de trabajadores de servicios de la Rama de la Informática y las Comunicaciones.
- Los calificadores describen funciones, tareas principales, grupos de complejidad y requisitos para desempeñar el cargo u ocupación.
- Se establecen sueldos mensuales específicos para Redes Informáticas Categoría 'A', 'B' y 'C'.
- Los cargos técnicos tienen sueldos que van desde $305.00 hasta $415.00.
- Se faculta al Viceministro para dictar disposiciones complementarias y modificar denominaciones y requisitos de cargos y ocupaciones.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 140/2005
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba, de 22 de octubre de 1999, el que suscribe fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 1994, establece entre las atribuciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, la de dictar resoluciones en el límite de sus facultades y competencia.
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POR CUANTO: Conforme al Acuerdo No. 4085 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 2 de julio de 2001, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, es el organismo encargado de proponer, dirigir, controlar y evaluar, sistemáticamente, la política del Estado y el Gobierno en materia laboral, salarial, de seguridad y protección en el trabajo y de prevención, atención y seguridad social.
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POR CUANTO: Se ha elaborado un Sistema Salarial basado en el principio de distribución socialista “de cada cual según su capacidad, a cada cual según su trabajo”, orientando que el salario se convierta en el principal estímulo material que reciba el trabajador por su aporte a la sociedad.
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POR CUANTO: Para la aplicación del Sistema Salarial se han confeccionado con la activa participación de los organismos, la Central de Trabajadores de Cuba y los sindicatos nacionales nuevos calificadores de cargos y ocupaciones, para lo cual se revisaron más de 10 mil cargos de los calificadores vigentes y se rediseñaron en menos de 5 mil cargos de amplio perfil, lo que debe contribuir al mejoramiento de la eficiencia de la producción y los servicios.
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POR CUANTO: Mediante las resoluciones No. 607 de 16 de enero de 1981 y la No. 854 de 30 de julio de 1981 ambas del antes denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social, se aprobaron los Calificadores de cargos técnicos y de ocupaciones de servicios, propios de la Rama de las Comunicaciones respectivamente, los cuales resulta necesario sustituir por el de amplio perfil que por la presente se aprueba, como parte del Sistema Salarial.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
- PRIMERO Aprobar los Calificadores de Cargos Técnicos y de Ocupaciones de operarios y de trabajadores de servicios de la Rama de la Informática y las Comunicaciones, cuyas denominaciones, descripción de las funciones y tareas principales, grupos de complejidad y requisitos para desempeñar el cargo u ocupación aparecen en el Anexo de la presente Resolución.
- SEGUNDO La descripción de las funciones o tareas principales y requisitos de los cargos y ocupaciones que integran los calificadores, que por la presente se aprueban, son los que obran archivados en la Dirección de Trabajo y Estimulación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
- TERCERO Para la utilización de los cargos de las actividades de Seguridad y Administración de Redes de Servicios Informáticos las entidades deben contar con la Certificación del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, en correspondencia con la Categoría de la Red.
- CUARTO Aprobar para las Redes Informáticas Categoría “A” los cargos técnicos y sueldos mensuales específicos siguientes:
Supervisor Superior “A” de
Seguridad Informática $415.00
Administrador Superior de Red “A” de
Servicios Informáticos 395.00
Supervisor “A” de Seguridad Informática,
con Nivel Técnico Medio 355.00
Administrador de Red “A” de
Servicios Informáticos,
con Nivel Técnico Medio 345.00
- QUINTO Aprobar para las Redes Informáticas Categoría “B” los cargos técnicos y sueldos mensuales específicos siguientes:
Supervisor Superior “B”
de Seguridad Informática $395.00
Administrador Superior de Red “B” 355.00
de Servicios Informáticos.
