Resolución 145/2016

Denegación de permiso de reconocimiento de mineral caliza

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2016-06-09
Publicada en
Gaceta No. 30 Ordinaria de 2016 (2016-07-18)
Páginas
19–20
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Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 145/2016

POR CUANTO: Mediante el Decreto-Ley No. 301, de fecha 9 de octubre de 2012, seextinguió el Ministerio de la Industria Básica y se crea el Ministerio de Energía y Minas,como Organismo de la Administración Central del Estado, encargado de proponer, y unavez aprobadas, dirigir y controlar las políticas del Estado y el Gobierno en los sectoresenergético, geológico y minero del país.

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley No. 76,Ley de Minas, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al extinto Ministerio de la Industria

Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieranpara la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: La Empresa de Canteras de La Habana ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, una solicitud de permiso de reconocimiento del mineralcaliza, en el área denominada Ampliación La Molina, ubicada en el municipio de Mariel,provincia de Artemisa, con el objetivo de verificar la ocurrencia de cuerpos minerales(olistolitos) de interés industrial que en estudios anteriores se evaluaron en la categoría derecursos inferidos y delimitar el área que posteriormente amplíe los límites de la actualconcesión de explotación.

POR CUANTO: Considerando que los trabajos que pretende realizar el solicitanteconstituyen trabajos de investigación geológica y no de reconocimiento, la solicitud pre-sentada debe ser denegada.

POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en elartículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :

PRIMERO: Denegar a la Empresa de Canteras de La Habana el permiso de recono-cimiento solicitado, en el área denominada Ampliación La Molina con el objetivo deverificar la ocurrencia de cuerpos minerales (olistolitos) de interés industrial que en estu-dios anteriores se evaluaron en la categoría de recursos inferidos y delimitar el área queposteriormente amplíe los límites de la actual concesión de explotación.

SEGUNDO: La presente Resolución entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales yal Director General de la Empresa de Canteras de La Habana.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 9 días del mes de junio de 2016.

Alfredo López Valdés

Ministro de Energía y Minas

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