Resolución 144

Cambio de denominación de la Empresa Exportadora de Metales y Minerales

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 55 Ordinaria de 2006 (2006-07-31)
Páginas
4–5
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La Resolución No. 144 del Ministerio del Comercio Exterior cambia la denominación de la Empresa Exportadora de Metales y Minerales a Empresa Exportadora de Metales y Minerales, en forma abreviada CUBANIQUEL EXPORT. Esta resolución es emitida por el Ministro del Comercio Exterior en virtud de las facultades conferidas.

Texto íntegro

RESOLUCION Nº 144 de 2006

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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo Nº 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a tal efecto tiene la atribución de conceder facultades para realizar operaciones de exportación e importación, determinando en cada caso la nomenclatura de mercancías que serán objeto de dichas operaciones.

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POR CUANTO: Mediante Resolución Nº 500, de 24 de junio de 2003, dictada por el Ministro del Comercio Exterior, fue establecido el Procedimiento para la concesión, modificación y cancelación de facultades de comercio exterior, así como la de nomenclaturas de productos autorizados, a las empresas estatales, sociedades mercantiles cubanas.

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POR CUANTO: Mediante Resolución Nº 453 de 18 de noviembre de 2005, fue creada la Empresa Exportadora de Metales y Minerales, en forma abreviada EXMMI, y autorizada a ejecutar directamente operaciones de exportación de mercancías.

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POR CUANTO: Mediante Resolución Nº 57 de 27 de febrero de 2006, del Ministerio de Economía y Planificación fue aprobado el cambio de denominación de la referida entidad, así como su subordinación directa al Ministerio de la Industria Básica.

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POR CUANTO: Resulta procedente disponer el cambio de denominación de la Empresa Exportadora de Metales y Minerales, en forma abreviada EXMMI.

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POR CUANTO: Mediante Acuerdo Nº 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se establece entre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, dictar en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 17 de mayo de 2000 fue designado el que Resuelve, Ministro del Comercio Exterior.

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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Disponer el cambio de denominación de la Empresa Exportadora de Metales y Minerales, en forma abreviada EXMMI, la que en lo adelante se denominará Empresa Exportadora de Metales y Minerales, en forma abreviada CUBANIQUEL EXPORT, subordinada al Ministerio de la Industria Básica e identificada a los efectos estadísticos con el Código Nº 669.

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SEGUNDO: Ratificar la autorización otorgada a la Empresa Exportadora de Metales y Minerales, en forma abreviada CUBANIQUEL EXPORT, para que ejecute directamente la exportación de las mercancías que a nivel de subpartidas arancelarias se indican en el Anexo Nº 1 contenido en soporte digital que se acompaña.

- — Nomenclatura permanente de productos de exportación (Anexo Nº 1).

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TERCERO: La Empresa Exportadora de Metales y Minerales, en forma abreviada CUBANIQUEL EXPORT puede exportar aquellas mercancías que no estén reguladas en el Anexo Nº 1 de la Resolución Nº 199, dictada por el que Resuelve, de fecha 10 de mayo de 2002, acorde a su objeto social aprobado.

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CUARTO: La Empresa Exportadora de Metales y Minerales, en forma abreviada CUBANIQUEL EXPORT, al amparo de la Resolución Nº 200, dictada por el Ministro del Comercio Exterior, en fecha 4 de junio de 1996, podrá solicitar la exportación eventual de los productos que requiera, cuyas nomenclaturas no se aprueban por la presente.

- NOTIFIQUESE la presente Resolución al interesado. COMUNIQUESE al Ministerio de la Industria Básica, a la Aduana General de la República, al Ministro de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, a los Viceministros y Directores del Ministerio, al Presidente de la Cámara de Comercio y a los Directores de Empresas. Archívese el original en la Dirección Jurídica.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los veinticuatro días del mes de marzo de dos mil seis.

Raúl de la Nuez Ramírez

Ministro del Comercio Exterior

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