Supervisor “B”
de Seguridad Informática,
con Nivel Técnico Medio 345.00
Administrador de Red “B” de
Servicios Informáticos,
con Nivel Técnico Medio 315.00
- SEXTO Aprobar para las Redes Informáticas Categoría “C” los cargos técnicos y sueldos mensuales específicos siguientes:
Supervisor Superior “C”
de Seguridad Informática. $355.00
Administrador Superior de Red “C”
de Servicios Informáticos. 345.00
Supervisor “C” de
Seguridad Informática,
con Nivel Técnico Medio 315.00
Administrador de Red “C”
de Servicios Informáticos,
con Nivel Técnico Medio 305.00
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SÉPTIMO: Los calificadores que por la presente Resolución se aprueban son de aplicación por un año a partir de su fech
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OCTAVO: Se faculta al Viceministro correspondiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que dicte las disposiciones complementarias que se requieran para la mejor aplicación de lo que por la presente Resolución se establece, así como para modificar, de resultar necesario, la denominación, descripción de las funciones y requisitos de los cargos y ocupaciones, a solicitud del Jefe del Organismo y el Sindicato Nacional correspondiente.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 29 días del mes de diciembre de 2005.
Alfredo Morales Cartaya
Ministro de Trabajo
y Seguridad Social
RELACION DE CARGOS TECNICOS POR GRUPOS DE COMPLEJIDAD
GRUPO VI
Técnico de la Electrónica.
Técnico en Automática.
Técnico en Informática.
Técnico en Servicios Técnicos a Equipos y Sistemas Informáticos.
Técnico en Telemática.
GRUPO VII
Ejecutivo Comercial de Telemática.
Técnico General de la Electrónica.
Técnico General en Automática.
Técnico General en Informática.
Técnico General en Seguridad Informática.
Técnico General en Servicios Técnicos a Equipos y Sistemas Informáticos.
Técnico General en Sistemas de Radiocomunicación, Radiodifusión y Televisión.
Técnico General en Telemática.
GRUPO VIII
Técnico en Diseño Industrial de Equipos Informáticos, Electrónicos y de Comunicaciones.
GRUPO IX
Especialista de la Electrónica.
Especialista en Automática.
Especialista en Informática.
Especialista en Servicios Técnicos a Equipos y Sistemas Informáticos.
Especialista en Telemática.
GRUPO X
Especialista en Seguridad Informática.
Especialista General de la Electrónica.
Especialista General en Automática.
Especialista General en Informática.
Especialista General en Sistemas de Radiocomunicación, Radiodifusión y Televisión.
Especialista General en Servicios Técnicos a Equipos y Sistemas Informáticos.
Especialista General en Telemática.
GRUPO XI
Especialista en Diseño Industrial de Equipos Informáticos, Electrónicos y de Comunicaciones.
Especialista en Sistemas de Radiación.
Especialista Principal en Automática.
Especialista Principal en Informática.
Especialista Principal en Servicios Técnicos a Equipos y Sistemas Informáticos.
Especialista Principal en Sistemas de Radiocomunicación, Radiodifusión y Televisión.
Especialista Principal en Telemática.
RELACION DE OCUPACIONES DE OPERARIOS POR GRUPOS DE COMPLEJIDAD
GRUPO III
Operario en Telemática “F”.
GRUPO IV
Operario de Antenas Múltiples “B”.
Operario de Equipos Electrónicos, Electromecánicos y de Telecomunicaciones “C”.
Operario Electrónico de Energía Alternativa “C”.
Operario en Telemática “E”.
GRUPO V
Operario en Telemática “D”.
GRUPO VI
Operario de Sistemas de Radiación “C”.
Operario en Telemática “C”.
GRUPO VII
Instalador de Equipos Radiomóviles.
Operario de Antenas Múltiples “A”.
Operario de Equipos Electrónicos, Electromecánicos y de Telecomunicaciones “B”.
Operario de Sistemas de Radiación “B”.
Operario Electrónico de Energía Alternativa “B”.
Operario en Telemática “B”.
GRUPO VIII
Operario de Equipos Electrónicos, Electromecánicos y de Telecomunicaciones “A”.
Operario de Sistemas de Radiación “A”.
Operario Electrónico de Energía Alternativa “A”.
Operario en Telemática “A”.
RELACION DE OCUPACIONES DE SERVICIOS POR GRUPOS DE COMPLEJIDAD
GRUPO II
Ejecutivo “E” en Telemática.
GRUPO III
Ejecutivo “D” en Telemática.
GRUPO IV
Ejecutivo “C” en Telemática.
GRUPO V
Ejecutivo “B” en Telemática.
Ejecutiva de Atención al Cliente.
Operador de Centro de Supervisión y Control de Radiocomunicaciones.
GRUPO VI
Ejecutivo “A” en Telemática.