Resolución 536/2016

Renovación de Licencia a la Empresa Provincial de Servicios Técnicos del Arquitecto de la Comunidad de La Habana

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
2016-06-03
Publicada en
Gaceta No. 29 Ordinaria de 2016 (2016-06-18)
Páginas
28–29
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La Resolución No. 536/2016 del Ministerio de la Construcción regula la renovación de la licencia a la Empresa Provincial de Servicios Técnicos del Arquitecto de la Comunidad de La Habana. Esta resolución es emitida por el Ministro de la Construcción en virtud de las facultades conferidas por la Constitución de la República.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 536/2016

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado porel Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjerasque pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administradorde proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquierforma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción enla República de Cuba.

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada porel Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitacio-nes de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro dela Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Empresa Provincial de Servicios Técnicos del Arquitecto de la Comunidad de La Habana, del Órgano Provincial del Poder Popular en la propia pro-vincia, ha solicitado la Renovación de la Licencia No. 046/99, vigente hasta el 12 dejunio de 2016, la que fue anteriormente renovada mediante la Resolución No. 310 de 6 de noviembre de 2014, para continuar ejerciendo como Proyectista y Consultor.

POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solici-tudes de Renovación de licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto ala Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servi-cios de la Construcción.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presi-dente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones,ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Provincialde Servicios Técnicos del Arquitecto de la Comunidad de La Habana, del Órgano Provin-cial del Poder Popular en la propia provincia.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100,inciso a) de la Constitución de la República,

R e s u e l v o :

PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa Provincial de Servicios Técnicos del Arquitecto de la Comunidad de La Habana, del Órgano Provincial del Poder Popular en la propia provincia, en el Registro Nacionalde Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Serviciosde la Construcción.

SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución, la Empresa Provincial de Servicios Técnicos del Arquitecto de la Comunidadde La Habana, podrá ejercer como Proyectista y Consultor autorizada para la realizaciónde los siguientes servicios:

Alcance de los servicios autorizados:

1. Servicios Técnicos:

- a)Servicios técnico - profesionales de proyección y diseño.

- b)Servicios técnico - profesionales de ingeniería en control, supervisión y dictámenestécnicos.

- c)Servicios técnico - profesionales de consultoría en asistencia y asesoría técnica.

1.1. Tipos de Objetivos:

- a)Inversiones y Obras de Ampliación de Viviendas hasta tres niveles de altura.

- b)Obras de Rehabilitación en Edificaciones de Viviendas de cualquier nivel de altura.

TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de dieciocho (18) meses, a partir del vencimientode la vigencia de la Licencia anteriormente otorgada.

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consul-tores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.

NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Cons-tructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabili-zado de notificar al interesado.

COMUNÍQUESE al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacionalde Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción,a los viceministros del Ministerio de la Construcción y al Director de la Unidad de Ins-pección Estatal de la Construcción.

ARCHÍVESE el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 3 días del mes de junio de 2016.

Ing. René Mesa Villafaña

Ministro de la Construcción

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